Norma Legal Oficial del día 30 de marzo del año 2007 (30/03/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 88

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, viernes 30 de marzo de 2007

al Publico de GNV y Consumidores Directos de GNV seran presentados ante la Direccion General de Hidrocarburos del Ministerio de Energia y Minas (DGH) como parte del Expediente Unico, la que remitira a OSINERGMIN los documentos tecnicos pertinentes para su evaluacion. Para tal efecto, OSINERGMIN cumplira con evaluar los siguientes requisitos tecnicos: - Documento que acredite la propiedad o posesion legitima del terreno. - Memoria Descriptiva del Proyecto. - Estudio de Riesgo firmado por el profesional responsable y el administrado. - Especificaciones Tecnicas de construccion, materiales y equipos. - Planos del proyecto firmados por el solicitante o su representante legal y por los profesionales de la especialidad correspondiente de: a. Situacion en escala 1:5000 con indicacion de centros educativos, mercados, hospitales, clinicas, templos, MORDAZA, cines, cuarteles, supermercados, comisarias, zonas militares o policiales, establecimientos penitenciarios y teatros, estaciones de servicios, grifos y gasocentros de GLP. b. Ubicacion en Escala 1: 500 con indicacion segun sea el caso, de distancias a calles, pistas , veredas, vias de ferrocarril, carreteras, intersecciones de carreteras, postes y MORDAZA que conduzcan cables de media y alta tension, estaciones y subestaciones electricas, centros de transformacion y transformadores electricos u otras instalaciones donde pueda existir fuego abierto, asi como semaforos indicando la seccion vial. c. Distribucion en Escala 1: 100, senalando las partes integrantes aplicables al proyecto, tales y como segun sea el caso, red de distribucion de gas natural, punto de suministro de gas natural, bateria de cilindros para almacenamiento, sistema de compresion, sistema integrado de compresion y despacho, islas de despacho, dispensadores o surtidores para despacho, tuberias, valvulas, sistema de control de carga, cercos, acceso, estacionamiento, oficinas, ventilaciones, zonas de lubricacion, aire comprimido y otros contemplados para los diferentes servicios, segun corresponda. d. Diagrama de tuberias e instrumentacion (P&ID). e. Isometrico que incluya el equipamiento y red de tuberias de GNV. f. Obras Mecanicas para el montaje de tuberias y equipos de compresion, almacenamiento y despacho. g. Obras electricas y de instrumentacion como: diagramas unifilares, sistema de proteccion atmosferica y puesta a tierra, red de cables de energia red de iluminacion exterior, sistema de generacion electrica, sistema de control de carga. h. Clasificacion de areas peligrosas para instalaciones electricas. i. Obras civiles (Escala 1:100) para: explanaciones, pistas, veredas, drenaje pluvial, industrial y sanitario, fundaciones de equipos, edificaciones, accesos, separador de aceites y grasas, de ser el caso. j. Estructura y detalles del techo de las islas de despacho y/o patio de maniobras, de ser el caso. k. Circulacion, senalando los recorridos de ingreso y salida al establecimiento e islas de despacho con los radio de giro establecidos indicando el nivel del patio de maniobra en relacion con la vereda, segun corresponda, y, l. Ubicacion de equipos contra incendios - Cronograma de ejecucion de obras, precisando las fechas programadas para la realizacion de pruebas de tuberias y equipos Los documentos tecnicos presentados deberan estar de acuerdo a las normas tecnicas y ambientales aplicables para la instalacion de equipos y accesorios para la venta de GNV, para la operacion de Establecimientos de Venta al Publico de GNV y Consumidores Directos de GNV. En caso se proyecten construir establecimientos a una distancia menor a la indicada en el literal a) del articulo 24º del Reglamento para la Instalacion y Operacion de Establecimientos de Venta al Publico de Gas Natural Vehicular (GNV) aprobado por Decreto Supremo Nº 0062005-EM, respecto a estaciones y subestaciones electricas que se encuentren dentro de casetas o

