Norma Legal Oficial del día 25 de mayo del año 2007 (25/05/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 40

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, viernes 25 de MORDAZA de 2007

la Entidad efectuara las adquisiciones o contrataciones en forma directa mediante acciones inmediatas, requiriendose invitar a un solo proveedor, cuya propuesta cumpla con las caracteristicas y condiciones establecidas en las bases, la misma que podra ser obtenida por cualquier medio de comunicacion, incluyendo el facsimil y el correo electronico. La adquisicion o contratacion del bien, servicio u obra objeto de la exoneracion, sera realizada por la dependencia encargada de las adquisiciones y contrataciones de la Entidad o el organo designado para tal efecto. Que mediante Informe N° 030-2007-GM/MDB de la Gerencia Municipal eleva al Despacho de Alcaldia los Informes N°091-2007-PVL/MDB del Programa del Vaso de Leche que se ha tomado conocimiento que en el Acta del Comite del Vaso de Leche se decidio el cambio de producto por el suministro de Leche Fresca UHT y asimismo mediante Informe N° 0134-2007-SGLOGGAF/MDB de la Subgerencia de Logistica informa que mediante cotizacion solicitada a empresas ha determinado el precio referencial en S/. 1.79 por bolsa de 946 ml, asimismo mediante Informe N° 317-2007GAJ/MDB de la Gerencia de Asesoria Juridica senala que de conformidad con las normas de contratacion y adquisicion del Estado, la adquisicion de leche fresca UHT debe ser declarada mediante Acuerdo de Concejo en Situacion de Desabastecimiento Inminente, recomendandose que se haga a la brevedad posible para evitar el desabastecimiento. Que, el articulo 20° del Texto Unico Ordenado de la Ley N° 26850 - Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, establece que las Adquisiciones y Contrataciones a que se refiere el articulo 19° debera ser aprobada mediante Acuerdo del Concejo Municipal en caso de los Gobiernos Locales. Que, las acciones que se encuentran descritas en los referidos documentos de Vistos, originan una Situacion de Desabastecimiento Inminente conforme con lo establecido en el articulo 21° del Texto Unico Ordenado de la Ley N° 26850 - Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y el articulo 141° de su Reglamento por lo que resulta necesario declararla como tal con la finalidad de asegurar la continuidad del Suministro, por un plazo de 3 meses calendario o hasta la culminacion del MORDAZA de seleccion correspondiente". De conformidad con lo dispuesto en el inciso c) del articulo 19° y los articulos 20° y 21° del Texto Unico Ordenado de la Ley N° 26850 - Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo N° 083-2004-PCM, el Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo N° 084-2004-PCM, articulo 9º de la Ley Organica de Municipalidades, Ley N° 27972 con la votacion UNANIME del Cuerpo de Regidores y con la dispensa del tramite de la lectura y aprobacion del acta; ACUERDA: Articulo Primero.- Declarar en Situacion de Desabastecimiento Inminente la adquisicion de 37,993.73 litros de Leche Fresca UHT equivalente a 40,162.50 sachets de 946 ml, hasta la cantidad de S/. 71,890.88 (Setenta y un Mil Ochocientos Noventa con 88/100 Nuevos Soles), por el plazo de (3) tres meses calendario. Articulo Segundo.- Precisar que el plazo establecido en el articulo precedente culminara automaticamente si, MORDAZA de vencido el mismo, se suscriben los contratos correspondientes, como consecuencia de la culminacion del MORDAZA de seleccion respectivo. Articulo Tercero.- Designar a la Gerencia de Administracion y Finanzas, Sub Gerencia de Logistica y al Programa del Vaso de Leche, como organos responsables de llevar a cabo el MORDAZA de exoneracion de conformidad con el Articulo 148° del Reglamento del Texto Unico Ordenado de la Ley N° 26850 - Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, senalado en el articulo primero y de acuerdo al siguiente monto maximo: - Adquisicion de 37,993.73 litros de Leche Fresca UHT S/. 71,890.88 Nuevos Soles incluido IGV Con cargo a la Fuente de Financiamiento: 00 Recursos Ordinarios

Articulo Cuarto.- Encargar a la Secretaria General notificar el presente Acuerdo y los informes que lo sustenta, en conocimiento de la Contraloria General de la Republica y del Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, de conformidad con el articulo 20° del Texto Unico Ordenado de la Ley N° 26850 - Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, dentro de los diez (10) dias habiles. Articulo Quinto.- Encargar a la Gerencia de Administracion y Finanzas la publicacion del presente Acuerdo en el Diario Oficial El Peruano bajo responsabilidad . Articulo Sexto.- Encargar a la Sub Gerencia de Logistica disponer la publicacion en el SEACE ­ CONSUCODE de conformidad con el articulo 147º del Reglamento del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 64022-1

MUNICIPALIDAD DE MORDAZA MORDAZA
Fijan Tasa de Interes Moratorio aplicable a los tributos administrados por la Municipalidad
ORDENANZA Nº 222-MDJM MORDAZA MORDAZA, 21 de MORDAZA del 2007 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MORDAZA MORDAZA POR CUANTO: EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MORDAZA MARIA; Visto, en sesion ordinaria de la fecha, con el MORDAZA unanime de los senores regidores y con dispensa del Tramite de Lectura y Aprobacion del Acta; y, CONSIDERANDO: Que, el articulo 33º del Texto Unico Ordenado del Codigo Tributario aprobado por el Decreto Supremo N° 135-99-EF y sus normas modificatorias establece que en los casos de los tributos administrados por los Gobiernos Locales, la Tasa de Interes Moratorio ­ TIM sera fijada por Ordenanza Municipal, la misma que no podra ser mayor a la que establezca la SUNAT; Que, el 6 de febrero del 2003, la SUNAT publico la Resolucion de Superintendencia N° 032-2003/SUNAT en la que se senalo la tasa de interes moratorio en 1.5% mensual, la misma que se encuentra vigente a la fecha; Teniendo en consideracion lo expuesto y en uso de las facultades conferidas por el numeral 8 del Articulo 9º de la Ley Organica de Municipalidades, el Concejo Municipal aprobo la siguiente: ORDENANZA QUE FIJA LA TASA DE INTERES MORATORIO APLICABLE A LOS TRIBUTOS MUNICIPALES ADMINISTRADOS POR LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MORDAZA MORDAZA Articulo Primero.- Fijese en uno y cinco decimas por ciento (1.5%) mensual la Tasa de Interes Moratorio (TIM) aplicable a las deudas tributarias generadas por concepto de tributos administrados por la Municipalidad Distrital de MORDAZA Maria. Articulo Segundo.- La TIM aprobada mediante la presente MORDAZA, se mantendra vigente en tanto la

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