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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 22 de marzo de 2007 341983 lo solicite, a fi rmar la elevación a Escritura Pública del referido contrato y de las adendas que se suscriban al mismo. Artículo 4º.- La concesión otorgada quedará sin efecto de pleno derecho, sin perjuicio que el Ministerio de Transportes y Comunicaciones emita el acto administrativo correspondiente, si el contrato de concesión no es suscrito por la solicitante en el plazo máximo de sesenta (60) días hábiles computados a partir de la publicación de la presente resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese.VERÓNICA ZAVALA LOMBARDI Ministra de Transportes y Comunicaciones 39551-1 Designan Comité de Recepción y Evaluación de Propuestas encargado de preparar las Bases y conducir Concursos Públicos para el otorgamiento de autorizaciones de la prestación del servicio de radiodifusión RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL Nº 074-2007-MTC/03 Lima, 19 de marzo del 2007CONSIDERANDO:Que, el artículo 42º del Reglamento de la Ley de Radio y Televisión dispone que los concursos públicos para el otorgamiento de autorizaciones se realizan bajo la conducción de un Comité de Recepción y Evaluación de Propuestas conformado por cinco (5) miembros, el mismo que se encargará de la preparación de las Bases y conducción del Concurso hasta que la Buena Pro quede consentida o fi rme administrativamente. El Comité es designado mediante Resolución Viceministerial; Que, en consecuencia, resulta necesario designar al Comité de Recepción y Evaluación de Propuestas que se encargue de la preparación de las Bases y conducción de los Concursos Públicos para el otorgamiento de autorizaciones para la prestación del servicio de radiodifusión, que se convoquen en el año 2007; De conformidad con la Ley de Radio y Televisión, Ley Nº 28278 y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2005-MTC; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Designar al Comité de Recepción y Evaluación de Propuestas que tendrá a su cargo la preparación de las Bases y la conducción de los Concursos Públicos para el otorgamiento de autorizaciones para la prestación del servicio de radiodifusión, que se convoquen en el año 2007, el cual estará integrado por las siguientes personas: - Carlos Valdéz Velásquez-López, Presidente - Carla Paola Sosa Vela, Miembro- Mauricio Alfredo Novoa Cain, Miembro- Edgar Raúl Aparicio Zavaleta, Miembro- Adolfo Valenzuela Atanacio, Miembro Artículo 2º.- La Dirección General de Gestión de Telecomunicaciones, dentro de un plazo máximo de quince (15) días calendario de expedida la presente resolución, remitirá al Comité designado en el artículo precedente la relación de todas las localidades y bandas de frecuencia del servicio de radiodifusión, cuyas autorizaciones se otorgan por Concurso Público, adjuntando la documentación sustentatoria. Asimismo, de aprobarse nuevos listados de localidades y bandas de frecuencias cuyas autorizaciones se otorgarán por Concurso Público, la mencionada Dirección General remitirá al Comité designado en la presente resolución la documentación correspondiente, en un plazo máximo de diez (10) días de emitida la respectiva resolución que aprueba el listado.Artículo 3º.- Remitir copia de la presente Resolución a la Dirección General de Gestión de Telecomunicaciones y a los miembros del Comité designados en la presente resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese.CAYETANA ALJOVÍN GAZZANI Viceministra de Comunicaciones 39554-1 Otorgan a Minera Barrick Misquichilca S.A. la renovación y modificación de permiso de operación de aviación general - servicio privado RESOLUCIÓN DIRECTORAL N° 032-2007-MTC/12 Lima, 12 de febrero del 2007Vista la solicitud de la empresa MINERA BARRICK MISQUICHILCA S.A., sobre Renovación y Modi fi cación de Permiso de Operación de Aviación General – Servicio Privado; CONSIDERANDO:Que, con Resolución Directoral N° 292-2002-MTC/12 del 12 de diciembre del 2002, se otorgó a la empresa MINERA BARRICK MISQUICHILCA S.A., Renovación de Permiso de Operación de Aviación General – Servicio Privado; Que, la Renovación del Permiso de Operación de MINERA BARRICK MISQUICHILCA S.A., fue otorgado por el plazo de cuatro (4) años contados a partir del 13 de febrero del 2003, plazo que vence el 13 de febrero del 2007; Que, mediante Documento de Registro N° 2006- 027293 del 20 de octubre del 2006, la empresa MINERA BARRICK MISQUICHILCA S.A. solicitó la Renovación y Modi fi cación de su Permiso de Operación de Aviación General – Servicio Privado; Que, según los términos del Memoranda N° 1234- 2006-MTC/12.AL y Nº 1355-2006-MTC/12.AL , emitidos por la Asesora Legal de la Dirección General de Aeronáutica Civil; Memorando Nº 4738-2006-MTC/12.04, emitido por la Dirección de Seguridad Aérea; Certi fi cados de Matrícula, emitidos por la O fi cina Registral de Lima y Callao; se considera pertinente atender lo solicitado por el recurrente, conforme a lo dispuesto por la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronáutica Civil; su Reglamento; y demás disposiciones legales vigentes; Que, mediante O fi cio Nº 1161-2006-INRENA-IANP/ DOANP, el Instituto Nacional de Recursos Naturales – INRENA se ha pronunciado por la compatibilidad de las operaciones previstas por la empresa; Que, la Administración, en aplicación del principio de presunción de veracidad, acepta las declaraciones juradas y la presentación de documentos por parte del interesado, tomándolos por ciertos, veri fi cando posteriormente la validez de los mismos, conforme lo dispone la Ley N° 27444 – Ley del Procedimiento Administrativo General; Que, en aplicación del Artículo 9º, Literal g) de la Ley Nº 27261, “la Dirección General de Aeronáutica Civil es competente para otorgar, modi fi car, suspender y revocar los Permisos de Operación y Permisos de Vuelo”, resolviendo el presente procedimiento mediante la expedición de la Resolución Directoral respectiva; Estando a lo dispuesto por la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronáutica Civil; el Reglamento vigente; demás disposiciones legales vigentes; y con la opinión favorable de las áreas competentes; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Otorgar a la empresa MINERA BARRICK MISQUICHILCA S.A., la Renovación y Modi fi cación de su Permiso de Operación de Aviación General – Servicio Privado, por el plazo de cuatro (4) años contados a partir del 14 de febrero del 2007, día siguiente a la fecha de