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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 20 DE OCTUBRE DEL AÑO 2007 (20/10/2007)

CANTIDAD DE PAGINAS: 68

TEXTO PAGINA: 47

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 20 de octubre de 2007 355737 los literales a) y c) del numeral 1 y el numeral 2 del Artículo 5º de la Resolución de Superintendencia Nº 260-2004/SUNAT, respectivamente, para lo cual deberán cumplir con lo establecido en el citado artículo. Artículo 4º.- CAUSALES POR LAS QUE EL PAGO NO SE CONSIDERA EFECTUADO Las causales por las cuales el pago se considerará como no efectuado son las señaladas en los numerales 13 y 16 del Artículo 7º de la Resolución de Superintendencia Nº 260-2004/SUNAT.” DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA FINAL Única.- VigenciaLa presente resolución entrará en vigencia a partir del 1 de noviembre de 2007. Regístrese, comuníquese y publíquese. ENRIQUE VEJARANO VELASQUEZ Superintendente Nacional (e) 122124-1 GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DE APURIMAC Autorizan viaje de Presidente del Gobierno Regional a Francia, España y Bélgica, en comisión de servicios ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL Nº 038-2007-CR-APURÍMAC Abancay, 18 de septiembre de 2007 EL CONSEJO REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL DE APURÍMAC VISTO:En Sesión Ordinaria Descentralizada del Consejo Regional del Gobierno Regional de Apurímac de fecha doce de septiembre de dos mil siete, llevada a cabo en la ciudad de Chuquibambilla de la provincia de Grau. CONSIDERANDO:Que, el inciso h) del Artículo 9º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, estipula que los Gobiernos Regionales son competentes para fomentar la competitividad, las inversiones y el fi nanciamiento para la ejecución de proyectos y obras de infraestructura de alcance e impacto regional; Que, mediante Ley Nº 27619, se regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos que irroguen gastos al Tesoro Público y que se encuentren comprendidos en las entidades públicas sujetas al ámbito de control de la ley de Presupuesto del Sector Público; Que, de conformidad con el Artículo 83º del D.S. Nº 005-90-PCM, Reglamento de la Ley de Bases de la Carrera Administrativa y Remuneraciones del Sector Público, la comisión de servicios es el desplazamiento temporal del servidor fuera de la sede habitual de trabajo, dispuesta por la autoridad competente, para realizar funciones según el nivel de carrera, grupo ocupacional y especialidad alcanzados y que están directamente relacionados con los objetivos institucionales; Que, mediante Carta de fecha 6 de julio de 2007, los Coordinadores del Proyecto DESISIF, dentro del ámbito del Convenio Marco de Cooperación Descentralizada con Bene fi cios Recíprocos suscrito entre la Asociación de Gobiernos Locales de la Cuenca Vilcabamba – ASGOL CRV y el Parque Natural Livradois Forez de la Región Auvergne – Francia; cursan invitación formal al Presidente del Gobierno Regional de Apurímac, señor David Salazar Morote para participar del viaje de la Misión Peruana como parte de la implementación del Proyecto de Desarrollo Económico Social y Sistema de Información Formación – DESISIF, el mismo, que servirá para a fi anzar los lazos de amistad y de cooperación entre nuestras Regiones de Auvergne y Apurímac; Que, como parte de esta visita a Europa, se llevarán a cabo, así mismo, coordinaciones de gestión institucional en España, en las ciudades de Badajoz (Hermanamiento con el Ayuntamiento de Olivenza) y Madrid (Ofrecimiento de construcción de Hospital en Chincheros); así como, en Bélgica (Cooperación Técnica Internacional para Apurímac); Que, en ese entender, las fechas en que el Presidente Regional deberá efectuar la comisión de servicios indicada, corresponden al período que corre del 22 de octubre al 3 de noviembre del presente año, el mismo, que de conformidad a Ley debe ser autorizado por el Consejo Regional a través de la disposición regional pertinente; Que, a este efecto, es necesario precisar que los gastos de estadía por el período señalado, así como, los pasajes aéreos, traslados internos y estadía correspondientes que demande el referido viaje serán cubiertos por el Proyecto DESISIF y el parque Natural Regional Livradois – Forez de Francia y la Autoridad Regional solicitante; razón por la que el mismo, no demandará mayores gastos al Gobierno Regional de Apurímac, a excepción de los gastos nacionales (Apurímac – Cusco – Lima y Lima – Cusco – Apurímac) e impuestos de Ley, que serán cubiertos con cargo al Presupuesto del Gobierno Regional de Apurímac; Que, de conformidad al inciso g) del Artículo 23º del Reglamento Interno del Consejo Regional de Apurímac, son atribuciones del Consejo Regional, autorizar los viajes al exterior del país, que en comisión de servicios o en representación del Gobierno Regional realicen el Presidente, Vicepresidente y los Consejeros Regionales; Estando a las consideraciones expuestas y a lo acordado y aprobado en Sesión Ordinaria Descentralizada de Consejo Regional del Gobierno Regional de Apurímac, de fecha 12 de septiembre de 2007, en uso de las atribuciones conferidas por la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y el Reglamento Interno de Consejo; con el voto en mayoría de sus miembros; y con dispensa de trámite de lectura y aprobación del acta; ACUERDA:Primero.- APROBAR, el viaje en comisión de servicio oficial del Presidente del Gobierno Regional de Apurímac, señor David Abraham Salazar Morote, a la República de Francia, durante los días 22 de octubre al 3 de noviembre, para participar de la invitación realizada por los Coordinadores del Proyecto DESISIF, dentro del ámbito del Convenio Marco de Cooperación Descentralizada con Beneficios Recíprocos suscrito entre la Asociación de Gobiernos Locales de la Cuenca Vilcabamba – ASGOL CRV y el Parque Natural Livradois Forez de la Región Auvergne – Francia; así mismo, al Reino de España y al Reino de Bélgica para llevar a cabo gestiones de naturaleza institucional y política. Segundo.- La participación del Presidente del Gobierno Regional de Apurímac, señor David Abraham Salazar Morote, como invitado del Proyecto DESISIF, no irrogará gastos por concepto de pasajes aéreos Lima – Francia – Lima, hospedaje, alimentación y transporte local, que serán cubiertos por la Autoridad Regional y la entidad auspiciante de la invitación, a excepción de los viajes nacionales Apurímac – Lima – Apurímac y viáticos correspondientes) que serán cubiertos con cargo al Presupuesto del Gobierno Regional de Apurímac.