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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 18 DE OCTUBRE DEL AÑO 2007 (18/10/2007)

CANTIDAD DE PAGINAS: 88

TEXTO PAGINA: 65

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 18 de octubre de 2007 355615 ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL Nº 091-2007-GOB.REG.-HVCA/CR Huancavelica, 4 de setiembre de 2007 VISTO: El acta del Consejo Regional de Huancavelica de Sesión Extra Ordinaria celebrada el 4 de setiembre del año 2007, con el voto unánime de sus integrantes; y, CONSIDERANDO: Que, los Gobiernos Regionales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia conforme al Artículo 191° de la Constitución Política del Estado, modifi cado por Ley N° 27680 – Ley de Reforma Constitucional, del Capítulo XIV, del Título IV, sobre Descentralización, concordante con el Artículo 31° de la Ley N° 27783 – Ley de Bases de la Descentralización y Artículo 2° de la Ley N° 27867 – Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales; Que, mediante Resolución Ministerial N° 320-2007- VIVIENDA, se aprueba una Transferencia Financiera a favor del Gobierno Regional del departamento de Huancavelica, por parte del Gobierno Central, para la ejecución del Proyecto Mejoramiento del Sistema de Agua Potable y Ampliación del Sistema de Alcantaril lado en la Localidad de Lircay; por el monto de UN MILLÓ N DOSCIENTOS SETENTA Y CINCO MIL Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 1 275 000.00), el mismo que resulta necesario incorporar al marco presupuestal de la institución a fi n de realizar la programación y gasto correspondiente; Que, la Resolución Directoral N° 003-2007-EF/76.01 aprueba la Directiva N° 003-2007-EF/76.01 – Directiva para la Ejecución Presupuestaria, prevé en el numeral 6.3, Artículo 6°, Capítulo I del Anexo N° 02, que la incorporación de mayores fondos públicos distintas a la fuente de fi nanciamiento Recursos Ordinarios se aprueban de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 42° y numeral 39.2, Artículo 39° de la Ley N° 28411 – Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, mediante Acuerdo de Consejo Regional, el mismo que es promulgado por el Presidente del Gobierno Regional a través de Resolución Ejecutiva Regional; Que, conforme dispone el Artículo 39° de la Ley N° 27867 – Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, los Acuerdos de Consejo Regional expresan la decisión de este órgano sobre asuntos internos del Consejo Regional, de interés público, ciudadano o institucional o declara la voluntad de practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional; En uso de sus atribuciones conferidas por la Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales el Consejo Regional; ACUERDA: Artículo Primero.- APRUÉBESE la Transferencia Financiera como incorporación de mayores fondos públicos en el Presupuesto Institucional del Gobierno Regional de Huancavelica para el presente Año Fiscal, hasta por la suma de UN MILLÓN DOSCIENTOS SETENTA Y CINCO MIL Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 1 275 000.00), por la Fuente de Financiamiento Donaciones y Transferencias para la ejecución del Proyecto Mejoramiento del Sistema de Agua Potable y Ampliación del Sistema de Alcantarillado en la Localidad de Lircay . Artículo Segundo.- Deróguense o déjense sin efecto, según corresponda las disposiciones que se opongan al presente Acuerdo Regional. Regístrese, publíquese y cúmplase. ALFREDO BONZANO CÁRDENAS Consejero Delegado 120267-2 GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA Aprueban reajuste integral de la zonificación de los usos del suelo de los distritos de La Victoria y San Luis, que son parte del Área de Tratamiento Normativo II de Lima Metropolitana ORDENANZA Nº 1082 EL TENIENTE ALCALDE METROPOLITANO DE LIMA; ENCARGADO DE LA ALCALDÍA POR CUANTO: EL CONCEJO METROPOLITANO DE LIMA; Visto en Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 11 de octubre de 2007, el Dictamen Nº 182-2007-MML- CMDUVN de la Comisión Metropolitana de Desarrollo Urbano, Vivienda y Nomenclatura en; Aprobó la siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA EL REAJUSTE INTEGRAL DE LA ZONIFICACIÓN DE LOS USOS DEL SUELO DE LOS DISTRITOS DE LA VICTORIA Y SAN LUIS, QUE SON PARTE DEL ÁREA DE TRATAMIENTO NORMATIVO II DE LIMA METROPOLITANA Artículo 1°.- Plano de Zonifi cación de los Usos del Suelo. Aprobar el Plano de Zonifi cación de los Usos del Su elo (Plano Nº 01 – Anexo Nº 01) de los distritos de La Victoria y San Luis, que forman parte del Área de Tratamiento Normativo II de Lima Metropolitana. Este Plano de Zonifi cació n no defi ne límites distritales y será publicado en la página w eb de la Municipalidad Metropolitana de Lima, www.munlima.go b.pe. Artículo 2º.- Normas Generales de Zonifi cación de los Usos del Suelo. Aprobar las Especifi caciones Normativas de la Zonifi cación, que como Anexo Nº 02, forman parte de la presente Ordenanza y que serán de aplicación en el ámbito señalado en el Artículo Primero. Establecer que en el territorio correspondiente a l os distritos de La Victoria y San Luis serán de aplicación las Normas de Zonifi cación aprobadas mediante Ordenanza Nº 1015-M ML, publicada el 14 de mayo de 2007 complementadas medi ante Ordenanza Nº 1076 publicada el 8 de octubre de 200 7. Artículo 3º.- Índice de Usos para la Ubicación de Actividades Urbanas. Establecer que en el ámbito de la presente Ordenanza, es de aplicación el Indice de Usos para la Ubicación de Actividades Urbanas correspondiente al Área de Tratamiento Normativo II aprobado por Ordenanza Nº 1015-MML del 14 de mayo de 2007. Artículo 4°.- Compatibilidad de Usos de Suelo en Zonas Residenciales y Comerciales. Establecer como Norma General para la aplicación de la Zonifi cación de los Usos del Suelo en el área materia de la presente Ordenanza, que la edifi cación o funcionamiento de Centros de Educación Inicial, Centros de Educación Básica, Comercios Locales, Postas Sanitarias, Centros de Culto Religioso, Áreas Verdes Locales, Equipamiento Comunal a nivel de Barrio y los Aportes que se transfi eren con las Habilitaciones Urbanas, son compatibles con las Zonas Residenciales y Comerciales y por tanto, no tienen necesariamente califi cación especial en los Planos aprobados por la presente Ordenanza. La aprobación de su instalación, construcción u operación, depende únicamente de las Municipalidades Distritales, quienes elaborarán los criterios específi cos para su localización.