Norma Legal Oficial del día 30 de octubre del año 2007 (30/10/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 16

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NORMAS LEGALES
POR TANTO: Mando se publque y cumpla.

El Peruano MORDAZA, martes 30 de octubre de 2007

14.3 Las Comunidades Locales de Administracion de Salud - CLAS deben administrar un MORDAZA de cinco (5) establecimientos de Salud, a traves de sus coordinadores. 14.4 De ser necesario, el Ministerio de Salud, el gobierno regional y el gobierno local promoveran la creacion de nuevas Comunidades Locales de Administracion de Salud - CLAS. Articulo 15º.- Solucion de conflictos La Direccion Regional de Salud, en primera instancia, y el gobierno regional, en MORDAZA instancia, intervienen en la solucion de conflictos que se deriven de la ejecucion del Convenio de Cogestion, de conformidad con lo dispuesto en la presente Ley y su reglamento. Articulo 16º.- Rendicion de cuentas y transparencia de la gestion 16.1 Los miembros que conforman el organo de cogestion y las instancias del gobierno correspondiente deben brindar la informacion requerida con respecto al uso, destino y asignacion de los recursos que administran, conforme a ley. 16.2 La informacion relacionada con la actividad de las CLAS es de caracter publico, salvo la declarada como reservada por las leyes de la materia. Su acceso no es restringido y esta sujeto a las leyes de transparencia y acceso a la informacion publica y demas normas aplicables. 16.3 La rendicion de cuentas de los recursos y la gestion que administra se hace de manera publica, periodica y permanente. 16.4 Los organos de cogestion, independientemente de lo establecido en el parrafo 16.3, deben convocar a asamblea general, como minimo, una vez cada seis (6) meses, a fin de rendir cuenta de: a) El cumplimiento de los objetivos y metas programaticas del Plan de Salud Local; b) los recursos asignados; c) las actividades de capacitacion; d) las actividades de supervision y monitoreo; y, e) el cumplimiento de los convenios suscritos. Articulo 17º.- Incompatibilidades No pueden participar de la cogestion las personas que tengan incompatibilidades de ley e impedimentos para asumir cargos en la administracion publica, o que se encuentren no aptas para contratar con el Estado. Articulo 18º.- Derogatoria Dejanse sin efecto el Decreto Supremo Nº 01-94-SA, la Resolucion Ministerial Nº 698-2006-SA y toda disposicion que se oponga a la presente Ley. Articulo 19º.- Reglamentacion El Poder Ejecutivo reglamentara la presente Ley en un plazo no mayor de sesenta (60) dias calendario, contados a partir de la fecha de su vigencia. DISPOSICION COMPLEMENTARIA UNICA.- Es de aplicacion a las CLAS lo dispuesto por la Ley Nº 27785, Ley Organica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloria General de la Republica, y demas normas complementarias en lo que fuera pertinente, por aquellos bienes y recursos del Estado que perciban o administren, para lo cual, adecuaran sus procedimientos de control a la naturaleza de la cogestion. Comuniquese al senor Presidente de la Republica para su promulgacion. En MORDAZA, a los doce dias del mes de octubre de dos mil siete. MORDAZA MORDAZA POSADA EYZAGUIRRE Presidente del Congreso de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA Primer Vicepresidente del Congreso de la Republica AL SENOR PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA

Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los veintinueve dias del mes de octubre del ano dos mil siete. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA DEL MORDAZA MORDAZA Presidente del Consejo de Ministros

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PODER EJECUTIVO PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS
Autorizan viaje de la Ministra de Justicia y Asesora a Uruguay, y encargan el Despacho del Ministerio de Justicia a la Ministra de la Mujer y Desarrollo Social
RESOLUCION SUPREMA N° 216-2007-PCM
MORDAZA, 29 de octubre de 2007 VISTOS, los documentos de fecha 25 de setiembre y 10 de octubre de 2007, cursados por el Secretario General de la Conferencia de Ministros de Justicia de los Paises Iberoamericanos y por el Embajador - Secretario de Asuntos Economicos del Ministerio de Relaciones Exteriores, respectivamente; y CONSIDERANDO: Que, el Embajador - Subsecretario de Asuntos Economicos del Ministerio de Relaciones Exteriores comunica a este Ministerio que se ha convocado a una Reunion de Ministros de Justicia, que estara precedida por el XCIV Encuentro de la Comision Tecnica de la Reunion de Ministros de Justicia del MERCOSUR y Estados Asociados, que se llevara a cabo los dias 12 y 13 de noviembre de 2007, en la MORDAZA de Punta del Este, Montevideo - Uruguay; Que, asimismo, el Secretario General de la Conferencia de Ministros de Justicia de los Paises Iberoamericanos ha formulado invitacion a la Titular del Ministerio de Justicia, para que asista a la XV Conferencia de Ministros de Justicia Iberoamericanos los dias 13 y 14 de noviembre de 2007, asi como al Tercer Encuentro de Iberred, que se realizara el dia 15 de noviembre de 2007, en la precitada ciudad; Que, las Reuniones de Ministros de Justicia Iberoamericanos tienen como principal objetivo estudiar y promover el establecimiento de formas de cooperacion en materia juridica entre los paises iberoamericanos; Que, en los mencionados eventos se va a intercambiar criterios asi como perspectivas para profundizar y avanzar en el estado de derecho y la plena vigencia de los derechos humanos; los mismos que constituyen objetivos del Sector Justicia conforme lo dispuesto en el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Justicia - MINJUS, aprobado por Decreto Supremo N° 019-2001JUS; Que, en este contexto, resulta conveniente autorizar el viaje de la Titular de Justicia y de la senora abogada Dery MORDAZA Robalino MORDAZA, Asesora de la Alta Direccion; siendo asimismo necesario encargar la Cartera del Sector; Que, con Oficio N° 912-2007-JUS/OGED-OPRE, el Director General Adjunto de la Oficina de Economia y Desarrollo, senala que los gastos por concepto de pasajes aereos seran asumidos por la Republica Oriental de Uruguay, y que los gastos por conceptos de viaticos

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