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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 16 DE MARZO DEL AÑO 2007 (16/03/2007)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 41

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 16 de marzo de 2007 341643 pleno derecho, sin perjuicio de que el Ministerio emita el acto administrativo pertinente. Artículo 11º.- La autorización a la que se contrae la presente Resolución se sujeta a las disposiciones legales y reglamentarias vigentes que regulan el servicio autorizado, debiendo adecuarse a las normas modi fi catorias y complementarias que se expidan. Regístrese, comuníquese y publíquese.CAYETANA ALJOVÍN GAZZANI Viceministra de Comunicaciones 36743-3 Modifican R.D. Nº 1896-2006-MTC/15 que autorizó a empresa para operar taller de conversión a gas natural vehicular RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 413-2007-MTC/15 Lima, 19 de enero de 2007 VISTOS: El Expediente Nº 2006-087855 presentado por MOTORSPORTS TALLERES Y SERVICIOS SOCIEDAD ANÓNIMA CERRADA-MOTORSPORTS S.A.C., mediante el cual presentan a la Dirección General de Circulación Terrestre el Certi fi cado de Inspección Taller Nº PER-311/06- 074-001 emitido por la Entidad Certi fi cadora de Conversiones BUREAU VERITAS S.A. de fecha 20 de marzo del 2006. CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Directoral Nº 1896- 2006-MTC/15, se autorizó a MOTORSPORTS TALLERES Y SERVICIOS SOCIEDAD ANÓNIMA CERRADA-MOTORSPORTS S.A.C., para que opere el taller denominado “Golden Gas GNV II” ubicado en Prolongación El Sol Nº 833, distrito de Barranco, provincia y departamento de Lima, como Taller de Conversión a Gas Natural Vehicular (GNV), a fi n de realizar las conversiones del sistema de combustión de los vehículos a GNV. Que, para la emisión de la Resolución antes citada se merituó el Certi fi cado de Inspección de Taller Nº PER-300/05- 304-001 de fecha 5 de diciembre del 2005, emitido por la Entidad Certi fi cadora de Conversiones BUREAU VERITAS S.A. y que fuera otorgado al taller de conversión M&N S.A. Sin embargo debió consignarse el Certi fi cado de Inspección Taller Nº PER-311/06-074-001 de fecha 20 de marzo del 2006, emitido por la Entidad Certi fi cadora de Conversiones BUREAU VERITAS S.A., a MOTORSPORTS S.A.C. en el cual se consigna como fecha de la próxima inspección al citado Taller el 20 de marzo del 2007. De conformidad con la Ley Nº 27791, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; la Ley Nº 27181, Ley General de Transporte y Tránsito Terrestre; Decreto Supremo Nº 058-2003-MTC y la Resolución Directoral Nº 3990-2005-MTC/15; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Modifíquese el artículo 2º de la Resolución Directoral Nº 1896-2006-MTC/15, la misma que quedará redactada en los términos siguientes: “Artículo 2º.- La empresa autorizada, bajo responsabilidad, debe presentar a la Dirección General de Circulación Terrestre del Ministerio de Transportes y Comunicaciones el correspondiente “Certi fi cado de Inspección del Taller” vigente emitido por alguna Entidad Certi fi cadora de Conversiones antes del vencimiento de los plazos que a continuación se señalan: ACTO Fecha máxima de presentación Primera Inspección anual del taller 20 de marzo del 2007Segunda Inspección anual del taller 20 de marzo del 2008ACTO Fecha máxima de presentación Tercera Inspección anual del taller 20 de marzo del 2009Cuarta Inspección anual del taller 20 de marzo del 2010Quinta Inspección anual del taller 20 de marzo del 2011 En caso que la empresa autorizada no presente el correspondiente “Certi fi cado de Inspección del Taller” vigente al vencimiento de los plazos antes indicados, se procederá conforme a lo establecido en el numeral 6.6 de la Directiva Nº 001-2005-MTC/15 referida la caducidad de la autorización.” Regístrese, publíquese y cúmplase. LINO DE LA BARRERA L. Director GeneralDirección General de Circulación Terrestre 20853-1 Renuevan autorización otorgada a Servimotriz S.A. como entidad verificadora encargada de realizar inspección física y documentaria de vehículos usados RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 3948-2007-MTC/15 Lima, 5 de marzo de 2007 VISTOS:Los Expedientes con Registros Nºs. 6128, 935, 6131 y 9334 presentados por SERVIMOTRIZ S.A. solicitando la renovación del plazo de vigencia de la autorización otorgada como Entidad Veri fi cadora, mediante Resolución Directoral Nº 752-2005-MTC/15, para operar en las Zonas de Reconocimiento Físico de ZOFRATACNA - Tacna y CETICOS - Matarani, y habiendo cumplido en subsanar las observaciones formuladas por la Dirección General de Circulación Terrestre mediante la presentación de los expedientes con Registros Nºs. 018256, 018571, 018569, 018258, 019322 y 019319; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 058-2003-MTC se aprobó el Reglamento Nacional de Vehículos, modi fi cado por los Decretos Supremos Nºs. 005-2004-MTC, 014- 2004-MTC, 035-2004-MTC, 002-2005-MTC, 017-2005-MTC, 012-2006-MTC, 023-2006-MTC y 037-2006-MTC, el mismo que tiene como objeto establecer los requisitos y características técnicas que deben cumplir los vehículos para que ingresen, se registren, transiten, operen y se retiren del Sistema Nacional de Transporte Terrestre; Que, el artículo 94º del citado Reglamento, modi fi cado por Decreto Supremo Nº 014-2004-MTC, establece que el Reporte de Inspección y Segundo Reporte de Veri fi cación (Revisa 2), los mismos que constituyen requisitos para la nacionalización de vehículos usados por el régimen regular y por el régimen de CETICOS y ZOFRATACNA, respectivamente, para garantizar que éstos cumplan con las exigencias técnicas establecidas en el citado reglamento y con la normativa vigente en materia de límites máximos permisibles de emisiones contaminantes, es emitido por la Entidad Veri fi cadora; Que, mediante Resolución Directoral Nº 3094- 2004-MTC/15, modi fi cada por la Resolución Directoral Nº 5780-2004-MTC/15, se aprobó la Directiva Nº 004-2004-MTC/15, la misma que regula el régimen de autorización y funcionamiento de las Entidades Veri fi cadoras y establece las condiciones para operar como tal y los requisitos documentales para solicitar una autorización como Entidad Veri fi cadora ante la Dirección General de Circulación Terrestre del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, mediante Resolución Directoral Nº 752-2005- MTC/15, publicada el 22 de febrero del 2005, se autorizó a SERVIMOTRIZ S.A. como Entidad Veri fi cadora para operar en las Zonas de Reconocimiento Físico de