Norma Legal Oficial del día 21 de noviembre del año 2007 (21/11/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 42

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, miercoles 21 de noviembre de 2007

VIVIENDA
Transfieren a titulo oneroso terreno de propiedad del Estado ubicado en la provincia de Ilo a favor de la empresa SERVICE LINE S.A.C. para la ejecucion de proyecto de construccion de viviendas de interes social
RESOLUCION SUPREMA Nº 016-2007-VIVIENDA
MORDAZA, 20 de noviembre de 2007 VISTO: El Expediente Tecnico del Concurso Publico Nº 01FMV/GO-2006, convocado para la Ejecucion del Proyecto de Construccion de Viviendas de Interes Social en el terreno denominado "Pacocha" - Ilo/Moquegua; y, CONSIDERANDO: Que, el articulo 2º de la Ley Nº 26912, modificado por los Decretos de Urgencia Nºs. 091-2000, 020-2001 y 072-2001 y las Leyes Nºs. 27089 y 27511, creo el Fondo Hipotecario de Promocion de la Vivienda - Fondo MIVIVIENDA, con la finalidad de promover el acceso de la poblacion a la propiedad privada de vivienda, mediante la creacion de mecanismos de financiamiento con participacion del sector privado; Que, mediante Ley Nº 28579, se dispuso la conversion del Fondo Hipotecario de la Vivienda - Fondo MIVIVIENDA en una sociedad anonima denominada Fondo MIVIVIENDA S.A., la cual tiene por objeto dedicarse a la promocion y financiamiento de la adquisicion, mejoramiento y construccion de viviendas, especialmente las de interes social, a la realizacion de actividades relacionadas con el fomento del flujo de capitales hacia el MORDAZA de financiamiento para vivienda, a la participacion en el MORDAZA primario y MORDAZA de creditos hipotecarios, asi como a contribuir con el desarrollo del MORDAZA de capitales, Que, el articulo 2º de la Ley Nº 28579, establece que el Fondo MIVIVIENDA S.A. tiene la condicion de una empresa estatal de derecho privado, de duracion indefinida, que se rige por la mencionada Ley y su Estatuto, encontrandose comprendida bajo el ambito del Fondo Nacional de Financiamiento de la Actividad Empresarial del Estado FONAFE y adscrita al Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, disponiendose ademas en el articulo 3º de la citada MORDAZA, que esta facultado a realizar todas las operaciones y ofrecer productos y servicios dentro del MORDAZA establecido en su objeto social; Que, de acuerdo con lo prescrito en el literal k) del articulo 6º de su Estatuto Social, es funcion del Fondo MIVIVIENDA S.A., entre otras, organizar y realizar concursos y subastas de inmuebles de propiedad del Fondo MIVIVIENDA S.A. o de propiedad de personas naturales o juridicas, privadas o publicas, para el desarrollo de proyectos inmobiliarios, asi como ejecutar todas las actividades que MORDAZA necesarias para el desarrollo y culminacion de dichos concurso y subastas, Que, el Fondo MIVIVIENDA S.A. convoco mediante Concurso Publico Nº 01-FMV/GO-2006, la Ejecucion del Proyecto de Construccion de Viviendas de Interes Social en el terreno denominado "Pacocha" - Ilo/Moquegua, de propiedad del Estado, representado por la Superintendencia de Bienes Nacionales, de un area de 5,921.23 m2, ubicado en Pueblo MORDAZA Sector II; Mz. "G", Lote OTFI, distrito de Pacocha, provincia de Ilo, departamento de MORDAZA, inscrito con Codigo de Predio Nº P08000266 del Registro de Predios de la MORDAZA Registral Nº XIII - Oficina Registral de MORDAZA, Que, la Buena Pro del concurso MORDAZA citado, ha sido otorgada a la empresa denominada "SERVICE LINE S.A.", cuyo MORDAZA societario ha sido modificado a "SERVICE LINE S.A.C.", mediante Escritura Publica de fecha 8 de setiembre de 2006, dicha transformacion no entrana cambio de la personalidad juridica, conforme lo establece el articulo 333º de la Ley Nº 26887 Ley General de Sociedades, inscrita en el Asiento B00001 de la Partida Nº 00007854

