Norma Legal Oficial del día 18 de octubre del año 2007 (18/10/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 64

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, jueves 18 de octubre de 2007

Que, con fecha 18 de setiembre del 2007, el senor MORDAZA Calda Giurato, en calidad de organizador y representante de Mapfre Peru S.A. EPS, presento ante esta Superintendencia la Solicitud de Autorizacion de Funcionamiento, declarando haber cumplido con los requisitos exigidos en el Articulo 77º del Decreto Supremo Nº 009-97-SA, habiendo observado lo previsto en el Item Nº 01-B, del procedimiento denominado "Autorizacion de Funcionamiento", del Texto Unico de Procedimientos Administrativos de la SEPS, aprobado por Decreto Supremo Nº 017-2005-SA; Que, estando a lo informado por la Intendencia de Supervision, Autorizacion y Registro, mediante Informe Nº 00622-2007-SEPS/ISAR, la SEPS ha verificado el cumplimiento de los requisitos exigibles establecidos en el Articulo 77º del Decreto Supremo Nº 009-97-SA; Que, en el MORDAZA de lo dispuesto en los articulos 78º y 79º del Reglamento de la Ley de Modernizacion de la Seguridad Social en Salud, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 009-97-SA y en uso de las facultades conferidas por el articulo 12º del Reglamento de Organizacion y Funciones de la SEPS, aprobado mediante Resolucion de Superintendencia Nº 029-2001SEPS/CD; SE RESUELVE: Articulo Primero.- OTORGAR a Mapfre Peru S.A. Entidad Prestadora de Salud, Autorizacion de Funcionamiento, conforme a los fundamentos que se establecen en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo Segundo.- AUTORICESE a Mapfre Peru S.A. EPS, operar en las siguientes jurisdicciones y dentro de los siguientes limites: Provincia LIMA-CALLAO Canete Huaura Tumbes MORDAZA Talara Sullana Chiclayo Ferrenafe MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Huamanga MORDAZA MORDAZA Ica Chincha Maynas Pasco MORDAZA San MORDAZA San MORDAZA MORDAZA Portillo Tacna Huancayo Chanchamayo Numero MORDAZA de Asegurados 200,000 5,000 20,000 12,000 60,000 15,000 10,000 30,000 10,000 50,000 20,000 10,000 18,000 25,000 60,000 50,000 15,000 10,000 5,000 10,000 40,000 6,000 5,000 8,000 10,000 6,000 12,000 80,000 5,000

GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DE HUANCAVELICA
Aprueban transferencias financieras para la ejecucion de proyectos de mejoramiento de sistemas de agua potable y alcantarillado en diversas localidades
ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL Nº 056-2007-GOB.REG-HVCA/CR Huancavelica, 13 de junio de 2007 VISTO: El acta del Consejo Regional de Huancavelica de Sesion Ordinaria celebrada el 6 de MORDAZA del ano 2007, con el MORDAZA unanime de sus integrantes; y, CONSIDERANDO: Que, los Gobiernos Regionales tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia conforme al Articulo 191° de la Constitucion Politica del Estado, modificado por Ley N° 27680 ­ Ley de Reforma Constitucional, del Capitulo XIV, del Titulo IV, sobre Descentralizacion, concordante con el Articulo 31° de la Ley N° 27783 ­ Ley de Bases de la Descentralizacion y Articulo 2° de la Ley N° 27867 ­ Ley Organica de los Gobiernos Regionales; Que, el Articulo 1° de la Resolucion Ministerial N° 1192007-VIVIENDA, aprueba una Transferencia Financiera del Gobierno Nacional a favor del Gobierno Regional del Departamento de Huancavelica, donde senala que los recursos materia de la presente transferencia sera destinada exclusivamente para la ejecucion del proyecto "Ampliacion y Mejoramiento de los Sistemas de Agua Potable y Alcantarillado de las Localidades de Izcuchaca, Teneria, Quicos, Larmenta y Tambillo ­ Huancavelica", ascendente a la suma de UN MILLON OCHOCIENTOS CINCUENTA Y UN MIL CUATROCIENTOS CUARENTA Y DOS Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 1 851 442.00), el mismo que resulta necesario incorporar al MORDAZA presupuestal de la institucion a fin de realizar la programacion y gasto correspondiente; Que, la Resolucion Directoral N° 003-2007-EF/76.01 aprueba la Directiva N° 003-2007-EF/76.01 ­ Directiva para la Ejecucion Presupuestaria, preve en el numeral 6.3, Articulo 6°, Capitulo I del Anexo N° 02, que la incorporacion de mayores fondos publicos distintas a la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios se aprueban de conformidad con lo dispuesto en el Articulo 42° y numeral 39.2, Articulo 39° de la Ley N° 28411 ­ Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, mediante Acuerdo de Consejo Regional, el mismo que es promulgado por el Presidente del Gobierno Regional; En uso de sus atribuciones conferidas por la Ley Organica de los Gobiernos Regionales el Consejo Regional; ACUERDA: Articulo Primero.- APRUEBESE la Transferencia Financiera como incorporacion de mayores fondos publicos en el Presupuesto Institucional del Gobierno Regional de Huancavelica para el presente Ano Fiscal, hasta por la suma de UN MILLON OCHOCIENTOS CINCUENTA Y UN MIL CUATROCIENTOS CUARENTA Y DOS Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 1 851 442.00), por la Fuente de Financiamiento Donaciones y Transferencias para la ejecucion del Proyecto "Ampliacion y Mejoramiento de los Sistemas de Agua Potable y Alcantarillado de las Localidades de Izcuchaca, Teneria, Quicos, Larmenta y Tambillo ­ Huancavelica". Articulo Segundo.- Deroguense o dejense sin efecto, segun corresponda las disposiciones que se opongan al presente Acuerdo Regional. Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA BONZANO MORDAZA Consejero Delegado 120267-1

Registrese, comuniquese y archivese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Intendente General (e) 120516-1

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