Norma Legal Oficial del día 15 de septiembre del año 2007 (15/09/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 82

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, sabado 15 de setiembre de 2007

mediante Memorando Nº 135-2007-INGEMMET/OSI de fecha 26 de MORDAZA de 2007; Que, mediante el Informe Tecnico Nº 001-2007INGEMMET/OSI/ERA la Oficina de Sistemas de Informacion da cuenta que tratandose de la renovacion de un servicio de soporte y actualizacion, estamos ante un servicio unico, de acuerdo a lo establecido en la Ley Nº 28612; debiendose considerar ademas que el servicio a contratar no constituye la adquisicion de MORDAZA software para la Institucion, sino la renovacion de servicios de soporte tecnico respecto del cual existe proveedor exclusivo que no admite sustituto; Que, mediante Memorando Nº 168-2007-INGEMMET/ SG del 22 de agosto de 2007, la Secretaria General senala que Sistemas Oracle del Peru S.A. ha remitido su propuesta de actualizacion de soporte para las licencias del INGEMMET, la misma que asciende a la suma total de S/.51,215.46, incluido IGV; Que, mediante Informe Nº 018-2007-INGEMMETSG-OAJ de fecha 29 de agosto de 2007, la Oficina de Asesoria Juridica es de opinion que resulta procedente la exoneracion del MORDAZA de seleccion para la contratacion del servicio "Renovacion de soporte tecnico ORACLE", previsto en el Plan Anual de Contrataciones y Adquisiciones del ano 2007, la que se debe realizar mediante Resolucion de Presidencia; Que, al respecto el inciso e) del articulo 19º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM, establece que estan exonerados de los procesos de seleccion, las adquisiciones y contrataciones que se realicen cuando los bienes o servicios no admiten sustitutos y exista proveedor unico. La exoneracion se aprueba mediante Resolucion del Titular del Pliego de la Entidad, requiere obligatoriamente de un informe tecnico-legal y sera publicada en el Diario Oficial El Peruano. MORDAZA de dicha Resolucion y los informes que la sustentan deben remitirse a la Contraloria General de la Republica y al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, bajo responsabilidad dentro de los diez dias habiles siguientes a la fecha de su aprobacion; Que, el articulo 5º de la Ley Nº 28612 - "Ley que MORDAZA el uso, adquisicion y adecuacion del software en la Administracion Publica", establece que el uso o adquisicion de licencias de software en la administracion publica requiere del Informe Previo de Evaluacion de la Oficina de Informatica, que determine el MORDAZA de licencia de software que resulte mas conveniente para atender el requerimiento formulado. El Informe debe contener, bajo responsabilidad, un analisis comparativo de valores de MORDAZA, asi como de los costos y beneficios en el corto, mediano y largo plazo de las licencias existentes. En el caso de existir un solo MORDAZA de software, el Informe se limitara a certificar este hecho; Que, en el presente caso, el Informe Tecnico Nº 0012007-INGEMMET/OSI/ERA, de la Oficina de Sistemas de Informacion, sobre servicio unico de renovacion de soporte tecnico de productos Oracle, cumple lo establecido en la Ley Nº 28612; considerando ademas que el servicio a contratar no constituye la adquisicion de MORDAZA software para la Institucion, sino la renovacion de servicios de soporte tecnico respecto del cual existe proveedor exclusivo que no admite sustituto; Que, en consecuencia se encuentra objetivamente acreditada la causal de exoneracion tipificada en el literal e) del articulo 19º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM; De conformidad con lo establecido en el inciso e) del Articulo 19º y el Articulo 20º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM, y los Articulos 146º, 147º y 148º de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM; Con los visados de la Secretaria General y Oficinas de Asesoria Juridica, Administracion y Sistemas de Informacion; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar la exoneracion del MORDAZA de seleccion para la contratacion del servicio "Renovacion

de soporte tecnico ORACLE" previsto en el Plan Anual de Contrataciones y Adquisiciones del ano 2007, por un monto de S/. 51,215.46 (Cincuenta y Un Mil Doscientos Quince con 46/100 Nuevos Soles), incluido el Impuesto General a las Ventas, por un periodo de doce (12) meses, con cargo a la Fuente de Financiamiento Recursos Directamente Recaudados. Articulo 2º.- Encargar a la Unidad de Logistica de la Oficina de Administracion llevar a cabo las acciones inmediatas, a fin de contratar el servicio respectivo. Articulo 3º.- Encargar a la Oficina de Administracion comunique el contenido de la presente resolucion y los Informes que la sustentan a la Contraloria General de la Republica y al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado - CONSUCODE dentro del plazo de diez (10) dias habiles siguientes a la fecha de su aprobacion, publicando la presente resolucion en el Diario Oficial El Peruano en el plazo legal, en la pagina web de la entidad y en el SEACE. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente del Consejo Directivo INGEMMET 108002-1

Disponen la publicacion de concesiones mineras cuyos titulos fueron aprobados en el mes de agosto de 2007
RESOLUCION DE PRESIDENCIA Nº 090-2007-INGEMMET/PCD MORDAZA, 10 de setiembre de 2007 CONSIDERANDO: Que, por Decreto Supremo Nº 008-2007-EM se aprueba la fusion del Instituto Nacional de Concesiones y Catastro Minero ­ INACC con el Instituto Geologico Minero y Metalurgico ­ INGEMMET, correspondiendole al Instituto Geologico, Minero y Metalurgico ­ INGEMMET la calidad de entidad incorporante; Que, mediante Decreto Supremo Nº 035-2007-EM del 5 de MORDAZA del 2007, se aprobo el Reglamento de Organizacion y Funciones del Instituto Geologico, Minero y Metalurgico ­ INGEMMET; Que, de conformidad con lo dispuesto en el articulo 124 del Texto Unico Ordenado de la Ley General de Mineria, aprobado por Decreto Supremo Nº 014-92-EM, el Instituto Nacional de Concesiones y Catastro Minero - INACC, publicara mensualmente en el Diario Oficial El Peruano, por una sola vez, la relacion de concesiones mineras cuyos titulos hubieran sido aprobados en el mes anterior; Con la visacion de la Direccion de Concesiones Mineras y de la Oficina de Asesoria Juridica; De conformidad con lo dispuesto por el articulo 124 del Texto Unico Ordenado de la Ley General de Mineria, aprobado por Decreto Supremo Nº 014-92-EM; y, el articulo 24 del Decreto Supremo Nº 018-92-EM; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Publiquese en el Diario Oficial El Peruano las concesiones mineras cuyos titulos fueron aprobados en el mes de agosto del 2007, de acuerdo a la relacion adjunta que es parte integrante de la presente resolucion y para los efectos a que se contraen los articulos 124 del Decreto Supremo Nº 014-92-EM y 24 del Decreto Supremo Nº 018-92-EM. Registrese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente del Consejo Directivo INGEMMET 108003-1

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