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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 6 de octubre de 2007 355014 Otis y la contratación del servicio preventivo para los ocho (8) ascensores marca Schindler; Que, dicha contratación con fi gura la necesidad de proveerse de servicios especializados profesionales, apreciándose de manera objetiva que ello permitirá garantizarnos de un servicio óptimo y e fi ciente prestado por especialistas de la misma marca de los ascensores que tiene actualmente el Ministerio de Relaciones Exteriores; siendo inviable la comparación con otros potenciales proveedores, en razón de la acreditación de la certi fi cación de la exclusividad de la marca respectiva; Que, en ese contexto, de acuerdo a lo manifestado en el Informe Nº 042-2007/EEMM-LOG-MRE de 8 de agosto de 2007 del Especialista Responsable de Estudio de Mercado de la Dirección de Logística, las empresas Ascensores S.A. y Ascensores Schindler del Perú S.A. han acreditado con las respectivas certi fi caciones, la representación exclusiva en el Perú de las marcas de ascensores Otis y Schindler, respectivamente; Que, de otro lado, con el mencionado informe se determinó también el valor referencial para la mencionada contratación, el mismo que asciende a S/.88,916.76 (Ochenta y ocho mil novecientos dieciséis y 76/100 Nuevos Soles), en razón al siguiente detalle: Ítem 1: Servicio de mantenimiento preventivo y reparación (correctivo) de ascensores OTIS, con un valor estimado de S/.25,752.00 (Veinticinco mil setecientos cincuenta y dos y 00/100 Nuevos Soles). Ítem 2: Servicio de mantenimiento preventivo de ascensores SCHINDLER, con un valor estimado de S/.63,164.76 (Sesenta y tres mil ciento sesenta y cuatro y 76/100 Nuevos Soles); Que, mediante Memorándum (PPT) Nº PPT0450/2007 de 9 de agosto de 2007, la Dirección de Presupuesto informó que existen recursos presupuestales que permitirán atender dicho requerimiento con cargo a la fuente de fi nanciamiento Recursos Ordinarios; Que, mediante la Resolución de Subsecretaría de Administración Nº 0307/RE de 24 de agosto de 2007, se modi fi có el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones (PAAC) del Ministerio de Relaciones Exteriores para el Año Fiscal 2007, aprobando la inclusión en el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones del Ministerio de Relaciones Exteriores para el Año Fiscal 2007, del proceso de selección según relación de ítems por Adjudicación Directa Selectiva para la Contratación del Servicio de Mantenimiento Preventivo y Correctivo de Ascensores por el valor estimado de S/.88,916.76 (Ochenta y ocho mil novecientos dieciséis y 76/100 Nuevos Soles), que cubre el período de 12 (doce) meses e incluye todos los tributos, seguros, transporte, inspecciones, pruebas, así como cualquier otro concepto que le sea aplicable y que pueda incidir sobre el valor del servicio a contratar, en razón al siguiente detalle: Ítem 1: Servicio de mantenimiento preventivo y reparación (correctivo) de ascensores OTIS, con un valor estimado de S/.25,752.00 (Veinticinco mil setecientos cincuenta y dos y 00/100 Nuevos Soles). Ítem 2: Servicio de mantenimiento preventivo de ascensores SCHINDLER, con un valor estimado de S/.63,164.76 (Sesenta y tres mil ciento sesenta y cuatro y 76/100 Nuevos Soles). Que, asimismo, mediante dicha Resolución, la Subsecretaría de Administración aprobó el expediente de contratación respectivo; en virtud de las facultades delegadas mediante Resolución Ministerial Nº 084/RE de 18 de enero de 2006; Que, la situación señalada en los considerados precedentes se encuentra prevista en el literal e) del artículo 19º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado en concordancia con el Artículo 144º de su Reglamento, como un servicio que no admite sustituto y existe proveedor único; Que, en ese sentido y de acuerdo a lo dispuesto en el Artículo 20º de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, las exoneraciones deben ser aprobadas, en el caso del Ministerio de Relaciones Exteriores, mediante Resolución del Titular del Pliego, requiriendo antes de su expedición, un informe técnico-legal. Cabe señalar que copia de la Resolución que aprueba la exoneración del proceso de selección respectivo deberá remitirse a la Contraloría General de la República y al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, bajo responsabilidad del Titular del Pliego, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la fecha de su aprobación; Que, el Artículo 147º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado dispone que la Resolución que aprueba la exoneración de los procesos de selección debe ser publicada en el Diario O fi cial El Peruano y en el Sistema Electrónico de Adquisiciones y Contrataciones del Estado – SEACE, bajo responsabilidad del Titular del Pliego, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la fecha de su aprobación; Que, mediante los informes de visto, se da cumplimiento a lo dispuesto en el Artículo 146º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado; Que, el Artículo 148º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, establece que para el procedimiento de exoneraciones la Entidad efectuará las adquisiciones o contrataciones en forma directa mediante acciones inmediatas, debiendo ser realizada por la dependencia encargada de las adquisiciones y contrataciones de la Entidad o el órgano designado para el efecto; Con la visación de la Dirección General de Asuntos Legales; y, De conformidad con el Decreto Supremo Nº 083-2004- PCM, Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado; el Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y la Ley Nº 28927, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2007; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Exonerar del proceso de selección correspondiente, por la causal de servicio que no admite sustituto y existe proveedor único, de conformidad con lo establecido en el literal e) del artículo 19º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, la Contratación del Servicio de Mantenimiento Preventivo y Correctivo de Ascensores, por el período de 12 (doce) meses, en virtud de las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolución y de acuerdo al siguiente detalle: Ítem 1: Servicio de mantenimiento preventivo y reparación (correctivo) de ascensores OTIS, por el período comprendido entre el 25 de octubre de 2007 al 25 de octubre de 2008, por el valor estimado de S/.25,752.00 (Veinticinco mil setecientos cincuenta y dos y 00/100 Nuevos Soles). Ítem 2: Servicio de mantenimiento preventivo de ascensores SCHINDLER, por el período comprendido entre el 1 de noviembre de 2007 al 1 de noviembre de 2008, por el valor estimado de S/.63,164.76 (Sesenta y tres mil ciento sesenta y cuatro y 76/100 Nuevos Soles) Dichos montos incluyen todos los tributos, seguros, transporte, inspecciones, pruebas, así como cualquier otro concepto que le sea aplicable y que pueda incidir sobre el valor del servicio a contratar, con cargo a la fuente de fi nanciamiento 00 Recursos Ordinarios de acuerdo a lo informado por la Dirección de Presupuesto. Artículo Segundo.- Encargar a la Dirección de Logística llevar a cabo en forma directa mediante acciones