TEXTO PAGINA: 55
NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 21 de noviembre de 2007 357993 ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN ENERGIA Y MINERIA Aprueban Bases para la Tercera Convocatoria a Licitación de Suministros de Energía Eléctrica para las Empresas Concesionarias de Distribución Edelnor S.A.A. y Luz del Sur S.A.A. RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSIÓN EN ENERGÍA Y MINERÍA OSINERGMIN N° 691-2007-OS/CD Lima, 20 de noviembre de 2007 CONSIDERANDO:Que, en la Cuarta Disposición Complementaria Transitoria de la Ley Nº 28832, Ley para Asegurar el Desarrollo Efi ciente de la Generación Eléctrica (en adelante la “Ley”), se dispone que, dentro de los tres (3) primeros años de su vigencia, las Empresas Concesionarias de Distribución (en adelante “Distribuidoras”) podrán convocar a licitaciones, con una anticipación menor a tres (3) años para cubrir la totalidad de la demanda no contratada de sus usuarios regulados; en cuyo caso, la vigencia de los contratos adjudicados no será mayor a cinco (5) años; Que, el numeral 6.2 del Artículo 6° de la Ley establece la responsabilidad de OSINERGMIN de aprobar las Bases de Licitación, modelos de contrato, términos y condiciones del proceso de licitación, formulas de actualización de precios fi rmes y supervisar su ejecución; Que, la norma “Lineamientos Generales y Modelo de Contrato para las Bases de Licitación de Suministros de Energía Eléctrica para las Empresas Concesionarias de Distribución Eléctrica”, aprobada mediante Resolución OSINERGMIN Nº 101-2007-OS/CD (en adelante “Norma Lineamientos”) es aplicable a las licitaciones cuya primera y siguientes convocatorias se efectúen hasta el 24 de julio de 2009, en el marco de la Cuarta Disposición Complementaria Transitoria de la Ley; Que, la empresa Edelnor S.A.A. (en adelante “EDELNOR”), de conformidad con el numeral 3 del Artículo 4° de la Ley, manifestó el día 10 de abril de 2007, su intención de efectuar una licitación pública al amparo de lo dispuesto por la Cuarta Disposición Complementaria Transitoria de la citada Ley. Como consecuencia de dicha manifestación, la empresa Luz del Sur S.A.A (en adelante “LUZ DEL SUR”) se incorporó a dicho proceso; Que, mediante Resolución OSINERGMIN Nº 293- 2007-OS/CD, publicada con fecha 17 de mayo de 2007, se aprobaron las Bases para la Licitación de Suministros de Energía Eléctrica para las Empresas Concesionarias de Distribución Edelnor S.A.A. y Luz del Sur S.A.A. (en adelante “Licitantes”) en primera convocatoria; y, posteriormente, con Resolución OSINERGMIN Nº 376-2007-OS/CD, se aprobaron las Bases Integradas correspondientes; Que, el día 06 de setiembre de 2007 se efectuó el acto público de presentación de propuestas y adjudicación de la buena pro. Como consta en el acta del referido público, las ofertas presentadas no cubrieron la totalidad de la demanda licitada, por lo que el Comité de Adjudicación declaró desierto el proceso en forma parcial. Asimismo, considerando que se registró una oferta que superó el Precio Máximo de Adjudicación, aprobado por el OSINERGMIN, se procedió a su revelación; Que, al respecto, en el numeral 11.1 de la Norma Lineamientos, se establece que cuando se haya revelado el Precio Máximo de Adjudicación, se convocará a una nueva Licitación en un plazo máximo de treinta (30) Días. Asimismo, el citado numeral indica que las modifi caciones que se requieran a las Bases serán propuestas por el Licitante para su aprobación al OSINERGMIN, dentro de los diez (10) días hábiles de haberse declarado desierta la primera convocatoria. Esto último debido a que el Regulador requiere del tiempo necesario para analizar y aprobar las nuevas Bases que regirán la segunda convocatoria; Que, mediante Resolución OSINERGMIN Nº 622- 2007-OS/CD, se aprobaron las Bases de Licitación para la Segunda Convocatoria al Proceso de