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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 23 DE MARZO DEL AÑO 2007 (23/03/2007)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 35

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 23 de marzo de 2007 342065 se aprobó el Reglamento de Expedición y Cancelación de Títulos de Jueces y Fiscales del Consejo Nacional de la Magistratura, cuyo artículo 4º dispone los casos en los cuales el Consejo extiende el título o fi cial al Juez o Fiscal (conforme se argumenta en el punto 4 de la Exposición de Motivos), como son: a) Nombramiento, b) Reincorporación, c) Traslado, d) Permuta, y e) Modi fi cación en la denominación de la plaza originaria; Que, la recurrente solicita la expedición de nuevo título como Juez Penal Titular, al haber sido reincorporada por Resolución Administrativa Nº 016-2002-P-CSJL/PJ, de fecha 7 de enero de 2002, y reasignada como Juez Titular del Décimo Tercer Juzgado Especializado en lo Penal de Lima, por Resolución Administrativa Nº 023-2002-P-CSJL/PJ, de fecha 11 de enero de 2002, ambas de la Corte Superior de Justicia de Lima; Que, la Tercera Disposición Complementaria y Final del citado reglamento, dispone que el Consejo Nacional de la Magistratura tendrá en cuenta la información que le remita el Poder Judicial y el Ministerio Público, sobre el cuadro de asignación de personal y presupuesto analítico de personal, así como la correspondiente resolución que acredite al Juez o Fiscal en el cargo; Que, el Consejo Nacional de la Magistratura solicitó la información correspondiente al señor Presidente de la Corte Suprema de Justicia de la República, mediante Ofi cio Nº 447-2007-P-CNM, de fecha 12 de febrero de 2007; Que, el señor Presidente de la Corte Suprema de Justicia de la República, mediante O fi cio Nº 1852-2007- SG-CS-PJ, de fecha 27 de febrero de 2007, informa que la recurrente fue reasignada como Juez Titular del Décimo Tercer Juzgado Especializado en lo Penal de Lima, Distrito Judicial de Lima, adjuntando copia de la Resolución Administrativa Nº 023-2007-P-CSJL/PJ, de fecha 11 de enero de 2007, de la Corte Superior de Justicia de Lima; Que, estando al acuerdo del Pleno del Consejo Nacional de la Magistratura, adoptado en sesión de fecha 24 de agosto de 2006; y de conformidad con las facultades conferidas por los artículos 154º inciso 4 de la Constitución Política del Perú, 37º incisos b) y e) de la Ley Nº 26397 -Ley Orgánica del Consejo Nacional de la Magistratura-, y 4º del Reglamento de Expedición y Cancelación de Títulos de Jueces y Fiscales del Consejo Nacional de la Magistratura, aprobado por Resolución Nº 238-2006-CNM; SE RESUELVE:Primero.- Cancelar el título otorgado a favor de la doctora RITA ADRIANA MEZA WALDE, como Juez del Décimo Noveno Juzgado de Instrucción de Lima del Distrito Judicial de Lima. Segundo.- Expedir el título a favor de la doctora RITA ADRIANA MEZA WALDE, como Juez del Décimo Tercer Juzgado Especializado en lo Penal de Lima, Distrito Judicial de Lima. Tercero.- Remitir copia de la presente resolución al señor Presidente de la Corte Suprema de Justicia de la República, para su conocimiento y fi nes. Regístrese, comuníquese y publíquese.MAXIMILIANO CÁRDENAS DÍAZ Presidente 39888-1 Rectifican la Res. Nº 002-2007-PCNM referida a la no ratificación de Fiscal Adjunta a la Sétima Fiscalía Provincial Penal de Arequipa RESOLUCIÓN DEL CONSEJO NACIONAL DE LA MAGISTRATURA Nº 093-2007-CNM Lima, 14 de marzo de 2007VISTO:El expediente de evaluación y rati fi cación de la doctora Goya Suray Gorriti Gallegos, Fiscal Adjunto a la Sétima Fiscalía Provincial Penal de Arequipa; y, CONSIDERANDO:Que, el Consejo Nacional de la Magistratura mediante Resolución Nº 002-2007-PCNM, de 24 de enero de 2007, dispuso en su primer punto resolutivo no renovar la con fi anza a la doctora Goya Suray Gorriti Gallegos y, en consecuencia, no rati fi carla en el cargo Fiscal Adjunta Provincial de la Corte Superior de Justicia de Arequipa; sin embargo, se ha incurrido en error material al haberse dado una denominación incorrecta al cargo de la referida magistrada, siendo que fue nombrada en el cargo de Fiscal Adjunto a la Sétima Fiscalía Provincial Penal de Arequipa; Que, de conformidad con el artículo 201º de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, los errores materiales en los actos administrativos pueden ser recti fi cados con efecto retroactivo, en cualquier momento, siempre que no se altere lo sustancial de su contenido ni el sentido de la decisión; en tal virtud, deberá corregirse el error material de conformidad con lo señalado en el párrafo precedente; Que, asimismo, conforme consta del cargo del Ofi cio Nº 194-2007-SG/CNM, de 2 de febrero último, la doctora Gorriti Gallegos fue noti fi cada con la Resolución Nº 002-2007-PCNM el 5 de febrero de 2007, habiendo transcurrido en exceso el plazo previsto por el artículo 36º inciso b) del Reglamento de Evaluación y Rati fi cación de Jueces del Poder Judicial y Fiscales del Ministerio Público, modi fi cado por Resolución Nº 039-2006-PCNM, publicada en el Diario O fi cial El Peruano el 16 de julio de 2006, sin que la evaluada haya interpuesto recurso extraordinario; por lo que, el Pleno del Consejo, en sesión del 8 de marzo último, acordó declarar consentida la indicada resolución y se disponga su ejecución inmediata; Que, estando a lo expuesto; y con las facultades conferidas por el artículo 37º incisos b) y e) de la Ley Nº 26397, Ley Orgánica del Consejo Nacional de la Magistratura; SE RESUELVE:Primero.- Recti fi car el punto resolutivo primero de la Resolución Nº 002-2007-PCNM, de 24 de enero de 2007, quedando redactado en los siguientes términos: “No renovar la con fi anza a la doctora Goya Suray Gorriti Gallegos y, en consecuencia, no rati fi carla en el cargo de Fiscal Adjunto a la Sétima Fiscalía Provincial Penal de Arequipa, dejándose sin efecto su nombramiento y cancelándose su título” . Segundo.- Declarar consentida la Resolución Nº 002- 2007-PCNM, de 24 de enero de 2007, procediéndose a su ejecución inmediata. Regístrese, notifíquese, publíquese y archívese. MAXIMILIANO CÁRDENAS DÍAZ Presidente 39893-2 DEFENSORIA DEL PUEBLO Aprueban Informe Defensorial Nº 118 “Afectación de los derechos a la libertad personal e identidad por mandatos de detención ilegales” RESOLUCIÓN DEFENSORIAL Nº 014-2007/DP Lima, 19 de marzo de 2007.