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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 6 de octubre de 2007 355016 Con el visto bueno del Viceministro de Trabajo y las visaciones del Director General de Asesoría Jurídica y del Coordinador de Ceses Colectivos; y, En uso de las facultades conferidas por la Ley Nº 27803 modi fi cada por la Ley Nº 28299, el ítem iv) del numeral 2 del artículo 4º de la Ley Nº 28927, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2007, el artículo 37º del Decreto Legislativo Nº 560, el artículo 8º de la Ley Nº 27711, Ley del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, y el literal d) del artículo 12º del Reglamento de Organización y Funciones, aprobado mediante Resolución Ministerial Nº 173-2002-TR, y sus modi fi catorias; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Obligatoriedad de información de plazas presupuestadas vacantes Las entidades del Sector Público y empresas del Estado, dentro del plazo de diez (10) días hábiles siguientes de publicada la presente Resolución Ministerial, comunicarán al Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, las plazas vacantes presupuestadas con que cuentan y que han debido mantener reservadas de acuerdo a los artículos 10º y 11º de la Ley Nº 27803, concordante con el artículo 4º de la Ley Nº 28299. Para tal efecto, deben remitir la información actualizada de acuerdo al formato que como anexo forma parte de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2º.- De la reubicación directaLas entidades y empresas del Estado comunicarán al Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo las reubicaciones directas de los ex trabajadores inscritos en el Registro Nacional de Trabajadores Cesados Irregularmente que se efectúen en el marco de la Ley Nº 29056, en un plazo de diez (10) hábiles de realizada. Artículo 3º.- Remisión de la documentaciónLa documentación referida en los artículos 1º y 2º de la presente Resolución Ministerial, se remite al Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, en su domicilio de la Avenida del Aire Nº 485, San Borja, Lima. Artículo 4º.- Responsabilidad por el incumplimiento de información En caso de incumplimiento de lo dispuesto en la presente resolución, el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo procede conforme al artículo 21º de la Ley Nº 27803, remitiendo la información pertinente a la Contraloría General de la República y al Ministerio Público para los fi nes que correspondan. Regístrese, comuníquese y publíquese.SUSANA ISABEL PINILLA CISNEROS Ministra de Trabajo y Promoción del Empleo 117878-1 Renuevan reconocimiento de represen- tante de los empleadores ante el Consejo Directivo del Seguro Social de Salud - ESSALUD, en representación de la pequeña y microempresa RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 258-2007-TR Lima, 5 de octubre de 2007VISTO: La comunicación CONFIEP PRE-464/07 de fecha 3 de setiembre de 2007, de la Confederación Nacional de Instituciones Empresariales Privadas - CONFIEP; y, CONSIDERANDO: Que, el numeral 5.2. del Artículo 5° de la Ley N° 27056, Ley de Creación del Seguro Social de Salud - ESSALUD, establece que el Consejo Directivo de este organismo está integrado, por tres representantes de los empleadores, uno de los cuales representan a la pequeña y microempresa, elegidos por sus organizaciones representativas; Que, asimismo, el numeral 5.3 del artículo 5° de la citada Ley, establece que los mandatos del Consejo Directivo son ejercidos por dos (2) años, pudiendo ser renovados una sola vez por un período igual; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 259-2005-TR, se reconoció a la señora HILDA GRACIELA FERNANDEZ - BACA DE VALDEZ, como representante de los empleadores, ante el Consejo Directivo de ESSALUD, en representación de la pequeña y microempresa, cuyo mandato ha concluido; Que, la señora Ministra de Trabajo y Promoción del Empleo, ha recibido de la Confederación Nacional de Instituciones Empresariales Privadas - CONFIEP, la comunicación CONFIEP PRE-464/07 de fecha 3 de setiembre de 2007, por el cual solicita la rati fi cación de la señora Hilda Graciela Fernández Baca de Valdez, como representante de los empleadores, ante el Consejo Directivo de ESSALUD, en representación de la pequeña y microempresa; Que, corresponde al Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, reconocer a los miembros del Consejo Directivo de ESSALUD, que representan a los empleadores de entre las propuestas alcanzadas por las organizaciones representativas; Con la visación del Director General de la O fi cina de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con la Ley N° 27056, Ley de Creación del Seguro Social de Salud - ESSALUD; y la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; y, el literal d) del artículo 12° del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, aprobado por Resolución Ministerial N° 173-2002-TR y sus modi fi catorias; SE RESUELVE: Artículo Único.- RENOVAR, el reconocimiento de la señora HILDA GRACIELA FERNÁNDEZ - BACA DE VALDÉZ, como representante de los empleadores, ante el Consejo Directivo del Seguro Social de Salud - ESSALUD, en representación de la pequeña y microempresa. Regístrese, comuníquese y publíquese.SUSANA ISABEL PINILLA CISNEROS Ministra de Trabajo y Promoción del Empleo 117876-1 TRANSPORTES Y COMUNICACIONES Autorizan viaje de Inspectores de la Dirección General de Aeronáutica Civil a EE.UU. y Argentina, en comisión de servicios y sin irrogar gastos al Estado RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 079-2007-MTC Lima, 5 de octubre de 2007 CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 27619, en concordancia con su norma reglamentaria aprobada por Decreto Supremo Nº 047-