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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 23 de marzo de 2007 342063 doctora Goya Suray Gorriti Gallegos, en el período sujeto a evaluación, no ha observado conducta e idoneidad acorde con la delicada función fi scal, prueba de ello es su renuencia a sujetarse al presente procedimiento, el mismo que ha sido ordenado por resolución judicial de conformidad con la sentencia de fecha 20 de enero de 2004, que corre a fojas 237 y siguientes, en virtud de la cual el Consejo Nacional de la Magistratura ha reiniciado el proceso de evaluación y rati fi cación, disponiendo la convocatoria a entrevista personal, conducta impropia que además afecta su idoneidad para el cargo de Fiscal, a lo que se debe adicionar las diversas sanciones que le han sido impuestas en el decurso de su actuación funcional, durante el período objeto del presente proceso; Décimo Sexto: Que, el Consejo Nacional de la Magistratura ha acatado lo ordenado en la vía judicial, en cuya sede se determinó el reinicio del proceso de evaluación y rati fi cación de la doctora Goya Suray Gorriti Gallegos, sin ordenar su reposición, de manera que evaluando de manera conjunta cada uno de los elementos de carácter objetivo que obran en el respectivo expediente, éstos han determinado la convicción del Pleno del Consejo Nacional de la Magistratura para no renovarle la con fi anza a la magistrada evaluada; Décimo Sétimo: Que, por las consideraciones precedentes, el Consejo Nacional de la Magistratura en cumplimiento de sus funciones constitucionales, de conformidad con el inciso 2 del artículo 154º de la Constitución Política del Perú, artículo 21º inciso b) y artículo 37º inciso b) de la Ley Nº 26397, Ley Orgánica del Consejo Nacional de la Magistratura, y artículo 29º del Reglamento del Proceso de Evaluación y Rati fi cación de jueces del Poder Judicial y fi scales del Ministerio Público, aprobado por Resolución Nº 1019-2005-CNM, y al acuerdo adoptado por el Pleno en sesión de 18 de enero de 2007; RESUELVE:Primero.- No renovar la con fi anza a la doctora Goya Suray Gorriti Gallegos y, en consecuencia, no rati fi carla en el cargo de Fiscal Adjunta Provincial de la Corte Superior de Justicia de Arequipa, dejándose sin efecto su nombramiento y cancelándose su título. Segundo.- Notifíquese en forma personal a la magistrada no rati fi cada y, consentida o ejecutoriada que fuere la presente resolución, remítase copia certi fi cada a la señora Fiscal de La Nación, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 32º del Reglamento del Proceso de Evaluación y Rati fi cación de Jueces del Poder Judicial y Fiscales del Ministerio Público y a la O fi cina de Registro Nacional de Jueces y Fiscales de este Consejo, para la anotación correspondiente. Tercero.- Ofíciese a la señora Ministra de Justicia, poniendo en conocimiento de su Despacho la presente resolución con el objeto que adopte las acciones que resultasen pertinentes en el trámite de la acción interpuesta por la doctora Goya Suray Gorriti Gallegos ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos. Cuarto.- Comuníquese, además, para los fines correspondientes el resultado del presente proceso al Juez del 64º Juzgado Especializado en lo Civil de Lima Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.FRANCISCO DELGADO DE LA FLOR BADARACCO LUIS EDMUNDO PELAEZ BARDALESEDWIN VEGAS GALLOEFRAIN ANAYA CARDENASMAXIMILIANO CARDENAS DIAZCARLOS ARTURO MANSILLA GARDELLA 39893-1Rectifican Res. Nº 002-2007-CNM y disponen expedir título a magistrada como Juez del Quinto Juzgado Especializado en lo Penal de Lima RESOLUCIÓN DEL CONSEJO NACIONAL DE LA MAGISTRATURA Nº 075-2007-CNM Lima, 28 de febrero de 2007 VISTA: La solicitud de la doctora Leonor Angela Chamorro García, presentada con fecha 2 de febrero de 2007; y, CONSIDERANDO: Que, por Resolución Nº 002-2007-CNM de fecha 8 de enero de 2007, se le otorgó el título a la doctora Leonor Angela Chamorro García, como Juez del Cuadragésimo Octavo Juzgado Especializado en lo Penal de Lima, Distrito Judicial de Lima, previa cancelación de su anterior título como Juez del Décimo Quinto Juzgado de Instrucción de Lima, Distrito Judicial de Lima -numeral 3 de los artículos primero y segundo-; en mérito su solicitud presentada con fecha 18 de setiembre de 2006, en el cual adjuntaba copia de la Resolución Administrativa Nº 132-96-CSJL de fecha 26 de agosto de 1996, de la Corte Superior de Justicia de Lima, mediante la cual se dispone reincorporar a la recurrente, como Juez Titular Especializado Penal de Lima, adscrita al Cuadragésimo Octavo Juzgado Penal de Lima y se le encargaba el Despacho del Quinto Juzgado Especializado Penal de Lima; Que, la recurrente mediante escrito presentado con fecha 2 de febrero de 2007, solicita la nulidad de la Resolución Nº 002-2007-CNM, por cuanto la doctora María Del fi na Vidal La Rosa Sánchez, es magistrado titular del Cuadragésimo Octavo Juzgado Especializado en lo Penal de Lima, Distrito Judicial de Lima; así mismo, por haberse consignado erróneamente su apellido paterno, en la citada resolución; por lo que, solicita se le expida el título como Juez del Quinto Juzgado Penal de Lima; Que, el Consejo Nacional de la Magistratura, mediante Ofi cio Nº 430-2007-P-CNM de fecha 9 de febrero de 2007, solicita al Presidente de la Corte Suprema de Justicia de Lima, tenga a bien informar sobre la plaza asignada a la doctora Leonor Angela Chamorro García, para proceder a expedir el título correspondiente, en mérito a la solicitud presentada por la citada magistrada; Que, el Presidente de la Corte Suprema de Justicia de la República, mediante O fi cio Nº 1754-2007-SG-CS-PJ de fecha 23 de febrero de 2007, informa que en mérito al Ofi cio Nº 317-2007-GG/PJ cursado por el Gerente General del Poder Judicial, la plaza correspondiente al Quinto Juzgado Especializado en lo Penal de Lima, se encuentra vacante y debidamente presupuestada en el Cuadro de Asignación de Personal y Presupuesto Analítico, a efectos que se proceda a expedir el título a la doctora Angela Leonor Chamorrro García; Que, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 201º de la Ley de Procedimientos Administrativos General, procede la recti fi cación del numeral 3. de los artículos primero y segundo de la Resolución Nº 002-2007-CNM de fecha 8 de enero de 2007, respecto del apellido paterno de la recurrente; Que, en mérito a la información remitida por el Presidente de la Corte Suprema de Justicia de la República corresponde dejar sin efecto el numeral 3. del artículo segundo de la Resolución Nº 002-2007-CNM de fecha 8 de enero de 2007, que dispone expedir el título a favor de la doctora Angela Leonor Chamorro García, como Juez del Cuadragésimo Octavo Juzgado Especializado en lo Penal de Lima, Distrito Judicial de Lima; y en consecuencia, expedirle el título a la recurrente como Juez del Quinto Juzgado Especializado en lo Penal de Lima, Distrito Judicial de Lima;