Norma Legal Oficial del día 30 de octubre del año 2007 (30/10/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 24

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Nº de Orden REQUISITOS PAGO DE DERECHO DE TRAMITACION

PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS

CALIFICACION DEL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO DEPENDENCIA AUTORIDAD DONDE SE INICIA EL QUE APRUEBA TRAMITE EL TRAMITE

AUTORIDAD COMPETENTE PARA RESOLVER LOS RECURSOS ADMINISTRATIVOS

D.S. Nº 122-94-EF Reglamento de la Ley del Impuesto a la Renta numeral 2.1 del Inc. s) del Art. 21º, publicado el 21/09/94 y normas complementarias y modificatorias.

5. MORDAZA literal de la partida o ficha de inscripcion en el Registro de Personas Juridicas de los Registros Publicos, expedida con la antiguedad no mayor a tres (3) meses a la fecha de MORDAZA de la solicitud.

6. Declaracion Jurada suscrita por el representante legal de la entidad sin fines de lucro en la cual declare que no distribuye directa o indirectamente las rentas generadas por la entidad, las mismas que deben se destinadas a sus fines especificos.

1/. Para efectos del presente se entendera por Ley al TUO de la Ley del Impuesto a la Renta aprobado por D.S. 179-2004-EF y normas modificatorias. 2/ La clausula disolutoria no es exigible a Entidades e Instituciones Extranjeras de Cooperacion Tecnica Internacional (ENIEX) constituidas en el extranjero, ni a las Universidades Privadas constituidas bajo la forma juridica a que se refiere el art. 6º de a Ley Nº 23733, Ley Universitaria en tanto cumplan con los requisitos senalados en dicho dispositivo. Tampoco sera exigible la clausula disolutoria a las asociaciones religiosas, siempre que su Estatuto se encuentre aprobado por la correspondiente autoridad eclesiastica. Gratuito Procedimiento de La via de recepcion Evaluacion Previa sujeto a es el Area de Mesa de Silencio Administrativo Partes y Archivo del Ministerio NEGATIVO (15 dias) Jefe de la Oficina de Personal

03

Pension de Cesantia 1/

1. Solicitud dirigida al Jefe de la Oficina de Personal. (Formulario Nº 1)

D.L. Nº 20530, Arts. 4º,5º y 12º. Ley Nº 28449 Arts. 2º, 3º, 5º y 6º, publicada el 30/12/2004

2. MORDAZA del DNI vigente, autenticado por el Fedatario de la entidad.

El recurso de Reconsideracion es resuelto por el Jefe de la Oficina de Personal. (Primera Instancia) El recurso de Apelacion es resuelto por el Jefe de la Oficina General de Administracion. (Segunda Instancia con la cual se agota la via administrativa) Jefe de la Oficina de Personal El recurso de Reconsideracion es resuelto por el Jefe de la Oficina de Personal. (Primera Instancia)

05 Gratuito

Pension de Sobrevivientes Viudez. 1/

1. Solicitud del conyuge sobreviviente y/o de su representante legal dirigida al Jefe de la Oficina de Personal. (Formulario Nº1)

D.L. Nº 20530, Arts. 25º, 32º y 33º modificado 2. MORDAZA simple del DNI vigente del recurrente. por el Art. 7ºde la Ley Nº 28449 publicada el 30/12/2004

Procedimiento de La via de recepcion Evaluacion Previa sujeto a es el Area de Mesa de Silencio Administrativo Partes y Archivo del Ministerio

NORMAS LEGALES

3. Acta de Defuncion del causante en original o MORDAZA autenticada por el Fedatario de la entidad.

NEGATIVO (07 dias)

4. Partida de Matrimonio emitida con posterioridad al fallecimiento del causante en MORDAZA certificada expedida por la Municipalidad respectiva.

5. Declaracion Jurada del recurrente indicando lo siguiente:

El recurso de Apelacion es resuelto por el Jefe de la Oficina General de Administracion. (Segunda Instancia con la cual se agota la via administrativa)

- Si percibe remuneracion o pension del Sector Publico, senalando por cual de ellas percibira los incrementos de ley. - Si permanece en estado de viudez. - Si cuenta con hijos menores de edad, adoptivosy/o incapacitados

D.L. Nº 20530, Arts. 25º, 32º Inc. c), modificado por el Art. 7º de la Ley Nº 28449 publicada el 30/12/2004

* En caso de ser hombre el beneficiario: Declaracion Jurada del conyuge sobreviviente indicando encontrarse incapacitado para subsistir por si mismo, carecer de renta o ingresos superiores al monto de la pension o no estar amparado por algun Sistema de Seguridad Social.

D.L. Nº 20530, Arts. 25º, 32º Inc. d), modificado por el Art. 7º de la Ley Nº 28449 publicada el 30/12/2004

* En caso de que el conyuge sobreviviente sea invalido: - Dictamen de la Comision Medica del Seguro Social de Salud ESSALUD o del Ministerio de Salud.

El Peruano MORDAZA, martes 30 de octubre de 2007

D.L. Nº 20530, Arts. 25º, 34º y 35º, modificado por el Art. 7º de la Ley Nº 28449 publicada el 30/12/2004

* En caso de concurrir con hijos menores de edad: - Partida de Nacimiento vigente de cada hijo menor de edad original o MORDAZA autenticada por el Fedatario de la entidad.

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