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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 25 de mayo de 2007 345933 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LURIN POR CUANTO:VISTOEl Dictamen Nº 001-2007/ML de la Comisión Permanente de Plani fi cación, Rentas y Presupuesto, en Sesión Extraordinaria de la fecha: COSIDERANDO: Que, los artículos 197º y 199º de la Constitución Política del Perú, modi fi cada por la Ley Nº 27680, que aprueba la Reforma Constitucional del Capítulo XIV del Título IV, sobre Descentralización, establecen que las Municipalidades promueven, apoyan y reglamentan la participación vecinal en el desarrollo local, formulan sus presupuestos con la participación de la población y rinden cuenta de su ejecución anual bajo responsabilidad, conforme a Ley; Que, la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, en su título preliminar, artículo I gobiernos locales establece que los gobiernos locales son entidades básicas de la organización territorial del estado y canales inmediatos de participación vecinal en los asuntos públicos que institucionalizan y gestionan con autonomía los intereses propios de las correspondientes colectividades. Además en su artículo IV señala que los gobiernos locales representan al vecindario, promueven la adecuada prestación de los servicios públicos locales y el desarrollo integral, sostenible y armónico de su circunscripción. Así mismo en su artículo 53º señala que las Municipalidades se rigen por presupuestos participativos anuales como instrumentos de administración y gestión, los cuales se formulan, se aprueban y ejecutan conforme a la ley de la materia, y en concordancia con los planes de desarrollo concertados de su jurisdicción Que, la Ley N° 28056 Ley Marco del Presupuesto Participativo y su Reglamento Aprobado por Decreto Supremo Nº 171-2003-EF, de fi nen y establecen mecanismos para la participación ciudadana para la toma de decisiones referente a la asignación de los recursos públicos en los procesos de elaboración del Plan de Desarrollo concertado y del Presupuesto Participativo. Que, el 21 de marzo del 2007 mediante Resolución Directoral Nº 08-2007-EF/76.01 el Ministerio de Economía y Finanzas aprobó el Instructivo Nº 001-2007-EF/76.01 “Instructivo para el Proceso de Formulación del Presupuesto Participativo para el año fi scal 2008” instructivo que recoge las disposiciones legales arriba mencionadas, que orienta y establece los mecanismos para que los gobiernos locales articulen procesos de planeamiento del desarrollo concertado y del Presupuesto Participativo en sus respectivas jurisdicciones. Que, visto el Informe Técnico Nº 085-2007-GPP/ ML de la Gerencia de Plani fi cación y Presupuesto y el Informe Legal Nº 531-2007-OAJ/ML de la O fi cina de Asesoría Jurídica, que dan conformidad de la presente propuesta. En uso de las facultades conferidas por la Ley N° 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, en sus artículos 9º inciso 8, 39º y 40º, por unanimidad se aprobó la siguiente Ordenanza: Artículo Primero.- APROBAR el REGLAMENTO PARA EL PROCESO DE PROGRAMACIÓN DEL PRESUPUESTO PARTICIPATIVO DE LURIN PARA EL AÑO FISCAL 2008, el mismo que consta de cuatro Títulos, siete Artículos y cuatro Disposiciones Finales. Artículo Segundo.- Encargar el cumplimiento de la presente Ordenanza a la Gerencia Municipal, Gerencia Administración y Finanzas y Gerencia Plani fi cación y Presupuesto. Regístrese, comuníquese, cúmplase JORGE MARTICORENA CUBA Alcalde 64016-1Modifican los Artículos 2º, 12º, 15º, 24º y las Disposiciones Transitorias del Reglamento para la Elección de los Representantes de la Sociedad Civil ante el Consejo de Coordinación Local de la Municipalidad ORDENANZA MUNICIPAL Nº 0155/ML Lurín, 11 de mayo del 2007 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LURÍN POR CUANTO:Visto, el Dictamen Nº 002-2007/ML de la Comisión Permanente de Plani fi cación, Rentas y Presupuesto, en Sesión Extraordinaria de la fecha: CONSIDERANDO: Que el incremento del número de miembros del Honorable Concejo Municipal de Lurín, no guarda relación con el número actual de los Representantes de la Sociedad Civil ante el Consejo de Coordinación de la Municipalidad de Lurín, establecidos en el segundo párrafo del artículo 102º de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades. Que es necesario modi fi car los artículos 2º, 12º, 15º, 24º y las Disposiciones Transitorias de la Ordenanza Municipal Nº 075/ML, que permita actualizar el número de Representantes de la Sociedad Civil ante el Consejo de Coordinación Local de la Municipalidad de Lurín. Que es necesario reglamentar la participación de los Representantes de la sociedad Civil ante el Consejo de Coordinación de la Municipalidad de Lurín a efectos de cumplir con los artículos 102º al 105º de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades. Que, es atribución del Alcalde proponer al Honorable Concejo Municipal proyectos de Ordenanza conforme a lo establecido en el artículo 20º inciso 4) de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, correspondiendo al Concejo Municipal, aprobar, modi fi car o derogar las normas que garanticen una efectiva participación vecinal, conforme a lo señalado en el artículo 9º de la ley antes referida. De conformidad con las atribuciones conferidas por la Constitución Política del Perú y la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, teniéndose a la vista el Informe Nº 077-GPP/ML de la Gerencia Plani fi cación y Presupuesto y el Informe Nº 000-OAJ/ML de la O fi cina de Asesoría Jurídica, por unanimidad y con la dispensa del trámite de la lectura y aprobación del Acta, se aprobó lo siguiente: SE RESUELVE: Artículo Único.- MODIFICAR los Artículos 2º, 12º, 15º, 24º y las Disposiciones Transitorias del Reglamento para la Elección de los Representantes de la Sociedad Civil ante el Consejo de Coordinación Local de la Municipalidad de Lurín aprobado por la Ordenanza Nº 075/ML Regístrese, comuníquese, cúmplase. JORGE MARTICORENA CUBA Alcalde 64014-1 MUNICIPALIDAD DE MAGDALENA DEL MAR Autorizan viaje del Alcalde para asistir a evento de la Asociación de Instituciones Peruanas en los Estados Unidos de América y Canadá, Inc. - AIPEUC ACUERDO DE CONCEJO N° 058-2007-AC-MDMM Magdalena del Mar, 18 de mayo de 2007