Norma Legal Oficial del día 30 de octubre del año 2007 (30/10/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 22

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NORMAS LEGALES
CONSIDERANDO:

El Peruano MORDAZA, martes 30 de octubre de 2007

2. Tuberculos, raices, tallos, hortalizas y legumbres: Manipulaciones simples destinadas a asegurar la conservacion de los productos en su estado natural; operaciones de MORDAZA o limpieza, zarandeo; seleccion y clasificacion; refrigerado; envase sin preservantes y embalaje; la aplicacion de MORDAZA, etiquetas o signos distintivos similares directamente en el producto. No incluye: - Secado, desecado, deshidratado, trozado, molienda, picado, pelado, chancado y congelado. - Elaboracion de harinas, almidones, semola, polvo y similares. - Procesamiento de desechos para forrajes. - Extraccion, preservacion y envasado de jugos. - Concentrado de tomates y otras hortalizas. - Otros procesos aplicados a raices.

3. Frutales: Manipulaciones simples destinadas a asegurar la conservacion de los productos en su estado natural; operaciones de MORDAZA o limpieza, zarandeo; seleccion y clasificacion; envases sin preservantes y embalaje; refrigerado; la aplicacion de MORDAZA, etiquetas o signos distintivos similares directamente en el producto; y la aplicacion de aceite o cera para proteger o mejorar la MORDAZA del producto.

No incluye: - Secado, desecado, deshidratado, trozado, molienda, enmelazado, picado, pelado, chancado, congelado y otros procesos aplicados a frutas. - Elaboracion de harinas, semola, polvo y similares. - Procesamiento de desechos de frutales para forrajes. - Extraccion, preservacion y envasado de jugos de frutas.

4. Floricultura: Manipulaciones simples destinadas a asegurar la conservacion de los productos en su estado natural; operaciones de corte, limpieza, envase sin preservantes, embalaje y refrigerado. No incluye: - Molienda, picado, pelado, chancado, y secado.

B. No se consideran procesos primarios a las siguientes actividades: - Desmotado y prensado de algodon. - Descascarado, fermentado, clasificacion, tostado y molienda de cafe, cacao y otras semillas. - Curado y clasificacion de hojas de tabaco y de te. - Enriado y maceracion de fibras vegetales. - Tratamiento y envasado de plantas medicinales. - Extraccion del jugo de la cana de azucar. - Fabricacion y refinacion de azucar. - Elaboracion de chancaca. - Fabricacion de embalajes, de maderas tales como cajones, jabas y similares para transporte de productos agrarios. - La produccion de esteras, tapetes y otros productos de MORDAZA, cana, totora, paja, hinea, mimbre y similares. - Fabricacion y envasado de nueces azucaradas, salado y confitado de castanas, pecanas, maranon o cashio y otros productos forestales. - Malteado de cebada y otros granos. - Secado de cochinilla. - Preparacion, tratamiento y envasado de plantas ornamentales forestales. - Concentracion del caucho o jebe natural, oje, leche caspi y otras gomas y resinas naturales forestales de uso industrial. - Elaboracion, fabricacion de alimentos balanceados.

Que, mediante Decreto Supremo Nº 054-2002EF, se aprobo el Texto Unico de Procedimientos Administrativos - MORDAZA del Ministerio de Economia y Finanzas que fue modificado por el Decreto Supremo Nº 039-2004-EF; Que, a traves de las Leyes Nºs. 28389 y 28449 se modifico los Articulos 11º, 103º y la Primera Disposicion Final y Transitoria de la Constitucion Politica del Peru y se establecio las nuevas reglas del regimen de pensiones del Decreto Ley Nº 20530, respectivamente; Que, asimismo mediante la Ley Nº 29060, Ley del Silencio Administrativo se modifican los supuestos de los procedimientos sujetos al procedimiento administrativo positivo, reduciendo el ambito de aplicacion del silencio administrativo negativo, a fin de ofrecer una mejor atencion de los procedimientos y no obstaculizar el ejercicio de los derechos de los ciudadanos; Asimismo establece que, en caso de que se venza el plazo para que opere el silencio administrativo positivo, los administrados podran presentar una Declaracion Jurada ante la propia entidad, y que dicho documento configura prueba suficiente de la resolucion aprobatoria ficta de la solicitud o tramite iniciado; Que, el numeral 7 de la Primera Disposicion Complementaria Transitoria de los lineamientos para elaboracion y aprobacion de MORDAZA y establecen disposiciones para el cumplimiento de la Ley del Silencio Administrativo, aprobado por el Decreto Supremo Nº 079-2007-PCM, dispone que solo se podra aprobar por Resolucion Ministerial las modificaciones que simplifiquen procedimientos, asi como toda modificacion que no implique la creacion de nuevos procedimientos, incrementos de derechos o requisitos; Que, como consecuencia de las disposiciones legales senaladas en los considerandos precedentes, es necesario modificar el Texto Unico de Procedimientos Administrativos MORDAZA del Ministerio de Economia y Finanzas, en lo concerniente a los procedimientos: Aprobacion de Donacion inafectas al IGV a favor de entidades y dependencias del Sector Economia y Finanzas y Gobiernos Regionales y Locales; Calificacion a entidades sin fines de lucro como entidades perceptoras de Donaciones; Pension de cesantia; Pension de sobrevivientes viudez; Pension de sobrevivientes orfandad; Pension de sobrevivientes ascendientes; Duplicado de Resolucion que otorga derechos pensionarios y Rectificacion de la Resolucion por error material y Acceso a la informacion que produzca o posea el Ministerio de Economia y Finanzas, a efecto de precisar los requisitos, reducir tiempos, pasos y costos, entre otros; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Legislativo Nº 560, Ley del Poder Ejecutivo; Ley Nº 29060 Ley del Silencio Administrativo y la Resolucion Vice Ministerial Nº 148-99-EF/13.03 que aprueba el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Economia y Finanzas y sus modificatorias; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Modificar los procedimientos consignados con los numerales 01,02,03,05,06,07,08,09 y 11 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos MORDAZA del Ministerio de Economia y Finanzas, aprobado por el Decreto Supremo Nº 039-2004-EF, el mismo que forma parte integrante de la presente Resolucion. Articulo 2º.- El Texto Unico de Procedimientos Administrativos MORDAZA del Ministerio de Economia y Finanzas, con las modificaciones dispuestas en la presente Resolucion, se difundira en la pagina Web del MEF, despues de haberse publicado en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA UGARTE Ministro de Economia y Finanzas

126150-19

Modifican diversos procedimientos consignados en el MORDAZA del Ministerio
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 649-2007-EF/43
MORDAZA, 25 de octubre de 2007

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