Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 06 DE OCTUBRE DEL AÑO 2007 (06/10/2007)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 21

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 6 de octubre de 2007 355015 inmediatas, la contratación del servicio exonerado, los mismos que se efectuarán con las empresas Ascensores S.A. y Ascensores Schindler del Perú S.A., por el período de 12 (doce) meses, de acuerdo con el detalle expresado en el artículo primero. Artículo Tercero.- Encargar a la Dirección General de Administración que remita la presente Resolución, así como el informe técnico-legal que la sustenta al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado – CONSUCODE y a la Contraloría General de la República, dentro del plazo de diez (10) días hábiles siguientes a la fecha de su aprobación. Artículo Cuarto.- Publicar la presente Resolución en el Diario O fi cial El Peruano y en el Sistema Electrónico de Adquisiciones y Contrataciones del Estado – SEACE, dentro del plazo de diez (10) días hábiles siguientes a la fecha de su aprobación. Regístrese, comuníquese y publíquese.JOSÉ ANTONIO GARCÍA BELAUNDE Ministro de Relaciones Exteriores 116541-3 TRABAJO Y PROMOCION DEL EMPLEO Aprueban Manual de Operaciones del Programa de Capacitación Laboral Juvenil - PROJOVEN RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 252-2007-TR Lima, 2 de octubre de 2007Visto: el Memorando Nº 914-2007-MTPE/4 de la Secretaría General del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, el Informe Nº 093-2007-MTPE/4/9.230 y el Ofi cio Nº 955-2007-MTPE/4/9.2; y, CONSIDERANDO:Que, el Programa de Capacitación Laboral Juvenil – PROJOVEN de la Dirección Nacional de Promoción del Empleo y Formación Profesional del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, tiene como fi nalidad promover el desarrollo integral de la población juvenil, dotándolos de herramientas para elevar su competitividad laboral y una mejor calidad de vida; Que, mediante Decreto Supremo Nº 043-2006-PCM, se aprueban los Lineamientos para la elaboración y aprobación del Reglamento de Organización y Funciones – ROF por parte de las entidades de la Administración Pública, disponiendo en el artículo 36º, que los programas y proyectos contarán con un manual de operaciones en el que se consignará, entre otros, la descripción del programa o proyecto incluyendo el objeto, la descripción de éste y la identi fi cación de entidades, órganos o unidades orgánicas ejecutoras que tienen responsabilidad respecto del programa o proyecto; Que, el Manual de Operaciones del Programa de Capacitación Laboral Juvenil - PROJOVEN, se ha elaborado en concordancia con la normatividad vigente y cuenta con el informe favorable de la O fi cina de Plani fi cación y Presupuesto del Sector Trabajo y Promoción del Empleo; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27711, Ley del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; la Disposición Final del Decreto Supremo Nº 018-2006-TR que modi fi ca el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo aprobado por la Resolución Ministerial Nº 173-2002-TR; Con la visación de los Directores Generales de la Ofi cina de Plani fi cación y Presupuesto y de la O fi cina de Asesoría Jurídica; SE RESUELVE:Artículo Único.- Aprobar el Manual de Operaciones del Programa de Capacitación Laboral Juvenil – PROJOVEN que consta de cinco capítulos, el mismo que forma parte integrante de la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese.SUSANA ISABEL PINILLA CISNEROS Ministra de Trabajo y Promoción del Empleo 117877-1 Disponen que las entidades y empresas del Estado comuniquen al Ministerio las plazas vacantes presupuestadas con que cuentan y las reubicaciones directas de los ex trabajadores inscritos en el Registro Nacional de Trabajadores Cesados Irregularmente RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 255-2007-TR Lima, 4 de octubre de 2007CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 27806 establece entre los bene fi cios a favor de los ex trabajadores inscritos en el Registro Nacional de Trabajadores Cesados Irregularmente, el bene fi cio de reincorporación y reubicación laboral, el cual de acuerdo a lo establecido en la Resolución Suprema Nº 036-2005-TR y el Decreto de Urgencia Nº 020-2005 se encuentra en ejecución; Que, los artículos 10º y 11º de la Ley Nº 27803 señalan que las reincorporaciones y reubicaciones de los ex trabajadores se realizan en plazas presupuestadas vacantes de carácter permanente; Que, el artículo 4º de la Ley Nº 28299 que modi fi ca la Ley Nº 27803, establece la reserva de las plazas presupuestadas vacantes para la ejecución del bene fi cio de reincorporación y reubicación laboral de la Ley Nº 27803 hasta la culminación del Programa Extraordinario de Acceso a Bene fi cios, asumiendo los funcionarios respectivos la responsabilidad por la inobservancia de tal disposición; Que, el numeral 3) de la Segunda Disposición Transitoria de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, establece que la plaza presupuestada es el cargo contemplado en el Cuadro para Asignación de Personal (CAP) que cuenta con el fi nanciamiento debidamente previsto en el Presupuesto Institucional dentro del Grupo Genérico de Gasto vinculado al concepto de personal y obligaciones sociales, conforme al Presupuesto Analítico de Personal (PAP) de la Entidad; Que, el literal a) de la Tercera Disposición Transitoria de la Ley referida en el párrafo precedente, señala que el ingreso de personal sólo se efectúa cuando se cuenta con plaza presupuestada, siendo nula de pleno derecho cualquier acción contraria a ello, sin perjuicio de la responsabilidad del funcionario que autorizó tales actos, así como del titular de la entidad; Que, la Cuarta Disposición Complementaria, Transitoria y Final de la Ley Nº 29059 permite la continuación de la ejecución del bene fi cio de reincorporación y reubicación laboral, por lo que resulta necesario actualizar la información de las plazas presupuestadas vacantes de las entidades del Sector Público y empresas del Estado, para la adecuada ejecución del bene fi cio, permitiendo así que éstas sean de conocimiento público de los bene fi ciarios del Registro Nacional de Trabajadores Cesados Irregularmente;