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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 07 DE MARZO DEL AÑO 2007 (07/03/2007)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 47

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 7 de marzo de 2007 341145 INSTITUTO NACIONAL PENITENCIARIO Exoneran de proceso de selección la adquisición de alimentos preparados para el Establecimiento Penitenciario de Concepción y la Sede Regional de la Dirección Regional Centro Huancayo RESOLUCIÓN PRESIDENCIAL INSTITUTO NACIONAL PENITENCIARIO N° 140-2007-INPE/P Lima, 5 de marzo de 2007 VISTOS, el O fi cio Nº 029-2007-INPE/18 de fecha 31 de enero de 2007, que adjunta el Informe Técnico N° 002-2007-INPE/18.05 e Informe Legal Nº 002-2007-INPE/18 ambos de fecha 31 de enero de 2007, respectivamente, de la Dirección Regional Centro Huancayo, por el que solicita se declare en situación de desabastecimiento inminente el suministro de alimentos preparados para internas y personal de seguridad del Establecimiento Penitenciario de Concepción y la Sede Regional de la citada Región, e Informe Nº 044-2007-INPE/06 de fecha 15 de febrero de 2007, de la O fi cina General de Asesoría Jurídica. CONSIDERANDO: Que, de acuerdo al artículo 17º del Código de Ejecución Penal, la Administración Penitenciaria proporciona al interno la alimentación preparada que cumpla con las normas dietéticas y de higiene establecidas por la autoridad de salud, concordante con el artículo 135º de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 015-2003-JUS; Que, mediante Resolución Presidencial N° 050-2006- INPE/P de fecha 27 de enero de 2006 se aprobó el Plan Anual de Contrataciones y Adquisiciones de la Dirección Regional Centro Huancayo del Instituto Nacional Penitenciario para el Año Fiscal 2006, en el cual se incluyó al Establecimiento Penitenciario de Concepción y la Sede Regional; Que, mediante Informe Técnico Nº 002-2007-INPE/18.05 de fecha 31 de enero de 2007, la Dirección Regional Centro Huancayo re fi ere que en el ejercicio fi scal 2006, se llevó a cabo la Adjudicación Directa Selectiva Nº 005-2006-INPE/18 para la adquisición de alimentos preparados para internas y personal de seguridad del Establecimiento Penitenciario de Concepción y la Sede Regional, otorgándose la buena pro al Consorcio Bromatólogos, Nutricionistas, Consultores, Asesores y Servicios SRL – Félix Hugo Calderón Chávez, suscribiéndose el correspondiente Contrato Nº 028-2006- INPE/18 el 24 de noviembre de 2006; Que, mediante Informe Legal Nº 002-2007-INPE/18 de fecha 31 de enero de 2007, la Dirección Regional Centro Huancayo, mani fi esta que el referido contrato viene siendo objeto de resolución, debido a las irregularidades cometidas por el referido Consorcio en el suministro de alimentos preparados, a fi rmación que se encuentra corroborada con el Informe Nº 002-2007-INPE/18-421, de fecha 8 de enero de 2007, de la Directora del Establecimiento Penitenciario de Concepción, por el que indica sobre las irregularidades que existió en la preparación de los alimentos el 7 de enero de 2007, ocasionando malestar en la población penal y personal de seguridad; asimismo, mediante O fi cio Nº 040-2007-INPE/18-412 de fecha 30 de enero de 2007, se adjunta el acta de visita que realizó el representante del Ministerio Público al citado penal, en el cual las internas le comunicaron sobre las irregularidades en el suministro de alimentos por parte de la proveedora; Que, la Dirección Regional Centro Huancayo, re fi ere que a pesar que en varias oportunidades se coordinó con la representante del Consorcio proveedor de alimentos, a fi n de que cumpla con el contrato, siguió infringiendo con la entrega de las raciones, mani fi esta además que con fecha 31 de enero de 2007, el Consorcio Bromatólogos, Nutricionistas, Consultores, Asesores y Servicios SRL – Félix Hugo Calderón Chávez, ha dejado de suministrar los alimentos para las internas y personal de seguridad del Establecimiento Penitenciario de Concepción y de la Sede Regional;Que, de otro lado, la citada Región re fi ere que en el Plan Anual de Contrataciones y Adquisiciones de su jurisdicción para el año fi scal 2007, se tiene previsto la Licitación Pública por Subasta Inversa Presencial