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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 23 de marzo de 2007 342064 Que, de conformidad con las facultades conferidas por los artículos 154º inciso 4 de la Constitución Política del Perú, 37º inciso e) de la Ley Nº 26397 -Ley Orgánica del Consejo Nacional de la Magistratura-, y 4º del Reglamento de Expedición y Cancelación de Títulos de Jueces y Fiscales del Consejo Nacional de la Magistratura, aprobado por Resolución Nº 238-2006-CNM; SE RESUELVE:Primero.- Recti fi car el numeral 3 de los artículos primero y segundo de la Resolución Nº 002-2007-CNM de fecha 8 de enero de 2007, en los extremos que dice: “LEONOR ANGELA CHAMARRO GARCÍA” , debiendo decir: “LEONOR ANGELA CHAMORRO GARCÍA” . Segundo.- Dejar sin efecto el numeral 3. del artículo segundo de la Resolución Nº 002-2007-CNM de fecha 8 de enero de 2007, que expide el título a la magistrada LEONOR ANGELA CHAMORRO GARCÍA, como Juez del Cuadragésimo Octavo Juzgado Especializado en lo Penal de Lima, Distrito Judicial de Lima. Tercero.- Expedir el título a favor de la doctora LEONOR ANGELA CHAMORRO GARCÍA, como Juez del Quinto Juzgado Especializado en lo Penal de Lima, Distrito Judicial de Lima. Cuarto.- Remitir copia de la presente resolución al señor Presidente de la Corte Suprema de Justicia de la República y del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, para su conocimiento y fi nes. Regístrese, comuníquese y publíquese.FRANCISCO DELGADO DE LA FLOR BADARACCO Presidente 39890-1 Disponen expedir título a magistrado como Juez del Cuarto Juzgado Especializado en lo Penal de Arequipa RESOLUCIÓN DEL CONSEJO NACIONAL DE LA MAGISTRATURA Nº 078-2007-CNM Lima, 28 de febrero de 2007VISTA:La solicitud del doctor Juan Francisco León Guerrero, presentada con fecha 17 de enero de 2007; y, CONSIDERANDO:Que, por mandato constitucional el único organismo competente para extender el título de Juez o Fiscal que acredite a los magistrados en su condición de tales, es el Consejo Nacional de la Magistratura, conforme a lo previsto por el artículo 154º inciso 4) de la Constitución Política del Perú, así como el único facultado para cancelar dichos títulos, en atención a lo dispuesto por el artículo 21º inciso d) de la Ley Nº 26397, Ley Orgánica del Consejo Nacional de la Magistratura; Que, por Resolución Nº 238-2006-CNM publicado en el Diario O fi cial El Peruano de fecha 6 de agosto de 2006, se aprobó el Reglamento de Expedición y Cancelación de Títulos de Jueces y Fiscales del Consejo Nacional de la Magistratura, cuyo artículo 4º dispone los casos en los cuales el Consejo extiende el título o fi cial al Juez o Fiscal (conforme se argumenta en el punto 4 de la Exposición de Motivos), como son: a) Nombramiento; b) Reincorporación; c) Traslado; d) Permuta; y e) Modi fi cación en la denominación de la plaza originaria; Que, el recurrente solicita la expedición de nuevo título de magistrado, al haber sido trasladado como Juez del Cuarto Juzgado Especializado en lo Penal de Arequipa, Distrito Judicial de Arequipa, por Resolución Administrativa Nº 159-2006-CE-PJ de fecha 9 de noviembre de 2006, del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, y por Resolución de Presidencia Nº 521-2006-R PRES/CSA de fecha 18 de diciembre de 2006, de la Corte Superior de Justicia de Arequipa; Que, la Tercera Disposición Complementaria y Final del citado reglamento, dispone que el Consejo Nacional de la Magistratura tendrá en cuenta la información que le remita el Poder Judicial y el Ministerio Público, sobre el cuadro de asignación de personal y presupuesto analítico de personal, así como la correspondiente resolución que acredite al Juez o Fiscal en el cargo; Que, el Consejo Nacional de la Magistratura solicitó la información correspondiente al señor Presidente de la Corte Suprema de Justicia de la República mediante Ofi cio Nº 284-2007-P-CNM de fecha 30 de enero de 2007; la misma que fue remitida por dicho Despacho, mediante Ofi cio Nº 1703-2007-SG-CS-PJ de fecha 15 de febrero de 2007; Que, estando al acuerdo del Pleno del Consejo Nacional de la Magistratura, adoptado en sesión de fecha 24 de agosto de 2006; y de conformidad con las facultades conferidas por los artículos 154º inciso 4) de la Constitución Política del Perú, 37º incisos b) y e) de la Ley Nº 26397 -Ley Orgánica del Consejo Nacional de la Magistratura-, y 4º del Reglamento de Expedición y Cancelación de Títulos de Jueces y Fiscales del Consejo Nacional de la Magistratura, aprobado por Resolución Nº 238-2006-CNM; SE RESUELVE:Primero.- Cancelar el título otorgado a favor del doctor JUAN FRANCISCO LEÓN GUERRERO, como Juez del Segundo Juzgado Especializado en lo Penal de Sullana, Distrito Judicial de Piura. Segundo.- Expedir el título a favor del doctor JUAN FRANCISCO LEÓN GUERRERO, como Juez del Cuarto Juzgado Especializado en lo Penal de Arequipa, Distrito Judicial de Arequipa. Tercero.- Remitir copia de la presente resolución al señor Presidente de la Corte Suprema de Justicia de la República, para su conocimiento y fi nes. Regístrese, comuníquese y publíquese.FRANCISCO DELGADO DE LA FLOR BADARACCO Presidente 39890-2 Disponen expedir título a magistrada como Juez del Décimo Tercer Juzgado Especializado en lo Penal de Lima RESOLUCIÓN DEL CONSEJO NACIONAL DE LA MAGISTRATURA Nº 086-2007-CNM Lima, 7 de marzo de 2007VISTA:La solicitud de la doctora Rita Adriana Meza Walde, presentada con fecha 26 de enero de 2007; y, CONSIDERANDO:Que, por mandato constitucional el único organismo competente para extender el título de Juez o Fiscal que acredite a los magistrados en su condición de tales, es el Consejo Nacional de la Magistratura, conforme a lo previsto por el artículo 154º inciso 4 de la Constitución Política del Perú, así como el único facultado para cancelar dichos títulos, en atención a lo dispuesto por el artículo 21º inciso d) de la Ley Nº 26397, Ley Orgánica del Consejo Nacional de la Magistratura; Que, por Resolución Nº 238-2006-CNM publicada en el Diario O fi cial El Peruano de fecha 6 de agosto de 2006,