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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 23 DE MARZO DEL AÑO 2007 (23/03/2007)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 18

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 23 de marzo de 2007 342048 Inversión y Producción Acuícola con la Dirección General de Acuicultura; Que mediante Resolución Directoral Nº 301-2005/ DCG, del 14 de junio del 2005, la Dirección General de Capitanías y Guardacostas del Ministerio de Defensa, designa como extensión hábil para el desarrollo de la actividad de maricultura, a favor del Ministerio de la Producción, la zona de Ensenada Guañape, distrito y provincia de Virú, departamento de La Libertad; Que mediante el escrito del visto, el recurrente, solicita concesión para desarrollar la actividad de acuicultura a mayor escala, mediante el cultivo del recurso “Concha de Abanico” (Argopecten purpuratus), en un área de mar de 105.59 Has., ubicada en la zona de Ensenada Guañape, distrito y provincia de Virú, departamento de La Libertad; Que el Estudio de Impacto Ambiental presentado por el recurrente a efectos de obtener la concesión solicitada, ha sido cali fi cado favorablemente por la Dirección General de Asuntos Ambientales de Pesquería, mediante el Certi fi cado Ambiental de Estudio de Impacto Ambiental Nº 036-2006-PRODUCE-DIGAAP; Que de la evaluación efectuada a los documentos presentados, se desprende que la recurrente ha cumplido con los requisitos sustantivos y los procedimentales, establecidos en el procedimiento Nº 37 del Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de la Producción, aprobado por Decreto Supremo Nº 035-2003-PRODUCE; Estando a lo informado por la Dirección de Maricultura y con la opinión favorable de la instancia legal correspondiente; De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 27460 – Ley de Promoción y Desarrollo de la Acuicultura, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 030-2001- PE, y el Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de la Producción, aprobado por Decreto Supremo Nº 035-2003-PRODUCE; y, En uso de las atribuciones conferidas por el artículo 118º del Reglamento de la Ley General de Pesca aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Otorgar a favor del señor JORGE ISAAC SUNICO ROEL, concesión para desarrollar la actividad de acuicultura a mayor escala, mediante el cultivo del recurso “Concha de Abanico” (Argopecten purpuratus), en un área de mar de ciento cinco hectáreas y cinco mil novecientos metros cuadrados (105.59 Has.), ubicada en la zona de Ensenada Guañape, distrito y provincia de Virú, departamento de La Libertad, delimitada por las siguientes coordenadas geográ fi cas (DATUM WGS 84) VÉRTICE LATITUD SUR LONGITUD ESTE A 08° 20’ 02.5499” 78° 58’ 21.6666” B 08° 20’ 02.5499” 78° 57’ 51.0144” C 08° 20’ 39.1769” 78° 57’ 51.0144” D 08° 20’ 39.1769” 78° 58’ 21.6666” Artículo 2°.- La concesión para desarrollar la actividad de acuicultura a que se contrae el artículo precedente comprende, acondicionamiento del medio, obtención de larva planctónica y semilla, siembra, crianza y cosecha; dentro de las coordenadas que delimitan su concesión. Artículo 3°.- La concesión a que se re fi eren los artículos precedentes se otorga por un plazo de treinta (30) años, renovable por períodos iguales; debiendo la titular de la concesión cumplir con lo establecido en el Convenio de Conservación, Inversión y Producción Acuícola, así como: - Tramitar ante la Dirección General de Capitanías y Guardacostas del Ministerio de Defensa, la correspondiente autorización para la ocupación del área acuática, en un plazo máximo de 30 días calendario de otorgada la concesión. - Tramitar ante el Ministerio de la Producción la autorización para la instalación de colectores para el abastecimiento de semilla o larva, cuando dicha actividad se realice fuera del área de la concesión otorgada. - Presentar informes semestrales a la Dirección General de Acuicultura, con copia a la Dirección Regional de la Producción Ancash, sobre las actividades realizadas y los resultados obtenidos en el desarrollo del cultivo. - Obtener la cali fi cación sanitaria emitida por la Dirección de Inspección y Control Sanitario del Instituto Tecnológico Pesquero del Perú – ITP, y presentar a la Dirección General de Acuicultura y a la Dirección Regional correspondiente, antes de dar inicio a sus actividades de cosecha. Artículo 4°.- La utilización del objeto de la concesión con una fi nalidad distinta a aquella por la cual se otorgó, el incumplimiento de los objetivos pre fi jados en el proyecto que motivó su otorgamiento, no acreditar la ejecución de su proyecto dentro de los plazos establecidos en la normatividad vigente, el incumplimiento del Convenio de Conservación, Inversión y Producción Acuícola, el incumplimiento de las normas ambientales y de lo establecido en la presente Resolución Directoral serán causales de caducidad del derecho concedido, sin perjuicio de las sanciones que correspondan. Artículo 5°.- Transcríbase la presente Resolución Directoral a la Dirección Regional de la Producción Ancash, Dirección General de Seguimiento, Control y Vigilancia, Dirección General de Asuntos Ambientales de Pesquería y a la Dirección General de Capitanías y Guardacostas del Ministerio de Defensa. Regístrese, comuníquese y publíquese PAOLA CAVERO CERRATO Directora General de Acuicultura 39886-4 Aceptan renuncia y desginan Director de Inversiones del Fondo Nacional de Desarrollo Pesquero - FONDEPES RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA Nº 024-2007-FONDEPES/PCD Lima, 21 de marzo de 2007 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución de Presidencia Nº 018- 2007-FONDEPES/PCD se designó al señor Víctor Raúl Bustamante San Miguel en el cargo de con fi anza de Director de Inversiones del Fondo Nacional de Desarrollo Pesquero - FONDEPES; Que, el mencionado funcionario ha presentado su renuncia al cargo antes referido; Que, se ha visto por conveniente aceptar la renuncia formulada y designar al funcionario que ocupará dicho cargo de con fi anza; Con la opinión favorable de la Dirección Ejecutiva y el visado de la O fi cina de Asesoría Jurídica; De conformidad con el numeral j) del artículo 17º del Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2006-PRODUCE; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aceptar, con efectividad al 26 de marzo del 2007, la renuncia efectuada por el señor VÍCTOR RAUL BUSTAMANTE SAN MIGUEL al cargo de Director de Inversiones del Fondo Nacional de Desarrollo Pesquero - FONDEPES, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2º.- Designar, con efectividad al 26 de marzo del 2007, al señor LUIS SANTIAGO HERNÁNDEZ COMENA, en el cargo de con fi anza de Director de Inversiones del Fondo Nacional de Desarrollo Pesquero - FONDEPES, con retención a su cargo. FONDO NACIONAL DE DESARROLLO PESQUERO Regístrese, comuníquese y publíquese. PERCY HUMBERTO PEREZ BARLABAS Presidente del Consejo Directivo 40413-1