Norma Legal Oficial del día 08 de noviembre del año 2007 (08/11/2007)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 62

356976

NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, jueves 8 de noviembre de 2007

ratificaron los terminos aprobados por la Junta General de Accionistas y se establecieron las caracteristicas del programa; Que, mediante Resolucion SBS Nº 1282-2007, del 26 de setiembre de 2007, la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones opino favorablemente sobre la emision de bonos corporativos a ser realizada por Edpyme Edyficar S.A. dentro del "Primer Programa de Bonos Corporativos Edyficar", bajo la modalidad de oferta publica, hasta por un monto total en circulacion de S/. 150 000 000,00 (ciento cincuenta millones y 00/100 Nuevos Soles); Que, el 29 de octubre de 2007, Edpyme Edyficar S.A. completo su solicitud de aprobacion del tramite anticipado, de inscripcion del "Primer Programa de Bonos Corporativos Edyficar" hasta por un monto total en circulacion de S/. 150 000 000,00 (ciento cincuenta millones y 00/100 Nuevos Soles), asi como el registro del prospecto MORDAZA correspondiente en el Registro Publico del MORDAZA de Valores; Que, de la evaluacion de la documentacion recibida se ha determinado que Edpyme Edyficar S.A. ha cumplido con presentar la informacion requerida por el Texto Unico Ordenado de la Ley del MORDAZA de Valores, el Reglamento de Oferta Publica Primaria y de Venta de Valores Mobiliarios, y sus normas complementarias; Que, el articulo 2, numerales 2) y 3), de las Normas Relativas a la Publicacion y Difusion de las Resoluciones Emitidas por los Organos Decisorios de CONASEV, establece que las resoluciones administrativas referidas a la inscripcion de valores mobiliarios y/o prospectos informativos en el Registro Publico del MORDAZA de Valores, asi como las relativas a la aprobacion de tramites anticipados, deben ser difundidas a traves del Boletin de Normas Legales del Diario Oficial El Peruano y de la pagina de CONASEV en internet; y, Estando a lo dispuesto por los articulos 53 y siguientes del Texto Unico Ordenado de la Ley del MORDAZA de Valores, la Resolucion Gerencia General N° 061-2007-EF/94.11 y la Resolucion CONASEV N° 034-2007-EF/94.10, asi como a lo dispuesto por el articulo 36 del Reglamento de Organizacion y Funciones de la Comision Nacional Supervisora de Empresas y Valores ­ CONASEV, segun el cual la Direccion de Emisores se encuentra facultada para resolver solicitudes vinculadas a las ofertas publicas primarias y a efectuar todo tramite vinculado a estas; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Aprobar el tramite anticipado, inscribir el "Primer Programa de Bonos Corporativos de Edyficar" de Edpyme Edyficar S.A., hasta por un monto total en circulacion de S/. 150 000 000,00 (ciento cincuenta millones y 00/100 Nuevos Soles), y disponer el registro del prospecto MORDAZA correspondiente en el Registro Publico del MORDAZA de Valores. Articulo 2º.- La oferta publica de los valores a que se refieren el articulo 1 de la presente resolucion debera efectuarse con sujecion a lo dispuesto por el articulo 25 y, de ser el caso, por el articulo 29 del Reglamento de Oferta Publica Primaria y de Venta de Valores Mobiliarios. Asimismo, se debera cumplir con presentar a CONASEV la documentacion e informacion a que se refieren los articulos 23 y 24 del mencionado reglamento. Siempre y cuando los plazos del programa y del tramite anticipado no hayan culminado, la colocacion de los valores se podra efectuar en un plazo que no excedera de nueve (9) meses, contados a partir de la fecha de recepcion de documentos a la que se refiere el articulo 14 literal b), numeral 2, del Reglamento de Oferta Publica Primaria y de Venta de Valores Mobiliarios; o, de ser el caso, contados a partir de la fecha de su inscripcion en el Registro Publico del MORDAZA de Valores. El plazo de colocacion es prorrogable hasta por un periodo igual, a peticion de parte. Para tales efectos, la solicitud de prorroga en ningun caso podra ser presentada despues de vencido el referido plazo de colocacion. Articulo 3º.- La aprobacion, la inscripcion y el registro a los que se refieren el articulo 1 de la presente resolucion no implica que CONASEV recomiende la inversion en tales valores u opine favorablemente sobre las perspectivas del negocio. Los documentos e informacion

