Norma Legal Oficial del día 25 de mayo del año 2007 (25/05/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 42

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, viernes 25 de MORDAZA de 2007

Autorizacion Municipal de Funcionamiento Definitivo emitida hasta el ano 2006, a excepcion de aquellas que hayan sido revocadas por el Municipio u observadas por haberse efectuado un cambio de giro, uso, zonificacion, o atenten contra el medio ambiente, hallan generado quejas vecinales, o que su validez se encuentre siendo revisada mediante un MORDAZA administrativo en la Municipalidad y/o se encuentre inmersa en algun MORDAZA en el Poder Judicial. Articulo Tercero.- VIGENCIA El presente beneficio tendra vigencia de cuarenta y cinco (45) dias calendario a partir del dia siguiente de la publicacion de la presente Ordenanza en el Diario Oficial El Peruano. Articulo Cuarto.- PROCEDIMIENTO PARA EL ACOGIMIENTO Los administrados que posean la Licencia Municipal de Funcionamiento Definitiva al 2006, de acuerdo al articulo 22 de la Ordenanza Nº 155-MJM, anteriormente mencionada, podran mantener su vigencia segun el siguiente procedimiento: 1. Solicitud dirigida al Alcalde. ( Formato Oficial ) 2. MORDAZA de Autorizacion Municipal de Funcionamiento Definitiva. 3. Ficha tecnica ­ Declaracion Jurada. La Subgerencia de Obras Privadas y Licencias sera la responsable de entregar el formato respectivo, de forma gratuita, en el modulo de atencion asi como de asesorar para el adecuado ingreso de los documentos por Tramite Documentario. Por otro lado el administrado se encuentra exonerado de la sancion que corresponde por la omision referida que es materia de la presente. La Subgerencia de Control MORDAZA y Catastro sera la encargada de efectuar la verificacion posterior de los aspectos tecnicos. En caso de incumplimiento a las normas tecnicas establecidas segun normas vigentes, se procedera a la cancelacion de la Autorizacion Municipal de Funcionamiento. Aquellos que cuenten con mas de una Autorizacion Municipal de Funcionamiento, por cuanto desarrollan sus actividades en mas de un local, ubicacion, establecimiento y/o sucursal deberan presentar una Declaracion Jurada de Permanencia en el Giro por cada uno de sus establecimientos y/o sucursales. Articulo Quinto.- DEL PAGO DE LAS SANCIONES ADMINISTRATIVAS POR INCUMPLIMIENTO A LA PRESENTE ORDENANZA La Subgerencia de Control MORDAZA y Catastro, en coordinacion con La Subgerencia de Control y Fiscalizacion Tributaria, procederan a sancionar y emitir las multas administrativas a todos aquellos contribuyentes que no hayan cumplido con presentar la Declaracion Jurada de Permanencia en el Giro, dentro del plazo de 45 dias de publicada la presente MORDAZA, vencido el cual se aplicara las sanciones contempladas en el Reglamento de Aplicacion de Sanciones (RAS). DISPOSICIONES TRANSITORIAS Primera.- Suspendase los efectos del ultimo parrafo del articulo 22º de la Ordenanza N° 155-MJM durante la vigencia de la presente Ordenanza. Segunda.- Dispongase que la Subgerencia de Control MORDAZA y Catastro elabore un levantamiento de establecimientos comerciales y/o de servicios en funcionamiento en el distrito de MORDAZA MORDAZA, el mismo que debera incluir si cuenta o no con la autorizacion correspondiente y la vigencia del mismo. DISPOSICIONES FINALES Primera.- En el caso de comprobarse que un contribuyente MORDAZA presentado una Declaracion Jurada que contenga datos falsos que no correspondan a la realidad, se le revocara su Autorizacion Municipal de Funcionamiento, sin perjuicio de iniciarle el MORDAZA civil y/o penal a que hubiere lugar. Segunda.- Encarguese a la Gerencia de Desarrollo Economico y Social, a la Gerencia de Comunicaciones y

a la Gerencia de Desarrollo MORDAZA y Medio Ambiente, a traves de sus Unidades de competencia, la debida difusion y cumplimiento de la presente Ordenanza. Tercera.- La presente Ordenanza entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA PELLA MORDAZA 64180-3

Regulan Regimen de Tenencia Registro de Canes en el distrito
ORDENANZA Nº 225-MDJM MORDAZA MORDAZA, 21 de MORDAZA del 2007 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MORDAZA MORDAZA POR CUANTO: EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MORDAZA MORDAZA

y

Visto, en sesion ordinaria de la fecha, con el MORDAZA unanime de los senores Regidores y con dispensa del Tramite de Lectura y Aprobacion del Acta; y, CONSIDERANDO: Que, conforme lo reconoce el articulo 194º de la Constitucion Politica, los gobiernos locales gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, el numeral 4.2 del articulo 80º de la Ley Nº 27972 - Organica de Municipalidades, prescribe que es competencia municipal controlar la sanidad animal, en sus respectivas jurisdicciones; Que, el articulo 10º de la Ley Nº 27596 que Regula el Regimen Juridico de Canes y su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo N° 006-2002-SA, modificado con Resolucion Ministerial N° 841-2003-SA/DM establece la competencia de las Municipalidades en lo que respecta al regimen administrativo de la tenencia de canes; Que, de acuerdo a lo establecido en la Tercera Disposicion Transitoria y Final de la acotada Ley, las Municipalidades Distritales y Provinciales, respecto del Cercado, dictaran las normas reglamentarias necesarias para su aplicacion; Que, conforme a lo establecido en el articulo 124º de la Ley Nº 26842 - General de Salud, los organos desconcentrados o descentralizados quedan facultados para disponer, dentro de su ambito, medidas de prevencion y control de caracter general o particular en las materias de su competencia; Teniendo en consideracion lo expuesto y en uso de las facultades conferidas por el numeral 8 del articulo 9º de la Ley Organica de Municipalidades, el Concejo Municipal aprobo la siguiente:

ORDENANZA QUE REGULA EL REGIMEN DE TENENCIA Y REGISTRO DE CANES EN EL DISTRITO DE MORDAZA MORDAZA TITULO I OBJETO Y AMBITO DE APLICACION Articulo 1º.- La presente Ordenanza MORDAZA el Regimen Juridico de Registro y Tenencia de Canes, asi como el uso de areas publicas por los mismos, en el distrito de MORDAZA MORDAZA, con la finalidad de salvaguardar la integridad fisica de las personas, el bienestar de las mascotas y el ornato

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