Norma Legal Oficial del día 25 de mayo del año 2007 (25/05/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 48

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POR CUANTO:

NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, viernes 25 de MORDAZA de 2007

El Concejo Municipal de MORDAZA MORDAZA, en Sesion Ordinaria de Concejo N° 11 de la fecha; y, VISTO: El Documento Simple Nº 0004458, AIPEUC XXIII CONV-044/2007 de la Asociacion de Instituciones Peruanas en los Estados Unidos de MORDAZA y Canada ­ AIPEUC, remitido por el Presidente de la Federacion Mundial de Instituciones Peruanas ­ FEMIP; mediante el cual, se invita al senor MORDAZA a participar como invitado de honor en la Vigesima Tercera Convencion de la AIPEUC, que se realizara en las instalaciones del Sheraton Anaheim Hotel, Anaheim-California, U.S.A. CONSIDERANDO: Que, mediante el Documento Simple del Visto, el representante de la Asociacion de Instituciones Peruanas en los Estados Unidos de MORDAZA y Canada ­ AIPEUC y Presidente de la Federacion Mundial de Instituciones Peruanas ­ FEMIP, invita al senor MORDAZA a participar como invitado de honor en la Vigesima Tercera Convencion de la AIPEUC, que se realizara en las instalaciones del Sheraton Anaheim Hotel, Anaheim-California, U.S.A.; Que, de acuerdo a lo senalado en el referido documento, la AIPEUC esta integrada por organizaciones civicas, culturales, beneficas, profesionales, religiosas, departamentales, deportivas y Camaras de Comercio, representando una parte sustancial de la colectividad peruana en los Estados Unidos y Canada; Que, el evento al que se ha invitado al senor MORDAZA tiene la finalidad de recolectar fondos para realizar programas de ayuda a nuestros compatriotas de escasos recursos economicos residentes en el Peru, de acuerdo a lo senalado por la AIPEUC; por lo que es acorde a los objetivos institucionales y a las funciones previstas por la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades; Que, de conformidad con lo dispuesto en el numeral 11 del articulo 9º de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades, es atribucion del Concejo autorizar los viajes al exterior del MORDAZA que, en comision de servicios o representacion de la municipalidad, realicen el MORDAZA, los regidores, el gerente municipal y cualquier otro funcionario; De conformidad con lo dispuesto por el numeral 11 del articulo 9° y 41° de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades, y con dispensa del tramite de lectura y aprobacion del acta, el Concejo Municipal adopto por UNANIMIDAD con el MORDAZA de los senores Regidores MORDAZA MORDAZA Quartara MORDAZA De Ruas, MORDAZA MORDAZA Raya, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Ena MORDAZA Ocana MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Max MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, el siguiente: ACUERDO: Articulo Primero.- AUTORIZAR el viaje al exterior en representacion de la Municipalidad de MORDAZA MORDAZA, del 25 al 31 de MORDAZA del ano en curso, al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Oyague, con la finalidad de que asista a la XXIII Convencion de la Asociacion de Instituciones Peruanas en los Estados Unidos de MORDAZA y Canada, Inc. ­ AIPEUC, que tendra lugar en las instalaciones del Sheraton Anaheim Hotel, Anaheim ­ California, U.S.A. Articulo Segundo.- El viaje al exterior del senor MORDAZA no irrogara ningun gasto a la Municipalidad de MORDAZA del Mar. Articulo Tercero.- Dentro de los quince (15) dias calendario siguientes de efectuado el viaje, el senor MORDAZA presentara un informe de las acciones realizadas durante el viaje autorizado. POR TANTO: Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA OYAGUE MORDAZA 64686-1

MUNICIPALIDAD DE PUEBLO LIBRE
Ordenanza que prohibe el consumo y comercializacion de bebidas alcoholicas en la via publica en Pueblo Libre - Plan Tolerancia Cero
ORDENANZA Nº 247-MPL Pueblo Libre, 16 de MORDAZA del 2007. EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DE PUEBLO LIBRE POR CUANTO: EL CONCEJO DISTRITAL DE PUEBLO LIBRE Visto, en Sesion Ordinaria de Concejo de la fecha, el Dictamen N° 001-2007-MPL/CPL-CPSC, de la Comision Permanente de Seguridad Ciudadana; y, CONSIDERANDO: Que, conforme a lo establecido en los articulos 194° y 195° numerales 5) y 6) de la Constitucion Politica del Peru, las Municipalidades son Organos de Gobierno Local, con autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia. En este sentido, son competentes, entre otros, para organizar, reglamentar y administrar los servicios publicos locales de su responsabilidad y planificar el desarrollo MORDAZA y rural de sus circunscripciones, incluyendo la zonificacion, urbanismo y el acondicionamiento territorial; Que, el articulo 73° de la Ley Organica de Municipalidades - Ley Nº 27972, senala que es materia de competencia municipal, planificar integralmente el desarrollo local y el ordenamiento territorial, en el nivel provincial; Que, mediante la Ley Nº 28681 se establecio el MORDAZA normativo que regula la comercializacion, consumo y publicidad de bebidas alcoholicas de toda graduacion, la misma que en su articulo 5º inciso f) prohibe entre otros el consumo directo de toda clase de bebidas alcoholicas en la via publica; En uso de las facultades conferidas por los articulos 9° y 40° de la Ley Organica de Municipalidades ­ Ley Nº 27972, el Concejo aprobo por unanimidad, la siguiente; ORDENANZA Articulo Primero.- Objeto.- Prohibir en la jurisdiccion del distrito de Pueblo Libre, el consumo y comercializacion no autorizada de bebidas alcoholicas cualquiera sea su forma de MORDAZA y/o preparacion, en la via publica (salvo autorizacion expresa de la Municipalidad durante algun evento de caracter principalmente turistico y/o festivo), Prohibir el consumo de bebidas alcoholicas en el interior de vehiculos localizados en la via publica y en el interior de aquellos establecimientos no autorizados para el consumo y comercializacion de bebidas alcoholicas, a fin de preservar el orden, la tranquilidad, la seguridad y las buenas costumbres en el distrito. Articulo Segundo.- Base Legal.- La presente ordenanza se sustenta en las siguientes normas legales: · Constitucion Politica del Peru. · Ley Organica de Municipalidades - Ley Nº 27972. · Ley 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General. · Ley Nº 28681, Ley que Regula la Comercializacion, Consumo y Publicidad de Bebidas Alcoholicas. · Reglamento de Aplicacion de Sanciones y Cuadro Unico de Infracciones y Sanciones. · Ordenanzas Nº 83-MPL, Nº 179-MPL y Nº 218-MPL.

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