del Registro de Personas Juridicas de la MORDAZA Registral Nº IX - Sede MORDAZA, estableciendose en las bases del concurso las condiciones y obligaciones que asumira dicha empresa en la ejecucion de la construccion de viviendas de interes social; Que, de acuerdo a las bases del Concurso Publico Nº 01-FMV/GO-2006, la empresa "SERVICE LINE S.A.C." ha elegido como mecanismo de financiamiento el Sistema de Fideicomiso, razon por la cual ha designado a la Corporacion Financiera de Desarrollo S.A. - COFIDE, para que actue en calidad de empresa fiduciaria, Que, de otro lado, debemos senalar que en dicho concurso ocupo el MORDAZA lugar la empresa Consorcio DHMONT & CG & M S.A.C. quien oferto la construccion de 240 viviendas en un plazo de ejecucion de 12 (doce) meses, a quien se debe consignar en la presente Resolucion, segun los terminos estipulados en las bases administrativas del Concurso Publico Nº 01-FMV/GO2006, Que, de acuerdo a lo solicitado por el Fondo MIVIVIENDA S.A., mediante Carta Nº 296-2007-FMV/ GG de fecha 6 de febrero de 2007, la Superintendencia de Bienes Nacionales emite respuesta mediante Oficio Nº 06159-2007/SBN-GO-JAD, por lo que, al MORDAZA de lo establecido en la Tercera Disposicion Final del Decreto Supremo Nº 006-2002-EF y la Vigesimo MORDAZA Disposicion Final de la Ley Nº 29035, Ley que Autoriza Credito Suplementario en el Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2007 y dicta otras medidas; corresponde emitir la Resolucion Suprema aprobando la transferencia a favor del adjudicatario del inmueble MORDAZA mencionado de propiedad del Estado, representado por la Superintendencia de Bienes Nacionales, De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 28579, Ley Nº 29035, el Decreto Supremo Nº 006-2002-EF, el Decreto Supremo Nº 084-2002-EF y Decreto Supremo Nº 002-2002-VIVIENDA; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Transferir a titulo oneroso el terreno de propiedad del Estado de 5,921.23 m2, ubicado en Pueblo MORDAZA Sector II, Mz. "G", Lote OTFI, distrito de Pacocha, provincia de Ilo, departamento de MORDAZA, inscrito en la partida P08000266 del Registro de Predios de la MORDAZA Registral Nº XIII - Oficina Registral de MORDAZA, a favor de la empresa "SERVICE LINE S.A.C.", por la suma de US$ 54,475.32 (Cincuenta y cuatro mil cuatrocientos setenta y cinco y 32/100 Dolares Americanos), adjudicado mediante Concurso Publico Nº 01-FMV/GO-2006, cuyo precio sera pagado mediante el sistema de fideicomiso, de acuerdo al orden de prelacion que se establecera en el respectivo contrato de Fideicomiso. Articulo 2º.- Disponer que SERVICE LINE S.A.C. transfiera en dominio fiduciario el terreno mencionado en el articulo 1º de la presente resolucion, al patrimonio fideicometido que se constituira mediante el contrato respectivo, de acuerdo a lo establecido en las bases del Concurso Publico, habiendose designado a la Corporacion Financiera de Desarrollo S.A. - COFIDE, para que actue en calidad de empresa fiduciaria. Articulo 3º.- La empresa "SERVICE LINE S.A.C.", en su calidad de adjudicataria, se obliga a la ejecucion del proyecto de construccion de viviendas de interes social en el plazo de doce (12) meses contados a partir de la obtencion de la licencia de habilitacion MORDAZA (de requerirse) y de la licencia de construccion, o en su defecto, se contara a partir de cumplidos los doce (12) meses de suscrito el contrato correspondiente. Articulo 4º.- Por merito de la minuta del contrato de Adjudicacion y Fideicomiso, y correspondiente Escritura Publica que suscriba el Estado, representado por la Superintendencia de Bienes Nacionales, con intervencion del Fondo MIVIVIENDA S.A. y la empresa SERVICE LINE S.A.C., se inscribira en el Registro de Predios, la transferencia a que se refiere el articulo 1º de la presente Resolucion Suprema. Dicho documento de transferencia debera contener expresamente el plazo para la ejecucion del proyecto, el precio del terreno valorizado por el Consejo Nacional de Tasaciones - CONATA, asi como el otorgamiento de las garantias, a fin de asegurar el cumplimiento de las obligaciones contenidas en la correspondiente propuesta de la empresa adjudicataria, de lo contrario se aplicaran las penalidades y sanciones, conforme a lo previsto en las bases del Concurso Publico.

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