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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 31 de mayo de 2007 346206 del Catálogo de un Convenio Marco, a usted atentamente solicito se sirva aprobar la realización de (procedimiento o modalidad que se desea llevar a cabo), para lo cual adjunto al presente el sustento correspondiente. Asimismo, designo al señor(a)(ita) (nombres y apellidos), identi fi cado(a) con DNI Nº (.....................), quien se desempeña como (cargo), el mismo que estará a cargo de las coordinaciones que deban realizarse con CONSUCODE, a efectos de la conclusión del presente procedimiento, y el cual tiene asignada la siguiente dirección de correo electrónico: (...............................) y número telefónico: (...............) anexo: (......). (Fecha) Firma y Sello Nota:• Cuando corresponda la realización de procesos de selección bajo la modalidad de subasta inversa, sólo procederán aquellas solicitudes de aprobación en las que los procesos que se pretendan utilizar, correspondan, por sus montos, a procesos de Adjudicación de Menor Cuantía. • No procederán aquellas solicitudes de aprobación cuyo sustento esté referido, únicamente, a la necesidad de exceptuarse de la aplicación de alguna disposición contenida en la fi cha técnica de los bienes o servicios comunes que se deseen adquirir o contratar. ANEXO Nº 02 FORMATO DE INFORME DE SUSTENTO Detalle del Objeto de Contratación Cantidad Período Adquisición o Contratación programada SI (*) NO (*) Nº de Referencia del PAAC ANTECEDENTES Este informe debe acompañarse como mínimo con la siguiente información: Informe de la DECA Informe de la Dependencia Usuaria Documentos sustentatorios (acreditación de costos, acreditación de no contar con proveedores en la zona, entre otros) ANÁLISIS Evaluación integral de las razones que fundamenten la no utilización de las modalidades de Subasta Inversa o Convenio Marco.Análisis comparativo de plazos entre el proceso de selección clásico y la modalidad de Subasta Inversa Electrónica, como alternativa más e fi ciente. Análisis Económico.Análisis de la ubicación geográ fi ca, de ser el caso. _______________________________ Firma y Sello (Funcionario que solicita la autorización) 66210-1Imponen a Viza S.A. Editorial e Imprenta y a Calicanto Contratistas Generales S.A.C. sanción administrativa de inhabilitación temporal en sus derechos a participar en procesos de selección y contratar con el Estado TRIBUNAL DE CONTRATACIONES Y ADQUISICIONES DEL ESTADO RESOLUCIÓN N° 527-2007-TC-S2 Sumilla: Corresponde imponer sanción administrativa al contratista que incumpla injusti fi cadamente las obligaciones contractuales a su cargo, siempre que dicho incumplimiento haya dado lugar a la resolución del contrato por parte de la Entidad contratante, en observancia del procedimiento previsto para tal efecto en el Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado. Lima, 25 de mayo de 2007 VISTO en sesión de fecha 19 de abril de 2007 de la Segunda Sala del Tribunal de Contrataciones y Adquisiciones del Estado el Expediente ʋ 1386/2005.TC, sobre el procedimiento administrativo sancionador iniciado a la empresa VIZA S.A. EDITORIAL E IMPRENTA, por su supuesta responsabilidad en la resolución del Contrato ʋ 275-2005, por causal atribuible a su parte, materia de la Adjudicación Directa Selectiva ʋ 001-2005-SEDALIB, convocada por el Servicio de Agua Potable y Alcantarillad de La Libertad S.A. (SEDALIB) para la “Adquisición de recibos preimpresos para la emisión de facturas de SEDALIB S.A.”; y atendiendo a los siguientes: ANTECEDENTES:1. El 23 de febrero de 2005, la Empresa de Servicio de Agua Potable y Alcantarillado de la Libertad S.A. (SEDALIB), en adelante la Entidad, convocó a la Adjudicación Directa Selectiva ʋ 001-2005-SEDALIB S.A., para la adquisición de recibos preimpresos para la emisión de facturas de SEDALIB S.A., por un valor referencial ascendente a S/. 54 909,28 (Cincuenta y cuatro mil novecientos nueve con 28/100 nuevos soles), incluido el Impuesto General a las Ventas (IGV). 2. El 14 de marzo de 2005, la Entidad adjudicó la buena pro a la empresa VIZA S.A. Editorial e Imprenta. 3. El 30 de marzo de 2005, la Entidad y la empresa VIZA S.A. Editorial e Imprenta, en adelante la Contratista, suscribieron el Contrato ʋ 275-2005, en lo sucesivo el Contrato, por un monto ascendente a S/. 53 014,39 (Cincuenta y tres mil catorce con 39/100 nuevos soles), incluido el IGV. 4. Mediante Carta s/n del 25 de julio de 2005, el Gerente General de la Contratista comunicó a la Entidad que su representada iba a cambiar de giro, por lo que las obligaciones materia del Contrato serían atendidas por la empresa Diseño Grá fi co y Encuadernación S.A.C. 5. Mediante Carta s/n de fecha 26 de agosto de 2005, cursada por conducto notarial a la Contratista, la Entidad requirió a esta última el cumplimiento de la entrega del quinto lote de los bienes según el cronograma establecido en el Contrato, y cuya fecha límite de atención había sido el 22 de julio de 2005. Sin embargo, conforme se observa de la certi fi cación notarial, dicha comunicación no pudo ser entregada toda vez que, según señaló la persona que atendió la diligencia, la Contratista se había mudado desde hacía tres meses 1 . 6. El 8 de noviembre de 2005, la Entidad denunció a la Contratista ante el Tribunal de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, en adelante el Tribunal, y solicitó se le impusiera sanción administrativa por haber incumplido injusti fi cadamente sus obligaciones contractuales. Para tal efecto, adjuntó copia del Informe Técnico Legal ʋ 434- 2005-SEDALIB S.A.-41000.SGAJ de su Subgerencia de Asuntos Jurídicos, en el cual se recomendó la inmediata resolución del Contrato pues, según dicho acuerdo, resultaba improcedente que las obligaciones fueran asumidas por otra empresa. 1 Conforme se advierte de dicha comunicación, ésta fue enviada al domicilio señalado por la Contratista en el Contrato, sito en el Jirón León Velarde ʋ 434, Lince.