Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 30 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2007 (30/11/2007)

CANTIDAD DE PAGINAS: 92

TEXTO PAGINA: 71

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 30 de noviembre de 2007 358653 Regionales, en materia de desarrollo social e igualdad de oportunidades, formular políticas, regular, dirigir, ejecutar, promover, supervisar y controlar las acciones orientadas a la prevención de la Violencia Política, Familiar y Sexual, promover una cultura de paz e igualdad de oportunidades, formular y ejecutar políticas y acciones concretas orientadas a la inclusión, priorización y promoción de las comunidades campesinas y nativas en el ámbito de su jurisdicción, entre otras. En uso de las atribuciones conferidas en la Constitución Política del Estado, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales N° 27867, sus modifi catorias y al Reglamento Interno del Consejo Regional. ORDENA: Artículo Primero.- INSTITUCIONALIZAR la conmemoración del Día de la Mujer Rural, el 15 de octubre de cada año en la Región Huancavelica. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia Regional de Desarrollo Social, despliegue las acciones pertinentes, a fi n de dar cumplimiento a la presente ordenanza regional. Artículo Tercero.- RECOMENDAR a los Gobiernos Locales, distritales y provinciales de acuerdo a las funciones y competencias exclusivas, compartidas y delegadas que tiene según la Ley vigente implemente la presente Ordenanza Regional, en sus respectivas jurisdicciones territoriales. Comuníquese al señor Presidente del Gobierno Regional de Huancavelica para su promulgación. En Huancavelica a los quince días del mes de octubre del dos mil siete. ALFREDO BONZANO CÁRDENASConsejero Delegado POR TANTO:Mando se publique y cumpla.Dado en la Sede del Gobierno Regional de Huancavelica, a los dieciséis días del mes de octubre del año dos mil siete. LUIS FEDERICO SALAS GUEVARA SCHULTZPresidente 138026-1 Declaran en Emergencia y de Ejecución prioritaria diversos Proyectos de Inversión Pública ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL Nº 118-2007-GOB.REG.-HVCA/CR Huancavelica, 6 de noviembre de 2007 VISTO:El acta del Consejo Regional de Huancavelica de Sesión Extraordinaria celebrada el 6 de noviembre del año 2007, con el voto unánime de sus integrantes; y, CONSIDERANDO: Que, los Gobiernos Regionales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, conforme dispone el artículo 191º de la Ley Nº 27680 –Ley de Reforma Constitucional, del Capítulo XIV, del Título IV, sobre Descentralización, concordante con el Artículo 31º de la Ley Nº 27783 – Ley de Bases de Descentralización y con el Artículo 2º de la Ley Nº 27867 – Ley Orgánica de Gobiernos Regionales. Que, los Artículos 188º y 192º de la Ley Nº 27680 – Ley de Reforma Constitucional, Capítulo XIV del Título IV, sobre Descentralización, establecen que el objetivo fundamental de la descentralización como forma de organización democrática y de política permanente del Estado, es el desarrollo integral del país; debiendo los Gobiernos Regionales asumir competencias para promover el desarrollo social, político y económico en el ámbito regional; Que, la Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales en su Artículo 4º establece que “Los Gobiernos Regionales tienen por fi nalidad esencial fomentar el desarrollo regional integral sostenible promoviendo la inversión pública y privada y el empleo y garantizar el ejercicio pleno de los derechos y la igualdad de oportunidades de sus habitantes de acuerdo con los planes y programas nacionales, regionales y locales de desarrollo”; Que, mediante Decreto de Urgencia Nº 014-2007, se declara en Emergencia Proyectos de Inversión Pública y los procesos priorizados de promoción de inversiones, siendo los mismos los proyectos en materia de construcción y mejoramiento de carreteras, infraestructura y equipamiento educativo, saneamiento infraestructura y equipamiento de salud, electrifi cación rural pequeñas y medianas irrigaciones y centrales hidroeléctricas, etc. Que, mediante Decreto de Urgencia Nº 015-2007, se declara en reestructuración al Sistema Nacional de Inversión Pública y dictan otras medidas para garantizar el gasto público priorizando a los proyectos de impacto regional y local que serán fi nanciados con recursos de la fuente de fi nanciamiento Recursos Ordinarios y Recursos Determinados. Que, el Gobierno Regional debe ejecutar Proyectos de Inversión en materia de construcción y mejoramiento de carreteras, infraestructura educativa, infraestructura de salud, saneamiento, electrifi cación rural así como pequeñas y medianas irrigaciones para reducir los índices de pobreza y marginalidad existente en la Región Huancavelica y lograr un mayor dinamismo en la economía. Que, estando a lo vertido en el fundamento anterior es urgente que el Gobierno Regional de Huancavelica priorice la ejecución de Proyectos de Inversión Pública, para el cual es necesario favorecer la formulación, evaluación, adjudicación y ejecución de los mencionados proyectos con efi ciencia transparencia, celeridad y calidad de gasto. Que, en tal sentido resulta necesario otorgar la viabilidad de los Proyectos de Inversión Pública con un estudio de preinversión a nivel de perfi l con contenidos mínimos que garanticen el uso óptimo de los recursos públicos; ya que con ello se permitirá que el Gobierno Regional pueda cumplir con la ejecución de las actividades de inversión de alta necesidad y urgencia. Que, mediante Ofi cio Nº 328-2007/GOB.REG.-HVCA/ GGR y Ofi cios Nº 330-2007/GOB.REG.-HVCA/GGR, de fechas 31 de Octubre y 05 de Noviembre respectivamente, el Gerente General remite la relación de Proyectos del Programa de Inversiones debidamente priorizados, para que de acuerdo con lo establecido en el Artículo 2º del Decreto de Urgencia Nº 014-2007, se declare de ejecución prioritaria los proyectos de inversión precisados en el anexo que se adjunta en los referidos ofi cios. Que, conforme dispone el Artículo 39º de la Ley Nº 27867 – Ley Orgánica de gobiernos Regionales, los Acuerdos de Consejo Regional expresan la decisión de éste órgano sobre asuntos internos del Consejo Regional, de interés público, ciudadano o institucional o declara la voluntad de practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional. En uso de sus atribuciones conferidas por la Ley Orgánica de los Gobierno Regionales el Consejo Regional; ACUERDA: Artículo Primero.- DECLARAR en Emergencia y de Ejecución prioritaria los Proyectos de Inversión Pública que se anexan al presente Acuerdo de Consejo Regional, de acuerdo a lo establecido en el Decreto de Urgencia Nº 014-2007. Artículo Segundo.- Notifi car el presente Acuerdo de Consejo Regional al Ejecutivo del Gobierno Regional e instancias pertinentes. Regístrese, publíquese y cúmplase. ALFREDO BONZANO CARDENAS Consejero Delegado 138026-2