Norma Legal Oficial del día 25 de mayo del año 2007 (25/05/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 41

El Peruano MORDAZA, viernes 25 de MORDAZA de 2007

NORMAS LEGALES

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Superintendencia Nacional de Administracion Tributaria (SUNAT) no modifique la cuantia de la tasa de interes moratorio aplicable a las deudas tributarias en moneda nacional de los tributos que MORDAZA administra. Modificada la TIM aprobada por la SUNAT, se entendera aplicada una tasa similar para efectos de la actualizacion de los tributos municipales que administra la Municipalidad Distrital de MORDAZA Maria. Articulo Tercero.- Encarguese a la Gerencia de Rentas y sus Subgerencias, la Subgerencia de Informatica y la Subgerencia de Tesoreria; el cumplimiento de la presente Ordenanza y a Secretaria General, conjuntamente con la Gerencia de Comunicaciones, la publicacion y difusion adecuada de la misma. Articulo Cuarto.- La presente Ordenanza entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA PELLA MORDAZA 64180-1

para que determine los predios que seran seleccionados para ser beneficiados por el presente programa, siendo unico requisito que al menos el 80% de los propietarios o los poseedores de los edificios no deben tener deuda tributaria vencida del ejercicio fiscal anterior a la fecha de MORDAZA de la solicitud de acogimiento. Articulo Tercero.- El cumplimiento del presente acuerdo estara sujeto a la disponibilidad presupuestaria y financiera. Articulo Cuarto.- Encargar a la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, Gerencia de Desarrollo MORDAZA y Gerencia de Rentas el cumplimiento del presente dispositivo y a la Gerencia de Comunicaciones la difusion del mismo. Articulo Quinto.- La presente Ordenanza entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA PELLA MORDAZA 64180-2

Aprueban Programa de Fomento de la Conservacion del Ornato denominado "Renovemos MORDAZA Maria"
ORDENANZA Nº 223-MDJM MORDAZA MORDAZA, 21 de MORDAZA del 2007 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MORDAZA MORDAZA POR CUANTO: EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MORDAZA MARIA; Visto, en sesion ordinaria de la fecha, con el MORDAZA mayoritario de los senores regidores y con dispensa del Tramite de Lectura y Aprobacion del Acta; y, CONSIDERANDO: Que, el articulo 194 de la Constitucion Politica del Peru, establece que los Gobiernos Locales tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia, que radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, con sujecion al ordenamiento juridico. Que, el numeral 16 del articulo 82 de la Ley Nº 27972 Organica de Municipalidades, en concordancia con lo establecido en el articulo 93 del mencionado dispositivo legal, establece que la municipalidad tiene como funcion especifica compartida impulsar una cultura civica de mantenimiento, limpieza, conservacion y mejora del ornato local. Que, resulta necesario promover e incentivar el pago de las obligaciones tributarias de los vecinos con acciones que asimismo favorezcan otras actividades de competencia municipal; Teniendo en consideracion lo expuesto y en uso de las facultades conferidas por el numeral 8 del Articulo 9º de la Ley Organica de Municipalidades, el Concejo Municipal aprobo la siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA EL PROGRAMA DE FOMENTO DE LA CONSERVACION DEL ORNATO DENOMINADO "RENOVEMOS MORDAZA MARIA" Articulo Primero.- Establecer el Programa de Fomento de la Conservacion del Ornato de la MORDAZA denominado "Renovemos MORDAZA Maria", mediante el apoyo con mano de obra que brindara la Municipalidad para el pintado de fachadas dirigido a los edificios debidamente registrados ante la Gerencia de Rentas de la Municipalidad de MORDAZA MORDAZA y que tengan una antiguedad de construccion superior a 20 anos. Articulo Segundo.- Facultese al Despacho de Alcaldia

Establecen Beneficio de permanencia en el giro segun autorizacion municipal de funcionamiento definitiva
ORDENANZA Nº 224-MDJM MORDAZA MORDAZA, 21 de MORDAZA del 2007 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MORDAZA MORDAZA POR CUANTO: EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MORDAZA MARIA; Visto, en sesion ordinaria de la fecha, con el MORDAZA unanime de los senores regidores y con dispensa del Tramite de Lectura y Aprobacion del Acta; y, CONSIDERANDO: Que, conforme al articulo 194º de la Constitucion Politica del Estado, las municipalidades distritales son organos de gobierno local, con autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, el articulo 71º de la Ley de Tributacion Municipal, senala que la licencia de apertura de establecimiento tiene vigencia indeterminada y que los contribuyentes deben presentar a la Municipalidad de su jurisdiccion una declaracion jurada anual para la permanencia en el giro autorizado al establecimiento; Teniendo en consideracion lo expuesto y en uso de las facultades conferidas por el numeral 8 del Articulo 9º de la Ley Organica de Municipalidades, el Concejo Municipal aprobo la siguiente: ORDENANZA QUE ESTABLECE EL BENEFICIO DE PERMANENCIA EN EL GIRO SEGUN AUTORIZACION MUNICIPAL DE FUNCIONAMIENTO DEFINITIVA Articulo Primero.- OBJETIVO La presente Ordenanza tiene como objeto brindar de manera excepcional y por unica vez las facilidades que permitan que las personas que posean establecimientos comerciales o de servicios del distrito, que cuenten con Autorizacion Municipal de Funcionamiento Definitiva y que no cumplieron en su oportunidad con presentar anualmente la Declaracion Jurada de Permanencia en el Giro ­ respecto a los anos 2003 al 2007, segun Ley Nº 27180 y Ordenanza Nº 155-MJM, mantengan su Autorizacion Municipal de Funcionamiento Definitiva. Articulo Segundo.- AMBITO Podran acogerse al beneficio otorgado por la presente Ordenanza, todos los administrados que cuenten con

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