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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 01 DE MARZO DEL AÑO 2007 (01/03/2007)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 47

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 1 de marzo de 2007 340741 establece las fechas de vencim iento de pago de los mismos; Que, a fi n de que un mayor número de contribuyentes puedan pagar por adelantado los Arbitrios Municipales del presente año, con los bene fi cios establecidos en la Ordenanza Nº 275-MDB, resulta necesario extender el plazo de vencimiento de dichos pagos; Estando a lo informado y en ejercicio de las facultades conferidas por el Artículo 4º de la Ordenanza Nº 275-MDB; y con la visación de la O fi cina de Asesoría Jurídica y de la Gerencia Municipal; DECRETA: Artículo Primero.- Disponer la prórroga del vencimiento del pago adelantado de los Arbitrios Municipales del año 2007, con los bene fi cios establecidos en la Ordenanza Nº 275-2007-MDB, hasta el día sábado 17 de marzo del 2007. Artículo Segundo.- Encargar el cumplimiento del presente Decreto a la Gerencia de Administración Tributaria, Gerencia de Administración Financiera, Sugerencia de Tesorería y Unidad de Estadística e Informática. POR TANTO:Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. FELIPE ANTONIO MEZARINA TONG Alcalde 31536-4 MUNICIPALIDAD DE LINCE Amplían vigencia de la Ordenanza Nº 172-MDL, que estableció disposi- ciones para pago del Impuesto Predial y Arbitrios DECRETO DE ALCALDÍA Nº 003-2007-ALC-MDL Lince, 28 de febrero de 2007 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE LINCE;VISTO: El Informe Nº 010-2007-MDL-GR de fecha 26 de febrero de 2007, emitido por la Gerencia de Rentas; CONSIDERANDO: Que mediante Ordenanza Nº 172-MDL de fecha 23 de enero del 2007 se fi jó el derecho de emisión, monto mínimo del Impuesto Predial, fecha de Vencimiento de tributos y régimen de incentivos por pronto pago para el ejercicio 2007; Que, asimismo se establecieron una serie de incentivos por pronto pago de los arbitrios municipales para el ejercicio 2007 entre los cuales se determina que los contribuyentes que cumplan con el pago del total anual dentro del plazo establecido para el pago al contado del Impuesto Predial, recibirán un descuento del 15% de los mismos, si cumplen con cancelar el primer semestre recibirán un descuento del 10% y si cumplen con el pago adelantado del segundo semestre recibirán un descuento del 10%; Que, mediante el mismo se establecieron las fechas de vencimiento de pago del Impuesto Predial hasta el 28 de febrero (pago al contado) y en forma fraccionada hasta en cuatro cuotas, venciendo la primera cuota el 28 de febrero y de los Arbitrios Municipales, el mismo que determina el 28 de febrero como fecha de cancelación de los meses de enero y febrero;Que, el artículo segundo de la Disposición Final y Transitoria de la Ordenanza Nº 172-MDL establece otorgar facultades al Alcalde para dictar mediante Decreto de Alcaldía las disposiciones complementarias necesarias para la adecuación de la Ordenanza mencionada; Que, se han recibido innumerables pedidos de contribuyentes solicitando la ampliación de los plazos establecidos en la citada Ordenanza; Que, es necesario otorgar las mejores facilidades a los contribuyentes, a efecto de que cumplan con sus obligaciones tributarias; Que estando a lo expuesto y conforme a las atribuciones conferidas por el numeral 6) del Artículo 20º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; DECRETA:Artículo Primero.- Ampliar el plazo de vigencia de la Ordenanza Nº 172-MDL, hasta el 30 de marzo del 2007. Artículo Segundo.- Encargar a la Gerencia General, Gerencia de Administración, Gerencia de Rentas, Gerencia de Informática y Gerencia de Imagen Institucional, el cumplimiento del presente Decreto de Alcaldía. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase MARTÍN PRÍNCIPE LAINES Alcalde 31567-1 MUNICIPALIDAD DE PACHACAMAC Exoneran de pago la expedición de Partidas para Matrícula Escolar - Período 2007 ORDENANZA MUNICIPAL Nº 003-2007-MDP/C Pachacámac, 6 de febrero del 2007 EL CONCEJO MUNICIPAL DE LA MUNICIPALIAD DISTRITAL DE PACHACÁMAC VISTO: En Sesión de Concejo de fecha 6 de febrero del 2007, la propuesta conjunta elevada por la Defensoría Municipal del Niño y del Adolescente y la O fi cina de Registro Civil; CONSIDERANDO: Que, el Artículo 74º de la Constitución Política del Perú, señala que los Gobiernos Locales pueden crear, modi fi car y suprimir contribuciones y tasas o exonerar éstas dentro del ámbito de su jurisdicción y con los límites que señala la Ley; De conformidad con el artículo 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972; Que, el artículo 9º inciso 9) de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, el concejo municipal aprobó por UNANIMIDAD y con dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta, la siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA LA EXONERACIÓN PARA LA EXPEDICIÓN DE PARTIDAS PARA MATRÍCULA ESCOLAR, PERÍODO 2007. Artículo Primero.- Otorgar de modo excepcional y por única vez a favor de los ciudadanos del distrito, la exoneración del pago correspondiente para la obtención de las Partidas del Registro Civil que tengan como fi n la