Norma Legal Oficial del día 30 de octubre del año 2007 (30/10/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 23

TEXTO UNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS

ORGANISMO : Ministerio de Economia y Finanzas DEPENDENCIA : Despacho Ministerial

El Peruano MORDAZA, martes 30 de octubre de 2007

Nº de Orden REQUISITOS PAGO DE DERECHO DE TRAMITACION

PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS

CALIFICACION DEL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO DEPENDENCIA AUTORIDAD DONDE SE INICIA EL QUE APRUEBA TRAMITE EL TRAMITE

AUTORIDAD COMPETENTE PARA RESOLVER LOS RECURSOS ADMINISTRATIVOS El recurso de Reconsideracion es resuelto por el Ministro

01 Gratuito La via de recepcion es el Area de Mesa de Partes y Archivo del Ministerio Ministro Procedimiento de Evaluacion Previa sujeto a Silencio Administrativo NEGATIVO (15 dias habiles)

Aprobacion de Donaciones inafectas al IGV 1 Oficio o carta dirigida al Ministro con caracter de declaracion jurada solicitando aprobacion de la Donacion, identificando al donante, su domicilio, lugar de origen o procedencia de la donacion, finalidad, destino de la donacion, a favor de entidades y dependencias del indicacion de la Aduana por la que se realizara el tramite de despacho de la donacion, asi como si se trata de Sector Economia y Finanzas y Gobiernos mercancias restringidas. Regionales y Locales. 2. Carta o certificado de Donacion, suscrita por el titular o representante legal del donante, en la que conste la voluntad de efectuar la donacion, lugar de origen o procedencia, descripcion detallada de los bienes a ser donados, estado de los mismos, cantidad, peso aproximado, valor monetario estimado y destino de la misma. En caso de donaciones provenientes del exterior, dichos documentos deberan ser legalizados por el Consul del Peru que corresponda, asi como por la Direccion de Legalizaciones del Ministerio de Relaciones Exteriores.

D.S. Nº 055-99-EF publicado el 15/04/99 y sus modificatorias.

3. Documento de embarque (Guia Aerea, Conocimiento de Embarque, Carta Porte, Conocimiento Terrestre, etc.)

4. Resolucion o Acuerdo de Concejo Regional o Municipal, de corresponder, mediante el cual acepta la donacion.

D.S. Nº 041-2004-EF Reglamento de la Inafectacion del IGV e ISC a las donaciones Art. 4º publicado el 26/03/2004 1/

NORMAS LEGALES

Ley Nº 28514, Ley que prohibe la importacion de ropa y calzado usado, publicada el 23/05/2005

5. Declaracion Jurada en la cual se decriba los bienes donados, su cantidad, peo y valor de ser el caso. 6. Opinion Tecnica favorable del Sector correspondiente, si se trata de medicinas alimentos, equipos de comunicacion, vehiculos de transporte y equipos medicos. 7. Certificado de conformidad del ingreso al MORDAZA de la ropa y calzado usado donado con fines sociales, otorgado por la Agencia Peruana de Cooperacion Internacional APCI

D.S. Nº 024-2005-PRODUCE, Aprueba Reglamento de la Ley Nº 28514, Art. 6º, publicado el 27/09/2005 Gratuito Procedimiento de La via de recepcion Evaluacion Previa sujeto a es el Area de Mesa de Silencio Administrativo Partes y Archivo del Ministerio NEGATIVO (20 dias habiles) Ministro El recurso de Reconsideracion es resuelto por el Ministro

02

Calificacion a entidades sin fines de lucro como entidades perceptoras de Donaciones

1. Carta dirigida al Ministro solicitando calificacion como entidad perceptora de Donaciones para los fines dispuestos en el Inc. x) del Art. 37º e Inc. b) del Art. 49º de la Ley . 1/

2. MORDAZA del comprobante de informacion registrada de la SUNAT conteniendo el Registro Unico de Contribuyente (RUC).

R.M. Nº 240-2006-EF/15 Disposiciones para 3. MORDAZA de la Resolucion de la SUNAT que declara procedente la inscripcion o la actualizacion de inscripcion en el la calificacion como entidades perceptoras de Registro de Entidades Exoneradas del Impuesto a la Renta. donaciones y su renovacion de entidades sin - Este requisito no sera exigible a las Universidades Privadas constituidas bajo la forma juridica a que se refiere el Art. fines de lucro. Art. 2º, publicada el 11/05/2006. 6º de la Ley Nº 23733, Ley Universitaria, en tanto cumplan con los requisitos que senala dicho dispositivo.

D.S. Nº 179-2004-EF y normas modificatorias, TUO de la Ley del Impuesto a la Renta Inc. x) del Art. 37º y b) del Art. 49º, publicado el 08/12/2004.

4. MORDAZA del Testimonio de la Escritura Publica de constitucion o del instrumento de constitucion y de sus aclaraciones o modificaciones que se hubieren efectuado, el cual debera disponer que: - Su objeto social comprende uno o varios de los fines considerados en los incisos x) del Art. 37º y b) del Art. 49º de la Ley. - Su patrimonio, en caso de disolucion, se destinara a fines iguales o semejantes a los establecidos en los citados incisos. 2/

356265

1/ Vigente en tanto se apruebe el Reglemento de la Ley Nº 28905

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