Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 31 DE MARZO DEL AÑO 2007 (31/03/2007)

CANTIDAD DE PAGINAS: 120

TEXTO PAGINA: 28

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 31 de marzo de 2007 342594 Que, mediante Decreto Supremo N° 015-2003-JUS se aprobó el Reglamento del Código de Ejecución Penal; Que, el citado Reglamento comprende la regulación de la ejecución de la pena privativa de la libertad, las restrictivas de la libertad, las limitativas de derechos y las medidas de seguridad, así como también la libertad por cumplimiento de condena permitiendo al sentenciado egresar de manera defi nitiva del establecimiento penitenciario; Que, el Reglamento vigente no establece pautas para los casos en los que el juez disponga la libertad de un procesado en un proceso penal o en el marco de un proceso constitucional de Hábeas Corpus; Que, resulta necesario establecer el procedimiento que observará la O fi cina de Registro Penitenciario o quien haga sus veces, para la excarcelación del interno, siempre que no registre otro proceso penal con mandato de detención o condena a pena privativa de libertad efectiva pendiente de cumplimiento, bajo responsabilidad funcional y penal; De conformidad con el numeral 8) del artículo 118º de la Constitución Política del Estado, y con el artículo 37º del Decreto Legislativo N° 560; con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros. DECRETA:Artículo 1º.- Objeto de la norma Modifícase el artículo 209° del Reglamento del Código de Ejecución Penal, cuya nueva redacción es la siguiente: “Artículo 209.- En la fecha de vencimiento de la condena, la Ofi cina de Registro Penitenciario o quien haga sus veces dispondrá la excarcelación del interno que haya cumplido su condena, siempre que no registre proceso penal con mandato de detención u otra condena pendiente de cumplimiento. En los casos que el juez disponga la libertad del procesado en procesos penales o en los de Hábeas Corpus, la O fi cina de Registro Penitenciario o quien haga sus veces, bajo responsabilidad funcional y penal, dispondrá la excarcelación del interno, siempre que no registre mandato de detención vigente emanado de autoridad competente o condena a pena privativa de libertad efectiva, pendiente de cumplimiento”. Artículo 2º.- Adecuación de directivas y de procedimientos El Instituto Nacional Penitenciario deberá adecuar sus directivas y procedimientos según lo dispuesto en el presente Decreto Supremo. Artículo 3º.- Refrendo El presente Decreto Supremo será refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros y por la Ministra de Justicia. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los treinta días del mes de marzo del año dos mil siete. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JORGE DEL CASTILLO GÁLVEZ Presidente del Consejo de Ministros MARÍA ZAVALA VALLADARES Ministra de Justicia 44329-3 MUJER Y DESARROLLO SOCIAL Designan Presidente de la Mesa Interinstitucional sobre Adolescentes en Conflicto con la Ley Penal y representante de la Dirección de Niñas, Niños y Adolescentes ante la misma RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 152-2007-MIMDES Lima, 30 de marzo de 2007CONSIDERANDO:Que, mediante Resolución Ministerial Nº 713- 2006-MIMDES, se formalizó la constitución de la Mesa Interinstitucional sobre Adolescentes en Con fl icto con la Ley Penal, como un espacio técnico y consultivo para proponer políticas, normas y acciones orientadas a mejorar las condiciones de vida de esta población; Que, de acuerdo al artículo 2º de la Resolución Ministerial al que hace referencia el considerando precedente, se establece que la citada Mesa Interinstitucional estará integrada, entre otros, por dos representantes de la Dirección de Niñas, Niños y Adolescentes del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social - MIMDES, uno de los cuales la presidirá; Que, resulta necesario designar a los representantes de la Dirección de Niñas, Niños y Adolescentes del MIMDES ante la Mesa Interinstitucional sobre Adolescentes en Confl icto con la Ley Penal; De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 27793, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social, el Reglamento de Organización y Funciones del MIMDES, aprobado por Decreto Supremo Nº 011-2004-MIMDES; y la Resolución Ministerial Nº 713- 2006-MIMDES; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Designar al señor JAVIER ERNESTO RUIZ – ELDREDGE VARGAS, Director de Niñas, Niños, y Adolescentes del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social – MIMDES, como Presidente de la Mesa Interinstitucional sobre Adolescentes en Con fl icto con la Ley Penal, Artículo 2°.- Designar a la licenciada LILIAN SARA MEJIA GONZALES, como segunda representante de la Dirección de Niñas, Niños y Adolescentes del MIMDES ante la Mesa Interinstitucional sobre Adolescentes en Confl icto con la Ley Penal. Regístrese, comuníquese y publíquese. VIRGINIA BORRA TOLEDO Ministra de la Mujer y Desarrollo Social 44075-1 Designan Presidente del Directorio de la Sociedad de Beneficencia Pública de Lima Metropolitana RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 153-2007-MIMDES Lima, 30 de marzo de 2007 CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 002-97- PROMUDEH, modi fi cado por Decreto Supremo Nº 004-2003-MIMDES, se aprobó la conformación de los Directorios de las Sociedades de Bene fi cencias y Juntas de Participación Social, los cuales están integrados, entre otros, por dos representantes del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social - MIMDES, uno de los cuales debe presidirlo; Que, por Resolución Ministerial Nº 719-2006-MIMDES del 29 de setiembre de 2006, entre otras acciones, se designó al señor Manuel Estuardo Eguiguren Callirgos, como Presidente del Directorio de la Sociedad de Bene fi cencia Pública de Lima Metropolitana; Que, el citado funcionario ha formulado renuncia al cargo para el cual fue designado, la cual resulta necesario aceptar, debiéndose designar a la persona que lo reemplace; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 26918, Ley Nº 27793, Decreto Supremo Nº 002-97-PROMUDEH, modi fi cado por Decreto Supremo Nº 004-2003-MIMDES y el Decreto Supremo Nº 011-2004-MIMDES;