encapsuladas, acogiendose a la excepcion establecida en el citado dispositivo; los responsables de los mismos deberan alcanzar a OSINERGMIN un informe tecnico que justifique su inclusion en la referida excepcion, adjuntando para ello el analisis de riesgos respectivo, el cual debera contener la identificacion de sucesos no deseados que puedan conducir a la materializacion de un peligro, los niveles de riesgos y la calificacion de los mismos, el analisis de las causas por las que estos sucesos tienen lugar y la valoracion de las consecuencias a la MORDAZA e infraestructuras aledanas, asi como de la frecuencias con que estos sucesos pueden producirse; de otro lado, debera determinar la disponibilidad y el MORDAZA de mecanismos de proteccion a implementarse frente a peligros potenciales, con la finalidad de minimizar los riesgos asociados. Ademas de evaluar la documentacion exigida, para la emision del Informe Tecnico Favorable, OSINERGMIN debera verificar que se MORDAZA cumplido con las normas tecnicas, de seguridad y ambientales establecidas en el ordenamiento juridico. Articulo 2º.- Emision del Informe Tecnico para Instalacion de Establecimientos de Venta al Publico de GNV y Consumidor Directo de GNV. OSINERGMIN emitira el Informe tecnico para Instalacion de Establecimientos de Venta al Publico de GNV y Consumidores Directos de GNV en un plazo de quince (15) dias habiles de recibida la documentacion de la DGH, siempre que no existan observaciones a la documentacion presentada en cuyo caso su subsanacion debera ser requerida en un solo acto de notificacion, y ser subsanadas por el administrado en un plazo MORDAZA de quince (15) dias habiles contados a partir del dia siguiente de la notificacion, luego de lo cual, OSINERGMIN procedera a emitir el pronunciamiento respectivo. En los casos que el interesado incumpla con subsanar las observaciones realizadas o deje transcurrir el plazo sin presentar los documentos requeridos, OSINERGMIN comunicara esta situacion a la DGH quien declarara el abandono o la improcedencia del procedimiento administrativo segun corresponda. OSINERGMIN debera poner en conocimiento de la DGH y el administrado el informe emitido a fin de que se continue el tramite del Expediente Unico Articulo 3º.- Tramite para la obtencion del Informe Tecnico Favorable para Instalacion de Modificacion y/o Ampliacion de Establecimientos de Venta al Publico de GNV y Consumidores Directos de GNV. La instalacion de nuevos equipos, el aumento de capacidad o el aumento de terreno en proyectos o instalaciones de Establecimientos de Venta al Publico de GNV y Consumidores Directos de GNV requieren de la emision del Informe Tecnico Favorable para la Instalacion de Modificacion y/o Ampliacion. El procedimiento para la obtencion del Informe Tecnico Favorable para Instalacion de Modificacion y/o Ampliacion se regira por lo establecido en los articulos 1º y 2º del presente Anexo. Articulo 4°.- Supervision de la Etapa de Construccion de Proyectos de Establecimientos de Venta al Publico de GNV y Consumidores Directos de GNV o de las Modificaciones y/o Ampliaciones. En la construccion de proyectos para la venta de GNV y Consumidores Directos de GNV o de las Modificaciones y/o Ampliaciones de estos, OSINERGMIN inspeccionara y verificara que las obras de construccion se realicen de acuerdo a los documentos tecnicos aprobados con el Informe Tecnico de Instalacion. Asimismo, el administrado debera cumplir con toda la normatividad de seguridad y ambiental aplicable. En caso de preverse algun cambio de fecha en cualquiera de las actividades contenidas en el Cronograma de Obra, incluyendo las pruebas, se debera comunicar el hecho al OSINERGMIN con una anticipacion no menor a cinco (05) dias habiles, adjuntando el Cronograma de Obra actualizado. Un Supervisor de OSINERGMIN participara en las pruebas indicadas en el cronograma de ejecucion de obras presentado, las cuales se realizaran durante la construccion y suscribira el Acta de Pruebas de Tuberias y Equipos. OSINERGMIN debera solicitar el Certificado de Conformidad de los equipos y accesorios para la venta de GNV instalados en el establecimiento; asi como el Plan de Contingencias para Emergencias y los planos conforme a obra firmados por el administrado o su representante

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