Norma Legal Oficial del día 31 de marzo del año 2007 (31/03/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 19

El Peruano MORDAZA, sabado 31 de marzo de 2007

NORMAS LEGALES
CONSIDERANDO:

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Articulo 41º.- La Direccion de Investigacion y Desarrollo cuenta con las siguientes unidades organicas : a. Subdireccion de Estudios: Esta encargada de realizar investigaciones y estudios orientados al desarrollo y promocion de los mercados de valores y productos; evaluar el sustento economico de las propuestas normativas y los resultados de su aplicacion; intercambiar informacion con los participes de los mercados internacionales; preparar la estadistica nacional de los mercados de valores; y, las demas funciones propias de la Direccion de Investigacion y Desarrollo que le MORDAZA encargadas. Esta subdireccion depende jerarquica y funcionalmente de la Direccion de Investigacion y Desarrollo. b. Subdireccion de Orientacion y Promocion: Esta encargada de disenar y ejecutar las estrategias de orientacion y promocion del MORDAZA de Valores en coordinacion con las demas areas de la institucion, facilitar el acceso a la informacion del Registro Publico del MORDAZA de Valores y brindar orientacion al publico en temas relacionados a normas legales y procedimientos administrativos; asi como disenar y conducir las actividades educativas; prestar el servicio de biblioteca; identificar y evaluar las necesidades de informacion de los inversionistas y velar, en coordinacion con las demas areas de la institucion, por la permanente actualizacion y adecuacion de los contenidos del MORDAZA del MORDAZA de Valores de CONASEV a los requerimientos del mercado; y, las demas funciones propias de la Direccion de Investigacion y Desarrollo que le MORDAZA encargadas. Esta subdireccion depende jerarquica y funcionalmente de la Direccion de Investigacion y Desarrollo. DELIMITACION DE COMPETENCIAS ENTRE DIRECCIONES Articulo 42º.- En el supuesto que en un procedimiento de investigacion se identifique una materia que involucre a mas de una direccion, corresponde a estas definir las acciones y responsabilidades que tendran ellas para desarrollar dicho procedimiento. En caso de no existir acuerdo, corresponde a la gerencia general delimitar la actuacion de las direcciones involucradas, o en su defecto determinar la direccion que se MORDAZA cargo del tema. TITULO III DE LAS RELACIONES INTERINSTITUCIONALES Articulo 43º.- CONASEV mantiene relaciones de coordinacion, apoyo y cooperacion con organismos publicos y privados, nacionales e internacionales, cuyas actividades son compatibles con sus fines y objetivos institucionales. DISPOSICION COMPLEMENTARIA UNICA.- Los trabajadores de la Comision estan comprendidos en el regimen laboral de la actividad privada. 43754-14

Exoneran de MORDAZA de seleccion la contratacion del Servicio de Elaboracion de Prueba de Aptitud, Aplicacion de Pruebas y Procesamiento de Resultados
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 158-2007-EF/43 MORDAZA, 28 de marzo de 2007 Vistos: el Oficio Nº 1240-2007-EF/41.01 del Tribunal Fiscal y los Informes N°s. 094-2007-EF/43.50 y 676-2007EF/60.01 de la Oficina General de Administracion y de la Oficina General de Asesoria Juridica, respectivamente, que sustentan la configuracion del supuesto de desabastecimiento inminente, previsto en el inciso c) del articulo 19º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por el Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM y modificatorias;

Que, segun el inciso c) del articulo 19º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por el Decreto Supremo Nº 083-2004PCM y modificatorias, estan exonerados de los procesos de seleccion, las adquisiciones y contrataciones que se realicen en situacion de desabastecimiento inminente; Que, asimismo, el articulo 21º del citado Texto Unico Ordenado dispone que se considera situacion de desabastecimiento inminente a aquella situacion extraordinaria e imprevisible en la que la ausencia de determinado bien, servicio u obra compromete en forma directa e inminente la continuidad de las funciones, servicios, actividades u operaciones productivas que la Entidad tiene a su cargo de manera esencial, facultando a la Entidad a la adquisicion o contratacion de los bienes, servicios u obras solo por el tiempo o cantidad, segun sea el caso, necesario para resolver la situacion y llevar a cabo el MORDAZA de seleccion que corresponda; Que, el MORDAZA parrafo del articulo 141º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por el Decreto Supremo Nº 0842004-PCM y modificatorias, establece que la necesidad de los bienes, servicios u obras debe ser actual y urgente para atender los requerimientos inmediatos, no pudiendose invocar la existencia de una situacion de desabastecimiento inminente en supuestos como en via de regularizacion, por periodos consecutivos y que excedan el lapso del tiempo requerido para paliar la situacion y para satisfacer necesidades anteriores a la fecha de aprobacion de la exoneracion al MORDAZA de seleccion; Que, la Ley N° 28927, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2007, prohibe el ingreso de personal por servicios personales y el nombramiento, salvo, entre otros casos, el reemplazo por cese del personal o para la suplencia temporal de los servidores del Sector Publico, siempre y cuando se cuente con plazas presupuestada, asi como el nombramiento de cinco (5) Vocales y un (1) Secretario Relator en el Tribunal Fiscal del Ministerio de Economia y Finanzas; Que, de otra parte, el Decreto Supremo N° 0972002-EF establecio que previo al nombramiento de los Vocales de las MORDAZA Especializadas del Tribunal Fiscal se efectuara un MORDAZA de seleccion por concurso de meritos abierto al publico a cargo de una Comision, la cual tambien tendra a su cargo la seleccion de los secretarios relatores de las citadas MORDAZA y emitira opinion favorable para la ratificacion de los Vocales; Que, el Tribunal Fiscal es el organo resolutivo especializado en materia tributaria, que depende administrativamente del Ministerio de Economia y Finanzas, teniendo, entre sus funciones, resolver oportunamente las controversias que surjan entre la Administracion y los contribuyentes, interpretando y aplicando la ley, fijando criterios jurisprudenciales uniformes y proponiendo normas que contribuyan con el desarrollo del sistema tributario, asimismo, su composicion, designacion y ratificacion de sus miembros se encuentran regulados por el Texto Unico Ordenado del Codigo Tributario, aprobado por el Decreto Supremo N° 135-99-EF y modificatorias; Que, en uso de sus atribuciones establecidas en las Bases del Concurso de Meritos Abierto al Publico, aprobado mediante la Resolucion Ministerial N° 404-2006EF/13 de fecha de 21 de MORDAZA de 2006, modificada por la Resolucion Ministerial N° 059-2007-EF/43 de fecha 2 de febrero de 2007, la Comision a que se refiere el Decreto Supremo N° 097-2002-EF, mediante Carta de fecha 12 de febrero de 2007, comunica que ha fijado el cronograma de actividades del mencionado Concurso de Meritos, disponiendo que la convocatoria se inicie el 31 de marzo y culmine el 1 de MORDAZA de 2007, en tanto que la prueba de conocimientos generales se realice el 22 de MORDAZA y la prueba de conocimientos aplicados y aptitud el 29 de MORDAZA de 2007; Que, a fin de contar con las pruebas requeridas por la mencionada Comision en las fechas previstas, el Tribunal Fiscal con fecha el 19 de febrero del presente ano solicita la contratacion del Servicio de Elaboracion de Prueba de Aptitud, Aplicacion de Pruebas y Procesamiento de Resultados;

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