Norma Legal Oficial del día 31 de marzo del año 2007 (31/03/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 25

El Peruano MORDAZA, sabado 31 de marzo de 2007

NORMAS LEGALES

342591

"Articulo 58º.- Atencion del Gasto Comprometido El Gasto Comprometido en estado "A" por cualquier fuente de financiamiento, registrado en el SIAF-SP por la Unidad Ejecutora absorbida a la fecha de culminacion del MORDAZA de fusion, sera transferido por la DNTP a la Unidad Ejecutora absorbente, a solicitud expresa de esta ultima." "Articulo 59º.- Atencion del Gasto Devengado El Gasto Devengado en estado "V" por cualquier fuente de financiamiento, registrado en el SIAF-SP por la Unidad Ejecutora absorbida a la fecha de culminacion del MORDAZA de fusion, sera transferido por la DNTP a la Unidad Ejecutora absorbente, a solicitud expresa de esta ultima." "Articulo 60º.- Tratamiento de los saldos y cierre de cuentas bancarias (...) 60.3 Durante el MORDAZA de fusion, la Unidad Ejecutora a ser absorbida continua realizando cada una de las etapas de la ejecucion del ingreso y del gasto publico, hasta la entrada en vigencia de la MORDAZA legal que apruebe la transferencia de partidas correspondiente." "Articulo 71º.- Uso excepcional de Declaracion Jurada para sustentar gastos (...) 71.3 El monto de la Declaracion Jurada no debe exceder el diez por ciento (10%) de una Unidad Impositiva Tributaria, excepto cuando se trate de comisiones de servicios en lugares declarados en emergencia por el Gobierno. Mediante resolucion del titular de pliego se debe establecer los casos y montos comprendidos en dicha excepcion, teniendo en cuenta los montos limites establecidos para viaticos en la normatividad vigente." "Articulo 86º.- Para el cumplimiento de lo dispuesto por el articulo 44º de la Ley Nº 28693, Ley General del Sistema Nacional de Tesoreria, modificada por la Vigesima Disposicion Final de la Ley Nº 28979, las Unidades Ejecutoras correspondientes deben depositar los recursos en la cuenta de la DNTP Nº 00-000-299294 en el Banco de la Nacion, mediante la Papeleta de Depositos (T-6), dentro de las 24 horas de haberse producido la respectiva percepcion." Articulo 2º.- Para la administracion de las Transferencias Financieras, con cargo a los recursos autorizados por la Ley Nº 28979, las Unidades Ejecutoras y Municipalidades receptoras deberan necesariamente solicitar a la DNTP la apertura de cuentas corrientes ordinarias de la fuente financiamiento Donaciones y Transferencias en el Banco de la Nacion, conforme al procedimiento establecido en la Directiva de Tesoreria Nº 001-2007-EF/77.15, aprobada por la Resolucion Directoral Nº 002-2007-EF/77.15. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Director General Direccion Nacional del Tesoro Publico 44042-1

VISTO; los actuados en Concurso Publico por MORDAZA de Seleccion Abreviado Nº 0019-2006-ED/UE ­ 108 (items 3 y 4) y el Informe Nº 1769-2006-ME/SG-OAJ, emitido por la Oficina de Asesoria Juridica; y, CONSIDERANDO: Que, el 14 de noviembre de 2006, el Ministerio de Educacion convoco al Concurso Publico por MORDAZA de Seleccion Abreviado Nº 0019-2006-ED/UE ­ 108: "Contratacion de Trabajos de Mantenimiento SHOCK de Inversiones ­ Paquete 1", a traves de la publicacion correspondiente en el Sistema Electronico de Adquisiciones y Contrataciones del Estado ­ SEACE; Que, con fecha 27 de noviembre de 2006, conforme lo previsto en el calendario del MORDAZA, los proveedores interesados, entre otros, el Consorcio Business Unidos USA E.I.R.L. ­ Mecaltex S.A., presentaron sus propuestas tecnicas y economicas, formalizandose en dicho acto la apertura del Sobre Nº 1: "Propuesta Tecnica"; Que, con fecha 29 de noviembre de 2006, el Comite Especial encargado de conducir el citado MORDAZA de seleccion vio por conveniente aceptar la "carta rectificatoria" del postor Consorcio Business Unidos USA E.I.R.L. ­ Mecaltex S.A. (remitida el mismo 29 de noviembre), concerniente al plazo de ejecucion ofertado para los items 3 y 4, al haber senalado que por "error" se consigno el plazo de treinta (30) dias calendario en su propuesta tecnica, debiendo ser veintinueve (29) dias calendario; Que, cabe precisar que el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, tercer miembro del citado Comite Especial, hizo constar en el Acta correspondiente su disconformidad con la decision MORDAZA resenada y con la ulterior asignacion de puntaje en la evaluacion tecnica al mencionado postor; Que, segun se observa en numeral 6.1 (apartado 1.2) de las Bases Administrativas del Concurso Publico por MORDAZA de Seleccion Abreviado Nº 00192006-ED/UE ­ 108: Capitulo VI (Adjudicacion), se habia previsto como Factor de Evaluacion referido al postor el "Plazo de Ejecucion", estando supeditada la asignacion de los respectivos puntajes a la posibilidad de ofertar un plazo menor al plazo MORDAZA de ejecucion del servicio de treinta (30) dias calendario estipulado en los Terminos de Referencia; de esta forma, se determinaron los siguientes rangos de asignacion de puntajes:
Plazo de Ejecucion Menor o igual a 20 dias calendario Entre 21 y 24 dias calendario Entre 25 y 29 dias calendario Puntaje 50 puntos 40 puntos 30 puntos

EDUCACION
Declaran nulidad de otorgamiento de la buena pro de los items 3 y 4 del Concurso Publico por MORDAZA de Seleccion Abreviado Nº 0019-2006ED/UE
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 0138-2007-ED MORDAZA, 29 de marzo de 2007

Que, segun se observa a folios 26 y 38 de la propuesta tecnica del postor Consorcio Business Unidos USA E.I.R.L. - Mecaltex S.A., presentada el 27 de noviembre de 2006, el plazo de ejecucion ofertado por dicho postor para los items 3 y 4 fue de treinta (30) dias calendario; Que, no resulta valida la decision del Comite Especial al aceptar la "carta rectificatoria" del mencionado postor, segun la cual el plazo ejecucion ofertado debia ser de veintinueve (29) dias calendario, por cuanto aquello importa una flagrante contravencion a lo dispuesto en el articulo 125º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 084-2004PCM (aplicable supletoriamente al caso, segun lo senalado en el articulo 1º del Decreto de Urgencia Nº 024-2006), en el entendido que el plazo de ejecucion es un aspecto esencial -y, por tanto, insubsanable- de la referida propuesta tecnica; Que, al respecto, debe tenerse en cuenta que el articulo 57º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM, prescribe que el Titular de la Entidad convocante tiene la facultad de declarar de oficio la nulidad de un MORDAZA de seleccion, cuando advierta actos que hallan sido dictados por organo incompetente, contravengan las normas legales, contengan un imposible

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