Nº 001-2007-INPE/18, para la adquisición de raciones alimenticias para el consumo de personas (internos, personal de seguridad y salud), entre otros, del Establecimiento Penitenciario Concepción y de la Sede Regional de la Dirección Regional Centro Huancayo del Instituto Nacional Penitenciario, el cual, de acuerdo al citado Plan Anual, se llevará a cabo los primeros días del mes de abril de 2007 y debe concluir a fi nes del mismo mes y año; Que, ante esta situación, la Dirección Regional Centro Huancayo re fi ere que se debe garantizar el oportuno abastecimiento de alimentos a las internas y personal de seguridad del citado Establecimiento Penitenciario de Concepción y de la Sede Regional, a fi n de evitar alteraciones, por lo que solicita que se declare en situación de desabastecimiento inminente el suministro de alimentos preparados, por el período de noventa (90) días calendario, hasta por la suma total de S/. 16 920,00 (Dieciséis mil novecientos veinte con 00/100 nuevos soles), importe que servirá para cubrir los gastos de alimentos preparados mientras se ejecute la Licitación Pública por Subasta Inversa Presencial Nº 001-2007-INPE/18, para la adquisición de raciones alimenticias para el consumo de personas (internos, personal de seguridad y salud), entre otros, del Establecimiento Penitenciario Concepción y de la Sede Regional, correspondiente al ejercicio fi scal 2007, ya que ante una inminente situación de desabastecimiento del suministro de alimentos, podría ocasionar grave deterioro en la salud de la población penal, así como actos de violencia, reclamos y protestas que comprometerían directa e inminentemente, tanto la seguridad de los internos como de los Centros Penitenciarios; Que, mediante O fi cio Nº 023-2007-INPE/18.03 de fecha 1 de febrero de 2007, de la O fi cina de Plani fi cación de la Dirección Regional Centro Huancayo, se evidencia que existe su fi ciente disponibilidad presupuestal para la adquisición de los alimentos preparados solicitados; Que, mediante Informe Nº 044-2007-INPE/06 de fecha 15 de febrero de 2007, la O fi cina General de Asesoría Jurídica, hace suyo el Informe Legal Nº 002-2007-INPE/18 de fecha 31 de enero de 2007, de la O fi cina de Asesoría Jurídica de la Dirección Regional Centro Huancayo, señalando que legalmente es viable que se declare en situación de desabastecimiento inminente el suministro de alimentos preparados para el citado Establecimiento Penitenciario de Concepción y de la Sede Regional; Que, debe tenerse presente que la situación expuesta se encuentra prevista en el inciso c) del artículo 19º e inciso a) del artículo 20º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM y que el artículo 21º del acotado dispositivo legal, se considera como situación de desabastecimiento inminente a la ausencia extraordinaria e imprevisible de determinado bien o servicio que comprometa en forma directa e inminente la continuidad de las funciones, servicios, actividades u operaciones productivas que la Entidad tiene a su cargo de manera esencial; por lo que dicha situación faculta a la Entidad a la adquisición o contratación de los bienes, servicios u obras sólo por el tiempo o cantidad, según sea el caso, necesario para resolver la situación y llevar a cabo el proceso de selección que corresponda; debiendo adquirirse en forma directa mediante acciones inmediatas, adoptando todas las providencias que permitan asegurar la moralidad, imparcialidad, transparencia y economía en el proceso de adjudicación de acuerdo al artículo 3º de la referida norma legal; Que, conforme lo dispone el artículo 141º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo N° 084-2004-PCM, se debe disponer las medidas conducentes al establecimiento de las responsabilidades administrativas a que hubiere lugar, cuya conducta negligente hubiese originado la presencia o con fi guración de la situación de desabastecimiento inminente; Que, en el artículo 148º de la normal legal acotada, se encuentran señalados los procedimientos para los procesos de selección exonerados, debiendo la Dirección Regional Lima sujetarse estrictamente a la norma indicada para la compra de lo indispensable a fi n de paliar la situación; sin perjuicio de que se realice el proceso