Norma Legal Oficial del día 09 de noviembre del año 2007 (09/11/2007)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 38

357068

NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, viernes 9 de noviembre de 2007

c. Un (1) representante titular y un (1) alterno de los docentes de la Institucion Educativa por cada nivel educativo al cual corresponda la plaza en concurso, elegido por una votacion de la mitad mas uno de los profesores titulares. En caso de no existir docentes titulares, las Unidades de Gestion Educativa Local, o Direcciones Regionales de Educacion que lo requieran, designaran a un (1) profesor titular y un (1) alterno, por cada nivel a cuya plaza vacante se concursa, el mismo que debera trabajar en el ambito de la institucion educativa cuya plaza esta vacante. d. Dos (2) representantes titulares y (2) alternos de los padres de familia. Un titular y un alterno designado por el CONEI, y el otro titular y el otro alterno por la mitad mas uno de la asamblea de presidentes de aula, convocada por el Presidente de la APAFA y, en su defecto, por el Director dentro de los treinta dias de iniciada la convocatoria. En caso de no estar constituido el CONEI, la APAFA designara a un representante de los padres de familia. Cuando el concurso sea para plazas en Instituciones Educativas Bilingues, al menos uno de los representantes de los padres de familia (titular y alterno) debera dominar la lengua originaria de la MORDAZA donde se encuentra la institucion educativa. En las Instituciones Educativas de Educacion Basica Alternativa y en las Tecnico Productivas cumplen este rol, en vez de los padres de familia, el presidente de los estudiantes, como titular, y el vicepresidente como alterno, mas un estudiante titular y otro alterno elegido por todos sus companeros en votacion secreta, convocada por el Director. Articulo 15º.- Integrantes del Comite de Evaluacion de las Unidades de Gestion Educativa Local El Comite de Evaluacion de las Unidades de Gestion Educativa Local esta constituido por: a. El Jefe del Area de Gestion Pedagogica, quien lo preside. b. Un (1) Especialista de Educacion, que correspondan a las modalidades, niveles y formas educativas en concurso (Inicial, Primaria, Secundaria; Basica Alternativa, Basica Especial y Educacion Tecnico Productiva). c. Un (1) Director del ambito jurisdiccional de la Unidad de Gestion Educativa Local correspondiente, designado por dicha instancia. d. Dos (2) representantes de la comunidad local elegidos por el Consejo Participativo Local de Educacion ­ COPALE. Si no existiese el COPALE, los designa el MORDAZA y sus Regidores en una sesion ordinaria de Alcaldia. Cuando el Concurso sea para plazas en Instituciones Educativas Bilingues, al menos uno de los representantes de la comunidad local debera hablar la lengua originaria del lugar donde se encuentra la institucion educativa. Articulo 16º.- Integrantes del Comite de Evaluacion de la Direcciones Regionales de Educacion a. El Director de Gestion Pedagogica, quien lo preside. b. Un (1) Especialista de Educacion, que correspondan a los niveles y/o modalidades educativas en concurso (Inicial, Primaria, Secundaria; Basica Alternativa, Basica Especial y Educacion Tecnico Productiva). c. Un (1) Director de Institucion Educativa Unidocente del ambito jurisdiccional de la Direccion Regional de Educacion correspondiente, designado por dicha instancia. d. Dos (2) representantes de la comunidad local, elegidos por el Consejo Participativo Regional de Educacion ­ COPARE. Si no existiese el COPARE, los designa el MORDAZA y sus Regidores en una sesion ordinaria de Alcaldia. Cuando el Concurso sea para plazas en Instituciones Educativas Bilingues, al menos uno de los representantes de la comunidad local debera hablar la lengua originaria del lugar donde se encuentra la institucion educativa.

Articulo 17º.- Integrantes del Comite de Concurso de la Direcciones Regionales de Educacion a. El Director de Gestion Institucional, quien lo preside. b. El Jefe de Personal c. Dos (2) Especialistas de Educacion, que correspondan a los niveles y/o modalidades educativas en concurso (Inicial, Primaria, Secundaria; Basica Alternativa, Basica Especial y Educacion Tecnico Productiva), distintos a los miembros del Comite de Evaluacion. d. Dos (2) representantes del COPARE distintos a los miembros del Comite de Evaluacion. Articulo 18º.- Eleccion de los representantes de los Padres de Familia y Comunidad Local Para la eleccion de los representantes de los Padres de Familia o de la Comunidad Local, segun sea el caso, se debera tener en cuenta en el area MORDAZA el perfil academico de los candidatos, considerando preferentemente el siguiente orden de prelacion: a. Profesional de Educacion Superior Universitaria. b. Profesional de Educacion Superior no Universitaria. c. Egresado de Educacion Superior Universitaria. d. Egresado de Educacion Superior no Universitaria, e. Egresado de Educacion Secundaria En el area rural, se podra considerar a representantes que tengan educacion primaria. Articulo 19º.- Funciones del Comite de Evaluacion de Instituciones Educativas, Unidades de Gestion Educativa Local o de la Direccion Regional de Educacion Son funciones del Comite de Evaluacion: a. Difundir y capacitar sobre el MORDAZA del Concurso a la comunidad educativa en general. b. Conducir la etapa de seleccion del Concurso. c. Verificar la correcta publicacion de la relacion de las plazas vacantes habilitadas para el Concurso. d. Verificar que todos los participantes clasificados que postulan a las plazas vacantes de su jurisdiccion se encuentren en la lista. e. Evaluar lo senalado en los articulos 44 y 45 del presente reglamento. f. Publicar los resultados de estas evaluaciones, indicando los puntajes de cada aspecto, dentro de las 24 horas de concluida su calificacion g. Recibir los reclamos de los postulantes sobre los resultados dentro del plazo de 24 horas de publicados los resultados y resolver los mismos dentro de las 48 horas siguientes. h. Elaborar y publicar, en horario de atencion al publico, el Cuadro de Meritos dentro de las 24 horas luego de resueltos los reclamos, especificando los puntajes de cada aspecto y el puntaje final i. Adjudicar las plazas a los profesores en estricto orden de meritos. j. Elaborar y presentar el Informe Final del Concurso debidamente documentado al Director de la Direccion Regional de Educacion o Unidad de Gestion Educativa Local, en un plazo de tres dias (3) de publicado el Cuadro de Meritos k. Llevar el Libro de Actas donde consten las sesiones y acciones realizadas por el Comite de Evaluacion y los informes que considere pertinentes. Articulo 20º.- Impedimentos para ser miembro del Comite de Evaluacion No podran ser miembros del Comite de Evaluacion: a. Los que se presenten como postulantes al Concurso. b. Los servidores que se encuentren con sancion vigente por procesos disciplinarios o que la recibieron entre los anos 2002 y 2007. En caso que alguno de los miembros del Comite de Evaluacion tuviera relacion de parentesco hasta el

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.