Licitación Pública de Suministro de Potencia y Energía Asociada de las empresas Edelnor y Luz del Sur, y posteriormente, con Resolución OSINERGMIN Nº 668-2007-OS/CD se aprobaron las Bases Integradas correspondientes; Que, como consta en el Acta de resultados del proceso de adjudicación de la Segunda Convocatoria, llevado a cabo el 08 de noviembre último, la licitación quedó parcialmente desierta, y al igual que en la primera convocatoria, considerando que se registró mas de una oferta que superó el Precio Máximo de Adjudicación, aprobado por OSINERGMIN, se procedió a su revelación; Que, con fecha 09 de noviembre de 2007, se recibió el Ofi cio GRyGE-359-2007 de la empresa EDELNOR, mediante el cual presenta su “Propuesta de Bases para la Tercera Convocatoria a Licitación Pública de Suministro de Energía Eléctrica: EDELNOR-LUZ DEL SUR”; Que, la propuesta de Bases Indicada en el párrafo anterior ha sido adaptada respecto de las Bases Integradas aprobadas mediante Resolución OSINERGMIN Nº 668-2007-OS/CD, en los siguientes aspectos: i) eliminación por innecesaria de la excepción considerada en la defi nición de la Oferta en cuanto a que la cantidad ofrecida podrá ser menor que la ofrecida en el mes anterior para el mes de octubre 2009; ii) modifi cación del plazo contractual y de los requerimientos de demanda para considerar aquellos no cubiertos para el período febrero 2008-setiembre 2009, los cuales quedaron desiertos en forma parcial en la adjudicación correspondiente a la Segunda Convocatoria; iii) propuesta de un nuevo calendario del proceso; y, iv) reestablecimiento de parámetros a ser considerados para las fórmulas de reajuste de los precios base; Que, se han emitido el Informe N° 0384-2007-GART de la División de Generación y Transmisión Eléctrica y el Informe N° 0385-2007-GART de la Asesoría Legal de la Gerencia Adjunta de Regulación Tarifaria, en los que se analizan las modifi caciones propuestas y el proyecto de Bases remitido por las Licitantes. Los mencionados informes complementan la motivación que sustenta la decisión de OSINERGMIN, cumpliendo de esta manera con el requisito de validez de los actos administrativos a que se refi ere el Artículo 3°, numeral 4, de la Ley del Procedimiento Administrativo General; Que, en este sentido, corresponde aprobar las Bases para la Tercera Convocatoria a Licitación de Suministros de Energía Eléctrica para las Empresas Concesionarias de Distribución Edelnor S.A.A. y Luz del Sur S.A.A.; De conformidad con lo establecido en la Ley N° 27332, Ley Marco de los Organismos Reguladores de la Inversión Privada en los Servicios Públicos; en el Reglamento General de OSINERGMIN, aprobado por Decreto Supremo N° 054-2001-PCM; en la en la Ley N° 28832 y sus normas complementarias; en el Decreto Ley N° 25844, Ley de Concesiones Eléctricas y en su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 009-93-EM; en la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; y en la norma “Lineamientos Generales y Modelo de Contrato para las Bases de Licitación de Suministros de Energía Eléctrica para las Empresas Concesionarias de Distribución Eléctrica” (Aplicables a las licitaciones cuya primera y siguientes convocatorias se efectúen hasta el 24 de julio de 2009 en el marco de la Cuarta Disposición Complementaria Transitoria de la Ley N° 28832). SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar las Bases para la Tercera Convocatoria a Licitación de Suministros de Energía Eléctrica para las Empresas Concesionarias de Distribución Edelnor S.A.A. y Luz del Sur S.A.A., las mismas que como Anexo forman parte de la presente resolución. Artículo 2°.- La presente Resolución deberá ser publicada en el Diario Ofi cial El Peruano y consignada, conjuntamente con su Anexo, en la página Web de OSINERGMIN: www.osinerg.gob.pe. ALFREDO DAMMERT LIRA Presidente del Consejo DirectivoOSINERGMIN 134466-1