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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 9 de noviembre de 2007 357084 l) Desarrollar propuestas de asignación de recursos disponibles y proponer la política del régimen de incentivos de CTeI, de acuerdo a Ley. m) Proponer y promover la formulación de estudios estratégicos de prospectiva de mediano y largo plazo en coordinación con los demás Órganos. n) Proponer políticas de protección, rescate, utilización y difusión del conocimiento y tecnologías tradicionales en coordinación con los organismos competentes. o) Emitir opinión, en coordinación con la Ofi cina de Asesoría Jurídica, sobre proyectos normativos o institucionales vinculados con la ciencia, tecnología e innovación. p) Brindar asesoramiento a otras instancias dentro de su competencia. q) Cumplir otras funciones que le asigne la Alta Dirección. Artículo 28º.- De la Dirección de Articulación y Gestión del SINACYT La Dirección de Articulación y Gestión del SINACYT, es el órgano de línea encargado de diseñar e implementar los mecanismos de articulación, coordinación, intercambio y concertación del SINACYT, así como el proceso de seguimiento y evaluación global de resultados de las actividades de investigación e innovación del SINACYT. Artículo 29º.- De las Funciones Las funciones de la Dirección son: a) Proponer a la Alta Dirección las acciones de coordinación y articulación para el funcionamiento del SINACYT. b) Promover la descentralización y adaptación de las actividades de ciencia, tecnología e innovación en el ámbito regional y local. c) Implementar mecanismos de coordinación, intercambio y concertación entre las instituciones integrantes del SINACYT, así como con el empresariado, universidades, embajadas y otras entidades del país y del exterior. d) Promover la articulación de las actividades científi cas y tecnológicas y la producción del conocimiento de los integrantes del SINACYT con los diversos agentes económicos y sociales. e) Implementar mecanismos de cooperación con otros países y organismos internacionales en materia de su competencia. f) Promover, orientar y coordinar, en forma desconcentrada y descentralizada, la prestación y aprovisionamiento de bienes y servicios de ciencia, tecnología e innovación del SINACYT, así como de realizar acciones de concertación y complementariedad entre los programas y proyectos del Sistema. g) Implementar el “Registro de ciencia, tecnología e innovación” como un instrumento de identifi cación de las instituciones y personas naturales relacionadas con la ciencia, tecnología e innovación (entidades, concursos de méritos, premios, licitaciones, contratos y convenios de CTeI). h) Coordinar con las entidades competentes la recopilación, sistematización y control de la información e indicadores de CTeI. i) Organizar, procesar y difundir información sobre los programas y proyectos de desarrollo de científi co y tecnológico que se desarrollan en el SINACYT. j) Formular e implementar el sistema de seguimiento y evaluación, así como califi car, acreditar y registrar, con procedimientos estándares de calidad internacional, a los que estarán sujetos todos los programas, proyectos y actividades, entidades, funcionarios e investigadores del SINACYT. k) Califi car a las instituciones e investigadores que conforman el SINACYT, de acuerdo a lo que establezca el Reglamento de la Ley Marco de CTeI. l) Proponer a la Alta Dirección la incorporación de nuevos integrantes del SINACYT como consecuencia de un proceso de acreditación de calidad. m) Brindar asesoramiento a otras instancias dentro de su competencia. n) Cumplir otras funciones que le asigne la Alta DirecciónArtículo 30º.- De la Dirección de Ciencia y Tecnología La Dirección de Ciencia y Tecnología es el órgano de línea, encargado de promover, coordinar y evaluar las actividades en ciencia y tecnología tanto en el sector público como en el privado. Artículo 31º.- De las Funciones Las funciones de la Dirección son: a) Alcanzar a la Dirección de Políticas y Planes de CTeI, propuestas de políticas en el ámbito de su competencia. b) Promover, coordinar y asesorar programas y proyectos de ciencia y desarrollo tecnológico, así como monitorear y evaluar programas y proyectos de investigación y desarrollo (I + D) en ciencia, tecnología e innovación. c) Desarrollar, ejecutar y evaluar los programas especiales orientados a la formación, perfeccionamiento, retención y colaboración de científi cos y tecnólogos, así como para el apoyo a la investigación universitaria. d) Desarrollar, ejecutar y evaluar los programas especiales orientados a la difusión, intercambio y divulgación. e) Implementar mecanismos de cooperación con otros países y organismos internacionales en el ámbito de su competencia. f) Promover, orientar y coordinar, en forma desconcentrada y descentralizada la producción científi ca- tecnológica en el ámbito regional y local. g) Estimular las actividades de investigación básica, investigación aplicada y servicios científi cos y tecnológicos. h) Evaluar la aplicabilidad y el benefi cio para el país de los avances teóricos, metodológicos e investigaciones en las diferentes áreas del conocimiento científi co y tecnológico realizadas por sociedades y organizaciones científi cas y tecnológicas nacionales e internacionales. i) Promover la creación de redes temáticas como instrumento de interacción, difusión y formación de las capacidades científi cas y tecnológicas. j) Brindar asesoramiento a otras instancias dentro de su competencia. k) Cumplir otras funciones que le asigne la Alta Dirección. Artículo 32º.- De la Dirección de Prospectiva e Innovación Tecnológica La Dirección de Prospectiva e Innovación Tecnológica, es el órgano de Línea del CONCYTEC, encargado de promover, coordinar y evaluar la acciones referidas a la prospectiva, vigilancia, innovación, transferencia y extensión tecnológica, tanto en el sector público como en el privado. Artículo 33º.- De las Funciones Las funciones de la Dirección son: a) Alcanzar a la Dirección de Políticas y Planes de CTEI, propuestas de políticas, en el ámbito de su competencia. b) Desarrollar, ejecutar y evaluar programas especiales de prospectiva, vigilancia, innovación, transferencia y extensión tecnológica y compatibilizar con los programas nacionales y los programas regionales del Plan Nacional de CTeI. c) Promover, coordinar, asesorar, monitorear y evaluar programas, proyectos nacionales y regionales de investigación y desarrollo (I + D) en innovación y transferencia tecnológica. d) Implementar mecanismos de cooperación con otros países y organismos internacionales en el ámbito de su competencia. e) Diseñar, promover, supervisar y evaluar los ejercicios de prospectiva tecnológica que se ejecuten en el país, en coordinación con la Dirección de Políticas y Planes de CTeI y otras instituciones nacionales e internacionales. f) Fomentar la creación de parques tecnológicos, en colaboración con los Gobiernos Regionales, las universidades y las empresas privadas.