para una evaluacion complementaria estan a disposicion de los interesados en el Registro Publico del MORDAZA de Valores. Articulo 4°.- Publicar la presente resolucion en el Diario Oficial El Peruano y en la pagina de CONASEV en internet. Articulo 5º.- Transcribir la presente resolucion a Edpyme Edyficar S.A., en su calidad de emisor; al BBVA Banco Continental, en su calidad de entidad estructuradora y representante de los obligacionistas; a Continental Bolsa Sociedad Agente de Bolsa S.A., en su calidad de agente colocador; a Cavali S.A. ICLV y a la Bolsa de Valores de MORDAZA S.A. Registrese, comuniquese y publiquese. Yvonka MORDAZA MORDAZA Direccion de Emisores Comision Nacional Supervisora de Empresas y Valores 127435-1

INSTITUTO GEOLOGICO MINERO METALURGICO
Declaran la caducidad por el no pago oportuno del derecho de vigencia de derechos mineros de diversos anos
RESOLUCION DE PRESIDENCIA Nº 108-2007-INGEMMET/PCD MORDAZA, 30 de octubre de 2007 VISTAS; las Resoluciones Jefaturales Nº 2303-2003INACC/J, Nº 3352-2003-INACC/J, Nº 497-2004-INACC/J, Nº 498-2004-INACC/J, Nº 3066-2004-INACC/J, Nº 36682004-INACC/J, Nº 3413-2005-INACC/J, Nº 4321-2005INACC/J, Nº 1470-2006-INACC/J, Nº 3617-2006-INACC/J, Nº 4783-2006-INACC/J, Nº 061-2007-INACC/J y Resolucion de Presidencia Nº 083-2007-INGEMMET/PCD de fechas 26 de agosto y 24 de octubre 2003, 19 de febrero de 2004, 25 de agosto y 14 de octubre de 2004, 23 de agosto y 19 de octubre de 2005, 11 de MORDAZA, 25 de agosto y 8 de noviembre de 2006, 17 de enero y 24 de agosto de 2007, respectivamente; el Informe Nº 380 y Nº 417-2007-INGEMMET/DDV de fechas 19 y 30 de octubre del 2007, el Memorando No. 244-2007INGEMMET/SG/OAJ de fecha 29 de octubre de 2007 y el Informe Nº 021-2007-INGEMMET/DCM de fecha 30 de octubre del 2007; CONSIDERANDO: Que, por Decreto Supremo Nº 035-2007-EM, se asigna al Instituto Geologico Minero y Metalurgico-INGEMMET, la responsabilidad de administrar los pagos por Derecho de Vigencia y/o Penalidad de derechos mineros; Que, el pago por Derecho de Vigencia se realiza en forma integra entre el 1 de enero al 30 de junio de cada ano; siendo factible que las deudas vencidas y no pagadas en su oportunidad puedan regularizarse con los pagos efectuados en el ano siguiente, dentro del plazo indicado de acuerdo a los articulos 39º y 59º del Texto Unico Ordenado de la Ley General de Mineria, aprobado por Decreto Supremo Nº 014-92-EM, y al articulo 74º del Reglamento de Diversos Titulos de la Ley General de Mineria, aprobado por Decreto Supremo Nº 03-94-EM; Que, el concesionario debera pagar una Penalidad junto con el Derecho de Vigencia, en el caso que no se cumpliese con acreditar la Produccion y/o Inversion Minima segun lo dispone el articulo 40º de la Ley General de Mineria; Que, el articulo 37º del Decreto Supremo Nº 03-94EM, modificado por el Decreto Supremo Nº 043-2004EM, establece que el titular debera acreditar los pagos por Derecho de Vigencia y/o Penalidad dentro del mes siguiente de efectuado, permitiendose la acreditacion

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.