TEXTO PAGINA: 45
NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 10 de junio de 2007 346915 Que, el Perú y los Estados Unidos de América negociaron el Acuerdo de Promoción Comercial, desde mayo de 2004 hasta diciembre de 2005; Que, el 12 de abril de 2006, el Perú y los Estados Unidos de América suscribieron el Acuerdo de Promoción Comercial, que fue aprobado por el Congreso del Perú el 28 de junio de 2006, y cuya aprobación por parte del Congreso de los Estados Unidos de América se encuentra pendiente; Que, el Acuerdo de Promoción Comercial entre el Perú y los Estados Unidos de América será un instrumento altamente positivo para los intereses nacionales, así como conveniente y necesario para impulsar un adecuado proceso de crecimiento comercial y económico del Perú; Que, es conveniente para el interés nacional la continuación de una activa participación del Ministerio de Relaciones Exteriores en las gestiones orientadas a apoyar y promover la aprobación del Acuerdo de Promoción Comercial entre el Perú y los Estados Unidos de América por parte de las autoridades de dicho país, con miras a su pronta puesta en vigencia; Teniendo en cuenta el Memorándum (SAE) Nº 0328/2007, de 6 de junio de 2007, de la Subsecretaría de Asuntos Económicos; De conformidad con la Cuarta Disposición Complementaria de la Ley Nº 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República; los artículos 185º y 190º del Reglamento de la Ley del Servicio Diplomático de la República, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 130-2003-RE; en concordancia con el artículo 83º del Reglamento de la Ley de Bases de la Carrera Administrativa, aprobado por el Decreto Supremo Nº 005-90-PCM; el inciso m) del artículo 5º del Decreto Ley Nº 26112, Ley Orgánica del Ministerio de Relaciones Exteriores; el Reglamento de la Ley Nº 27619, que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; la Ley Nº 28807, que establece que los viajes o ficiales al exterior de servidores y funcionarios públicos se realicen en clase económica; el Decreto de Urgencia Nº 025-2005, y el inciso b) del numeral 3 del artículo 4º de la Ley Nº 28927, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2007; SE RESUELVE:Artículo Primero.- Autorizar el viaje de la Ministra en el Servicio Diplomático de la República Silvia Elena Alfaro Espinosa, Directora de Negociaciones de los Tratados de Libre Comercio de la Subsecretaría de Asuntos Económicos, a la ciudad de Washington D.C., Estados Unidos de América, del 11 al 14 de junio de 2007, para que realice gestiones, ante las autoridades de ese país, relacionadas con la aprobación por parte del Congreso de los Estados Unidos de América, del Acuerdo de Promoción Comercial suscrito con el Perú. Artículo Segundo.- Los gastos que irrogue el viaje de la citada funcionaria diplomática, serán cubiertos por el Pliego Presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores, Meta: 19437 – Integración Política y Negociaciones Económico Comerciales Internacionales, debiendo rendir cuenta documentada en un plazo no mayor de quince (15) días al término de la misma, de acuerdo con el siguiente detalle: Nombres y ApellidosPasajes US$Viáticos por día US$Número de díasTotal Viáticos US$Tarifa Aeropuerto US$ Silvia Elena Alfaro Espinosa 1,643.12 220.00 4+1 1,100.00 30.25 Artículo Tercero.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes al término de las citadas gestiones, la mencionada funcionaria diplomática deberá presentar un informe ante el señor Ministro de Relaciones Exteriores, de las acciones realizadas durante el viaje autorizado. Artículo Cuarto.- La presente Resolución no da derecho a exoneración ni liberación de impuestos de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ ANTONIO GARCÍA BELAUNDE Ministro de Relaciones Exteriores 71190-1PODER JUDICIAL ACADEMIA DE LA MAGISTRATURA Designan Director Académico de la Academia de la Magistratura RESOLUCIÓN Nº 009-2007-AMAG-CD Lima, 8 de junio de 2007EL PLENO DEL CONSEJO DIRECTIVO DE LA ACADEMIA DE LA MAGISTRATURA VISTO: El Informe Nº 312-2007 de la Dirección General mediante el cual se formula la propuesta para la designación del Director Académico de la Academia de la Magistratura; y, estando al acuerdo por unanimidad, adoptado por el Pleno del Consejo Directivo, en sesión de fecha 7 de junio pasado; y, CONSIDERANDO: Que de conformidad con lo dispuesto por el artículo 4º del Decreto de Urgencia Nº 041-95, de fecha 20 de julio de 1995, el personal de la Academia de la Magistratura, se regula por el régimen laboral de la actividad privada; Que el artículo 8º de la Ley Orgánica de la Academia de la Magistratura establece que el Director Académico es nombrado por el Pleno del Consejo Directivo a propuesta del Director General y es un cargo de con fianza; En uso de las facultades conferidas por la Ley Orgánica de la Academia de la Magistratura, Ley Nº 26335, y por su Estatuto aprobado mediante Resolución Nº 022-2001-AMAG-CD de conformidad con el mandato legal, en ejercicio de sus atribuciones y estando al acuerdo adoptado por el Pleno del Consejo Directivo, en sesión de fecha 7 de junio pasado; RESUELVE: Artículo Primero.- DESIGNAR a partir de la fecha al doctor RAÚL CALLIRGOS VELARDE, en el cargo de con fianza de Director Académico de la Academia de la Magistratura, Nivel F-B, Plaza Nº 13, del Cuadro de Asignación de Personal (CAP) vigente. Artículo Segundo.- DÉJESE SIN EFECTO las resoluciones dictadas con anterioridad referidas a la encargatura de la Dirección Académica. Regístrese, comuníquese y publíquese. GLADYS MARGOT ECHAIZ RAMOS Presidenta del Consejo Directivo de laAcademia de la Magistratura 70658-1 ORGANISMOS AUTONOMOS REGISTRO NACIONAL DE IDENTIFICACION Y ESTADO CIVIL Autorizan a procurador iniciar acciones legales a presuntos responsables de la comisión de delito contra la fe pública RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 498-2007-JNAC/RENIEC Lima, 5 de junio de 2007.