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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 22 DE JULIO DEL AÑO 2007 (22/07/2007)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 38

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 22 de julio de 2007 349748 establece que personas no identi fi cadas, bajo los nombres de CESAR DECIDERIO MURAKAMI GOICOCHEA, PEDRO MURAKAMI GOICOCHEA, FLOR MURAKAMI GOICOCHEA, MARIA LUZ MURAKAMI GOICOCHEA, ROBERTO MURAKAMI GOICOCHEA y LUIS ALBERTO MURAKAMI GOICOCHEA, obtuvieron indebidamente las Inscripciones Nºs. 19243130, 19253271, 19324422, 19324632, 19325704 y 32734659, respectivamente; declarando como documento de sustento ante el Registro, actas de nacimiento u otros documentos que no corresponden a los verdaderos; Que, dicho comportamiento se encuentra tipi fi cado como delito contra la Fe Pública, en la modalidad de falsedad ideológica, por el artículo 428º del Código Penal vigente; Que, de conformidad con lo dispuesto por el Decreto Ley Nº 17537 y la Ley Nº 26497; y, en atención al Informe de la Gerencia de Asesoría Jurídica; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar al Procurador Público encargado de los asuntos judiciales del RENIEC para que interponga las acciones legales que correspondan contra los que resulten responsables, por la presunta comisión del delito contra la Fe Pública, en la modalidad de falsedad ideológica, en agravio del RENIEC. Artículo Segundo.- Remitir lo actuado al Procurador Público del RENIEC, para los fi nes a que se contrae la presente Resolución. Regístrese, publíquese y cúmplase.EDUARDO RUIZ BOTTO Jefe Nacional 87387-3 SUPERINTENDENCIA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES Autorizan al Banco Continental la apertura de oficina especial en el distrito y provincia de Chiclayo RESOLUCIÓN SBS Nº 875-2007 Lima, 6 de julio de 2007 EL SUPERINTENDENTE ADJUNTO DE BANCA Y MICROFINANZAS VISTA: La solicitud presentada por el Banco Continental para que esta Superintendencia autorice la apertura de una Ofi cina Especial, según se indica en la parte resolutiva; CONSIDERANDO: Que, la citada empresa ha cumplido con presentar la documentación pertinente que justi fi ca la apertura de la citada O fi cina Especial; Estando a lo informado por el Departamento de Evaluación Bancaria “B”, mediante el Informe Nº 088 -2007- DEB “B”; y, De conformidad con lo dispuesto por el artículo 30º de la Ley Nº 26702, Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, y la Circular Nº B-2147-2005; y, en uso de la facultad delegada mediante Resolución SBS Nº 1096-2005; RESUELVE: Artículo Único.- Autorizar al Banco Continental la apertura de una O fi cina Especial, ubicada en la Avenida Miguel de Cervantes s/n, Local CF-02 Centro Comercial Real Plaza Chiclayo, distrito y provincia de Chiclayo, departamento de Lambayeque.Regístrese, comuníquese y publíquese. PEDRO GRADOS SMITH Superintendente Adjunto de Banca y Micro fi nanzas 87278-1 Autorizan a la Caja Municipal Cusco la apertura de oficina en la modalidad de agencia en el distrito de Miraflores, provincia de Lima RESOLUCIÓN SBS Nº 899-2007 Lima, 11 de julio de 2007 EL SUPERINTENDENTE ADJUNTO DE BANCA Y MICROFINANZAS VISTA: La solicitud presentada por la Caja Municipal de Ahorro y Crédito Cusco S.A. (en adelante Caja Municipal Cusco) para que se le autorice la apertura de una agencia en el distrito de Mira fl ores, provincia y departamento de Lima y, CONSIDERANDO: Que, conforme lo establecido en el D.S. N° 157-90-EF y en la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros -Ley N° 26702- (en adelante Ley General), la Caja Municipal de Ahorro y Crédito es una empresa de operaciones múltiples, cuya fi nalidad y especialidad consiste en captar depósitos del público y otorgar fi nanciamientos preferentemente a las pequeñas y microempresas; Que mediante la Resolución S.B.S. N° 1276-2002 del 11.12.2002, se aprobó el procedimiento de autorización de ofi cinas para las instituciones micro fi nancieras a las áreas geográ fi cas distintas de su ámbito de origen, incluyendo Lima Metropolitana; Que, la Federación Peruana de Cajas Municipales de Ahorro y Crédito (FEPCMAC) ha remitido mediante Carta N° 076-2006-FEPCMANC de fecha 25.04.2006, el informe con opinión favorable sobre la apertura de esta agencia en mención en la provincia de Lima, en cumplimiento de la función dispuesta en el literal f) del artículo 22° del D.S. N° 157-90-EF; Que, la Caja Municipal Cusco ha cumplido con presentar la documentación exigida para la apertura de la ofi cina solicitada, en la cual se efectuará estrictamente operaciones relacionadas con su fi nalidad y especialidad en operaciones de micro fi nanzas; Estando a lo informado por el Departamento de Evaluación Micro fi nanciera “B”, mediante informe N° 178-2007-DEM “B”; y con las opiniones favorables de la Intendencia General de Micro fi nanzas y la Superintendencia Adjunta de Riesgos, y; De conformidad con lo dispuesto por el artículo 30° de la Ley General y la Circular N° CM-0334-2005; y, en uso de las facultades delegadas mediante Resolución SBS N° 1096-2005 del 25.7.2005 y Resolución SBS N° 877-2007 del 9.7.2007; RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar a la Caja Municipal Cusco la apertura de una o fi cina en modalidad de agencia ubicada en la Avenida Larco N° 1199, distrito de Mira fl ores, provincia y departamento de Lima. Artículo Segundo.- La apertura de la agencia autorizada por la presente Resolución está sujeta al cumplimiento de las condiciones prudenciales para el ingreso de la Caja Municipal Cusco al mercado fi nanciero de la ciudad de Lima, asumidas expresamente por el Directorio mediante el acuerdo N° 110- 2006 adoptado en la Sesión del 13 de julio de 2006. Regístrese, comuníquese y publíquese.RUBEN MENDIOLAZA MOROTE Superintendente Adjunto de Bancay Micro fi nanzas (a.i.) 86967-1