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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 01 DE MARZO DEL AÑO 2007 (01/03/2007)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 46

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 1 de marzo de 2007 340740 Derogan la Ordenanza Regional N° 021-2003/GRP-CR, mediante la cual se conformó la Comisión Multisectorial Regional de Reducción de Riesgos para el Desarrollo de la Región Piura ORDENANZA REGIONAL Nº 120-2007/GRP-CR EL CONSEJO REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL DE PIURA POR CUANTO:El Consejo Regional del Gobierno Regional Piura, de conformidad con lo previsto en la Constitución Política del Perú, Ley de Reforma Constitucional del Capítulo XIV del Título IV sobre Descentralización - Ley Nº 27680 y Ley Nº 28607, la Ley de Bases de la Descentralización - Ley Nº 27783, la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales - Ley Nº 27867, y sus modi fi catorias - Ley Nº 27902 - Ley Nº 28961 y Ley Nº 28968; y demás normas complementarias. CONSIDERANDO: Que, el artículo 191º de la Constitución Política del Perú de 1993, modi fi cado por Ley de Reforma Constitucional del Capítulo XIV del Título IV sobre Descentralización Nº 27680, establece, que los Gobiernos Regionales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, el artículo 15º de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales Nº 27867 modi fi cada por Ley Nº 27902, establece las atribuciones del Consejo Regional, indicando entre otras, aprobar, modi fi car o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional; Que, en el año 2002 el Instituto Nacional de Defensa Civil (INDECI) creó la Comisión Multisectorial para la Prevención de Riesgos y Atención de Desastres; paralelamente en ese mismo año la Presidencia del Consejo de Ministros (PCM) creó la Comisión Multisectorial para la Reducción de Riesgos para el Desarrollo mediante Decreto Supremo Nº 053-2002-PCM, generándose duplicidad de funciones y competencias, por lo que se procedió a su desactivación mediante Decreto Supremo Nº 073-2004-PCM; Que, mediante Ordenanza Regional Nº 021-2003/ GRP-CR, publicada en el Diario O fi cial El Peruano el 25 de diciembre del 2003, se aprobó conformar la Comisión Multisectorial Regional de Reducción de Riesgos para el Desarrollo de la Región Piura, encargada de coordinar las acciones conducentes a lograr la incorporación del enfoque de prevención y mitigación de riesgos frente a peligros naturales, tecnológicos y el deterioro del medio ambiente en el proceso de desarrollo de la Región Piura, así como de establecer y mantener vinculaciones con las iniciativas nacionales e internacionales; en base al Decreto Supremo Nº 053-2002-PCM, hoy derogado; Que, mediante Informe Nº 01-2007/GRP-100000- VP-A, de fecha 15 de enero del 2007, la Vicepresidencia Regional recomienda la desactivación de la Comisión Multisectorial Regional de Reducción de Riesgos para el Desarrollo de la Región Piura creada por Ordenanza Regional; Que, con Informe Nº 130-2007/GRP-460000, de fecha 2 de febrero del 2007, la O fi cina Regional de Asesoría Jurídica concluye que la desactivación de la Comisión Multisectorial Regional de Reducción de Riesgos para el Desarrollo de la Región, es procedente debiendo formalizarse a través de Ordenanza Regional; Que, estando a lo acordado y aprobado por unanimidad, en Sesión Ordinaria Nº 03, realizada los días 15 y 19 de febrero del 2007, con dispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta, el Consejo Regional del Gobierno Regional de Piura en uso de sus facultades y atribuciones conferidas por la Constitución Política del Perú y la Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales; HA DADO LA ORDENANZA REGIONAL SIGUIENTE: ORDENANZA QUE DEROGA LA ORDENANZA REGIONAL Nº 021-2003/GRP-CR Artículo Primero.- Derogar, la Ordenanza Regional Nº 021-2003/GRP-CR, publicada en el Diario O fi cial El Peruano el 25 de diciembre del 2003. Artículo Segundo.- La presente ordenanza entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. Comuníquese al señor Presidente del Gobierno Regional de Piura para su promulgación. En Piura, a los diecinueve días del mes de febrero del año dos mil siete. PORFIRIO ILDEFONSO AYALA MORAN Consejero DelegadoConsejo Regional POR TANTO: Mando se publique y cumpla.Dado en Piura, en la Sede del Gobierno Regional de Piura, a los veinte días del mes de febrero del año dos mil siete. CESAR TRELLES LARA Presidente del Gobierno Regional de Piura 31094-1 GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE BARRANCO Prorrogan vencimiento de pago adelantado de los Arbitrios Municipales del año 2007, con los beneficios establecidos en la Ordenanza Nº 275-2007-MDB DECRETO DE ALCALDÍA Nº 003-2007-MDB Barranco, 27 de febrero del 2007. EL ALCALDE DISTRITAL DE BARRANCO.VISTO: el Informe Nº 008-2007-GAT/MDB, de fecha 26 de febrero del 2007, emitido por la Gerencia de Administración Tributaria, respecto a las fecha de vencimiento para el pago adelantado de los Arbitrios Municipales 2007; CONSIDERANDO: Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú y su modi fi catoria Ley Nº 27680, Ley de Reforma Constitucional concordante con el artÍculo II del TÍtulo Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, reconoce a los gobiernos locales autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, la Ordenanza Nº 275-MDB; otorga bene fi cio de descuento por pago adelantado de los Arbitrios Municipales correspondientes al ejercicio 2007 y