Norma Legal Oficial del día 06 de octubre del año 2007 (06/10/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 28

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, sabado 6 de octubre de 2007

emitido por el Colegio de Ingenieros del Peru cuando corresponda. 5.2.4.3 MORDAZA de los documentos que sustenten su experiencia en el MORDAZA automotriz. 5.2.4.4 MORDAZA del documento que acredite relacion laboral o vinculo contractual con la solicitante. 5.2.5. Relacion del equipamiento requerido por el numeral 5.1.4 de la presente Directiva acompanada de los documentos que sustenten la propiedad y/o condicion de arrendatario financiero sobre los mismos, adjuntando la certificacion mencionada en el ultimo parrafo de dicho numeral. Alternativamente, la solicitante podra presentar una declaracion jurada suscrita por su representante legal ofreciendo contar con los equipos y la certificacion de los mismos dentro del plazo de noventa (90) dias de otorgada la autorizacion" (...) 5.2.8. Licencia de funcionamiento y certificado de compatibilidad de uso emitido por la municipalidad correspondiente. Alternativamente, la solicitante podra presentar una declaracion jurada suscrita por su representante legal ofreciendo adjuntar dichos documentos dentro del plazo de noventa (90) dias de otorgada la autorizacion. (...)". "5.3 IMPEDIMENTOS PARADESEMPENARSE COMO ENTIDAD CERTIFICADORA DE OPERATIVIDAD: (...) 5.3.6. Las personas juridicas cuyos socios o asociados asi como los conyuges o parientes de estos dentro del MORDAZA grado de consanguinidad o MORDAZA de afinidad, presten servicios o hayan prestado servicios dentro de los ultimos (5) cinco anos bajo relacion laboral o cualquier otro vinculo contractual con empresas dedicadas a la importacion, venta y/o distribucion de vehiculos o carrocerias, asi como con empresas dedicadas a la prestacion del servicio de transporte en cualquiera de sus modalidades y los gremios que las agrupan. (...)". Articulo 3º.- Incorporese un ultimo parrafo al numeral 5.1.4, la MORDAZA y tercera Disposicion Final y Transitoria a la Directiva Nº 001-2007-MTC/15, aprobada por Resolucion Directoral Nº 4000-2007-MTC/15 y modificada por Resolucion Directoral Nº 9298-2007-MTC/15, los mismos que quedaran redactados en los terminos siguientes: "5.1.4 EQUIPAMIENTO (...) Para acreditar que el equipamiento referido en los numerales 5.1.4.1, 5.1.4.2, 5.1.4.3, 5.1.4.4, 5.1.4.5 y 5.1.4.6 cumple con las especificaciones descritas para lineas de revision tecnica MORDAZA liviano o pesado establecidas en la Tabla de Infraestructura y Equipamiento Minimos Para Plantas de Revisiones Tecnicas Vehiculares aprobada por Resolucion Directoral Nº 3422-2004-MTC/15, la Entidad Certificadora de Operatividad autorizada, debera presentar a la DGTT una certificacion emitida por alguna Compania Inspectora legalmente establecida en el MORDAZA y cuya MORDAZA matriz este asociada a la International Federation of Inspection Agencies-IFIA." "9. DISPOSICIONES FINALES Y TRANSITORIAS (...) Segunda.- El sistema informatico y de comunicaciones a que se refiere el numeral 5.1.3, debera ser implementado por la DGTT en coordinacion con las Entidades Certificadoras de Operatividad autorizadas, a mas tardar el 1 de marzo del 2008. Tercera.- Los plazos maximos establecidos en los numerales 5.2.5 y 5.5.1 referidos al equipamiento y al inicio de operaciones respectivamente, no seran aplicables a aquellas personas juridicas de derecho publico que se encuentren comprendidas dentro de los alcances de las

normas de contrataciones y adquisiciones del Estado y/o que requieran autorizacion previa del Sistema Nacional de Inversion Publica-SNIP, en cuyos casos, los plazos maximos establecidos en los numerales MORDAZA citados, podran ser ampliados por sesenta (60) dias adicionales." Articulo 4º.- La presente Resolucion Directoral entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA DE LA MORDAZA L. Director General (e) Direccion General de Transporte Terrestre 116853-1

VIVIENDA
Aprueban Reglamento del MORDAZA de Formalizacion Inmobiliaria - BFI
DECRETO SUPREMO N° 030-2007-VIVIENDA EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 29071, se creo el MORDAZA de Formalizacion Inmobiliaria ­ BFI como una de las acciones de politica de vivienda, consistente en la ayuda economica directa no reembolsable otorgada por el Estado, con criterio de utilidad publica que se destinara exclusivamente para formalizar en el Registro de Predios la declaratoria de fabrica de la edificacion existente y la independizacion de la unidades inmobiliarias existentes; Que, el MORDAZA de Formalizacion Inmobiliaria ­ BFI, promueve la formalizacion de la edificacion y la independizacion de las unidades inmobiliarias existentes para el posterior aprovechamiento de las mismas a traves de la construccion de una nueva vivienda en aires, con lo que se contribuye a complementar los mecanismos dirigidos a reducir el deficit de la vivienda en el pais; Que, la Ley Nº 27157, "Ley de Regularizacion de Edificaciones, del Procedimiento para la Declaratoria de Fabrica y del Regimen de Unidades Inmobiliarias de Propiedad Exclusiva y de Propiedad Comun" establece los procedimientos para el saneamiento titulacion de unidades inmobiliarias en las que coexisten bienes de propiedad exclusiva y de propiedad comun, asi como el procedimiento para la tramitacion de la declaratoria de fabrica y del regimen legal de las unidades inmobiliarias que comprenden bienes de propiedad exclusiva y de propiedad comun; Que, mediante Decreto Supremo Nº 035-2006VIVIENDA, se aprueba el Texto Unico Ordenado del Reglamento de la Ley Nº 27157, con la finalidad de facilitar la aplicacion de los beneficios y tramites senalados en la referida Ley; Que, mediante Decreto Supremo Nº 033-2006VIVIENDA, se precisa que el Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, establecera los lineamientos o acciones a seguir para facilitar y simplificar la declaratoria de fabrica, independizacion y construccion en aires de nuevas viviendas inmobiliarias; Que, la Tercera Disposicion Complementaria Final de la Ley Nº 29071, dispone dictar el Reglamento del MORDAZA de Formalizacion Inmobiliaria para establecer los mecanismos y procedimientos de acceso y seleccion para la asignacion del BFI; De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 29071, y las atribuciones conferidas en la Ley Nº 27792, Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, y su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 002-2002-VIVIENDA;

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