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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 10 DE JUNIO DEL AÑO 2007 (10/06/2007)

CANTIDAD DE PAGINAS: 84

TEXTO PAGINA: 48

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 10 de junio de 2007 346918 VISTO El Oficio Nº 185/2007-OBU-UNAS, del jefe de la o ficina de Bienestar Universitario, sobre desabastecimiento inminente del servicio de comedor universitario. CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Nº 181-2007-R-UNAS, se declaró en situación de desabastecimiento inminente el servicio de comedor a los alumnos de la Universidad Nacional Agraria de la Selva, y se exoneró del proceso de selección que corresponde la adquisición de alimentos para atención de comedor durante 45 días, por haber quedado suspendido el Concurso Público Nº 001-2007-UNAS, convocado para contratar dicho servicio, por efecto de la apelación interpuesta contra el otorgamiento de la buena pro; Que, con O ficio Nº 377/2007/STC, el Tribunal de Contrataciones y Adquisiciones del Estado noti fica a esta Casa Superior de Estudios el decreto que admite el recurso de revisión interpuesto respecto al Concurso Público Nº 001-2007-UNAS y suspende el proceso de selección impugnado por efecto de dicha interposición, suspensión que se encuentra arreglada a lo previsto por el artículo 149º del reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, modi ficado por Decreto Supremo Nº 148-2004-EF, sobre los efectos de los recursos administrativos; Que, en consecuencia, el aludido concurso público debe continuar suspendido en tanto se pronuncie el Tribunal de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, por lo que subsiste la situación de desabastecimiento inminente del servicio de alimentación para los alumnos de la Universidad Nacional Agraria de la Selva; Que, la necesidad de dicho servicio es actual y urgente para atender el requerimiento inmediato del comedor universitario, pues su ausencia compromete en forma directa e inminente la continuidad del ciclo académico 2007 – I, por lo que el jefe de la o ficina de Bienestar Universitario solicita que se exonere del proceso de selección que corresponde la adquisición de alientos hasta por un monto de S/. 257,400.00 para atender dicho servicio del 25 del presente mes al 4 de agosto de 2007, según lo solicitado con el documento de visto; y, Estando a lo previsto por los artículos 19º, inciso c), y 21º de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y 141º de su reglamento y las consideraciones expuestas en los informes técnico legal Nº 001-2007/OBU-UNAS y Nº 11-2007-AL-UNAS, respectivamente; en uso de las atribuciones conferidas por la Ley Nº 23733, Ley Universitaria y el Estatuto de la Universidad Nacional Agraria de la Selva, SE RESUELVE: Artículo 1º.- Exonerar del proceso de selección que corresponde, por la causal de desabastecimiento inminente declarado mediante Resolución Nº 181-2007-R-UNAS, la adquisición de alimentos hasta por el monto total de S/. 257,400.00 para atender el servicio del Comedor Universitario del 25 del presente mes al 4 de agosto próximo. Artículo 2º.- Si el Concurso Público Nº 001-2007- UNAS culminase antes del 4 de agosto próximo, las adquisiciones al amparo de la presente resolución se efectuarán sólo para la fecha en que concluya dicho proceso. Artículo 3º.- El egreso que genere la presente resolución se afectará a la cadena de gastos 09-032-171-10468-300827, Mantenimiento de Comedor Universitario, Tarea 146: Comedor Universitario. Artículo 4º.- La adquisición de los bienes objeto de la exoneración, se efectuará por la dirección de Abastecimiento de la Universidad Nacional Agraria de la Selva. Regístrese y comuníquese.MILTHON MUÑOZ BERROCAL Rector 70885-1ORGANISMOS DESCENTRALIZADOS INSTITUTO PERUANO DEL DEPORTE Incorporan miembro y precisan conformación de la Comisión Promotora de los “Juegos Panamericanos 2015” RESOLUCIÓN Nº 323-2007-P/IPD Lima, 5 de junio de 2007CONSIDERANDO : Que mediante Resoluciones Nºs. 084, 091 y 133- 2007-P/IPD de 14 y 21 de febrero y 20 de marzo de 2007 respectivamente, se conformó la Comisión Promotora de los “Juegos Panamericanos 2015”; Que, resulta pertinente incorporar a la indicada Comisión Promotora a la señora Cenaida Uribe Medina, destacada por su reconocida trayectoria deportiva, Congresista de la República y Presidenta de la Sub Comisión de Juventud y Deporte del Congreso de la República; En uso de las atribuciones conferidas por la Ley Nº 28036, Ley de Promoción y Desarrollo del Deporte; Con el visado de la Secretaría General; SE RESUELVE : Artículo 1º.- Incorporar al seno de la Comisión Promotora de los “Juegos Panamericanos 2015” a la Sra. Cenaida Uribe Medina, Congresista de la República. Artículo 2º.- Como consecuencia de la indicada incorporación, la Comisión Promotora de los “Juegos Panamericanos 2015” queda integrada por los señores: -Boza Dibós, Francisco. -Cipriani Thorne, Juan Luis – Cardenal, Arzobispo de Lima. -Cubillas Arizaga, Teó filo Juan -Dibós Mier, Iván - Representante del Comité Olímpico Internacional. -Ledgard Grimm, Anthony-Musso Vento, Alberto-Noeding de Stimman, Edith-Paz Soldán Haider, Carlos – Presidente del Comité Olímpico Peruano -Seminario de la Fuente, Gabriel-Sotomayor García, Juan Ricardo-Uribe Medina, Cenaida y-Un representante del Instituto Peruano del Deporte (Coordinador). Regístrese, comuníquese y publíquese.ARTURO WOODMAN POLLITT PresidenteInstituto Peruano del Deporte 70544-1 ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN ENERGIA Y MINERIA Declaran fundado en parte recurso de reconsideración interpuesto contra la Resolución OSINERGMIN N° 173-2007-OS/CD RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSIÓN EN ENERGÍA Y MINERÍA OSINERGMIN N° 321-2007-OS/CD Lima, 7 de junio de 2007