Norma Legal Oficial del día 11 de mayo del año 2007 (11/05/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 35

El Peruano MORDAZA, viernes 11 de MORDAZA de 2007

NORMAS LEGALES

344997

MORDAZA MORDAZA Nunez Nº 233, Galerias San MORDAZA, distrito de Juliaca, provincia de San MORDAZA, departamento de Puno. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Superintendente Adjunto de Banca y Microfinanzas 58198-1

ORGANISMOS DESCENTRALIZADOS CONSEJO SUPERIOR DE CONTRATACIONES Y ADQUISICIONES DEL ESTADO
Imponen sancion de inhabilitacion temporal a las empresas Leyvas Asociados S.A.C. y a Mendys Up's S.R.L. en su derecho de presentarse en procesos de seleccion y contratar con el Estado
TRIBUNAL DE CONTRATACIONES Y ADQUISICIONES DEL ESTADO RESOLUCION N° 431/2007-TC-S1 Sumilla: Corresponde sancionar a la empresa LEYVAS ASOCIADOS S.A.C al haberse configurado el supuesto previsto en el literal b) del articulo 205 del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado. MORDAZA, 8 de MORDAZA de 2007 VISTO, en sesion de fecha 18 de MORDAZA de 2007 de la Primera Sala del Tribunal de Contrataciones y Adquisiciones del Estado el Expediente Nº 289/2006.TC sobre la aplicacion de sancion iniciada a la empresa LEYVAS ASOCIADOS S.A.C, por supuesta responsabilidad en la resolucion de la Orden de Compra N° 000286, derivada del MORDAZA Adjudicacion de Menor Cuantia N° 0281-2003GRUP3, por incumplimiento injustificado de obligaciones; y atendiendo a los siguientes: ANTECEDENTES: 1. El 10 de diciembre de 2003, el GRUPO Nº 03 de la FUERZA AEREA DEL PERU, en adelante la Entidad, convoco a la Adjudicacion de Menor Cuantia Nº 02812003-GRUP3, para la adquisicion de grasas y lubricantes para los helicopteros MORDAZA 212, subdividida en cuatro (4) items, con un valor referencial ascendente a $ 5,579.00 (Cinco Mil Quinientos setenta y nueve con 00/100 dolares americanos), adjudicandose la Buena Pro, respecto de los cuatro items, a favor de la empresa LEYVAS ASOCIADOS S.A.C., en adelante el Contratista. 2. El 15 de diciembre de 2003, la Entidad emitio a nombre del Contratista, la orden de Compra Nº 000286, con un plazo de tres (3) dias para el cumplimiento de sus obligaciones. 3. El 12 de enero de 2003, el Contratista entrego en el almacen general del Grupo 03 los productos correspondientes a los cuatro items adjudicados. 4. El 15 de enero de 2004, luego de evaluar el producto entregado, se emite el Reporte Tecnico Nº 00304, mediante el cual se manifiesta la desaprobacion de los bienes internados en almacen, al no reunir las condiciones tecnicas requeridas para su uso en aeronaves. 5. El 25 de febrero de 2004, mediante Carta Notarial Nº 10380 se le requiere a la Contratista para que en el plazo de cuarenta y ocho (48) horas, cumpla con el compromiso contraido y reemplace los productos observados mediante el Reporte Tecnico Nº 003-04. correspondientes a los cuatro items adjudicados.

6. En virtud a dicho requerimiento, la Contratista cumplio con reemplazar los bienes correspondientes a los items Nºs. 3 y 4, sin realizar la respectiva subsanacion a los bienes respecto de los items Nºs. 1 y 2. 7. A pesar del tiempo transcurrido y el requerimiento realizado, el 25 de agosto de 2005, mediante carta notarial, la Entidad comunico al Contratista la Resolucion Jefatural Nº 0109 FAP/GRUP3, que dispuso la Resolucion del Contrato en forma parcial, por incumplimiento de obligaciones contractuales, y ejecuto las deducciones de las penalidades respectivas. 8. El 28 de febrero de 2006, la Entidad puso en conocimiento de este Colegiado la supuesta comision de la infraccion administrativa por parte del Contratista, consistente en el incumplimiento de las obligaciones derivadas de la Adjudicacion de Menor Cuantia Nº 0281-2003-GRUP. Asimismo, remitio el Informe Legal Nº 0003-2004 del 4 de octubre de 2004, en el que senalo lo siguiente: i. El 10 de diciembre de 2003 se realizo la convocatoria para el MORDAZA de Adjudicacion de Menor Cuantia 02812003-GRUP3, para la adquisicion de grasas y lubricantes para el helicoptero MORDAZA 212. ii. El 12 de diciembre de 2003, se otorga la Buena Pro a la Compania MORDAZA ASCIADOS S.A.C. por el monto de $ 5,579.00 (Cinco Mil Quinientos setenta y nueve con 00/100 dolares americanos), compuesto de cuatro items, con el compromiso de entregarse en el plazo de tres dias, con la garantia de un ano. iii. El 12 de enero de 2004, la Compania MORDAZA Asociados S.A.C., interna en el almacen general de la Entidad los bienes correspondientes a los cuatro items adjudicados. iv. El 13 de febrero de 2004, via fax Nº DAB3 Nº 0047, la Entidad comunico al contratista que mediante Reporte Tecnico Nº 003-04 de fecha 156 de enero de 2004, los bienes presentados han sido desaprobados al no reunir las condiciones tecnicas necesarias para su uso en las aeronaves, requiriendole el reemplazo de los bienes aludidos en el plazo de 48 horas. v. El 25 de febrero de 2004, mediante conducto notarial, la Entidad le requiere a la contratista cumpla con entregar correctamente los bienes correspondientes a los bienes adjudicados, bajo apercibimiento de resolver el contrato por incumplimiento. vi. Mediante Resolucion Jefatural Nº 109FAP/GRUP3, de fecha 18 agosto de 2005, se procedio a resolver parcialmente la Orden de Compra Nº 0286 de fecha 15 de diciembre de 2003. 9. Con decreto del 1 de marzo de 2006, se inicio de procedimiento administrativo sancionador contra el Contratista, emplazandolo para que formule sus descargos. 10. Con decreto de fecha 24 de marzo de 2006, para salvaguardar el derecho de defensa que le asiste a la empresa Contratista, se dispuso notificar el decreto de fecha 1 de marzo de 2006 en el Diario Oficial El Peruano, a fin que la mencionada empresa cumpla con presentar sus descargos respectivos. 11. El 3 de MORDAZA de 2006, previa razon de Secretaria del Tribunal, se hizo efectivo el apercibimiento de remitirse el expediente a la Sala Unica del Tribunal, en virtud a que el Contratista no cumplio con remitir sus descargos. FUNDAMENTACION: 1. El presente caso esta referido a la imputacion efectuada por la Entidad contra la Contratista, por supuesta responsabilidad en el incumplimiento injustificado de las obligaciones derivadas de la Adjudicacion de Menor Cuantia Nº 0281-2003-GRUP3, para la adquisicion de grasas y lubricantes para los helicopteros MORDAZA 212. 2. En ese sentido, considerando el momento de la produccion de los hechos cuestionados, la determinacion de la presente infraccion administrativa debe ser analizada de conformidad con el Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM y su Reglamento aprobado a traves del Decreto Supremo Nº 013-2001PCM, en adelante el Reglamento.

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