Norma Legal Oficial del día 02 de abril del año 2008 (02/04/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 60

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, miercoles 2 de MORDAZA de 2008

los servicios publicos locales y el desarrollo integral, sostenible y armonico de su circunscripcion; Que, el articulo 21º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado ­ Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM.- senala que se considera situacion de desabastecimiento inminente aquella situacion extraordinaria e imprevisible en la que la ausencia de determinado bien, servicio u obra compromete en forma directa e inminente la continuidad de las funciones, servicios, actividades u operaciones productivas que la Entidad tiene a su cargo de manera esencial. Dicha situacion faculta a la Entidad a la adquisicion o contratacion de los bienes, servicios u obras solo por el tiempo o cantidad, segun sea el caso, necesario para resolver la situacion y llevar a cabo el MORDAZA de seleccion que corresponda. Que, el articulo 141º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado - Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, senala que la situacion de desabastecimiento inminente se configura en los casos senalados en el articulo 21º de la Ley; no encontrandose comprendidas entre estas las adquisiciones o contrataciones para cubrir necesidades complementarias y administrativas de la entidad. La necesidad de los bienes, servicios u obras debe ser actual y urgente para atender los requerimientos inmediatos, no pudiendose invocar la existencia de una situacion de desabastecimiento inminente en supuestos como en via de regularizacion, por periodos consecutivos y que excedan el lapso del tiempo requerido para paliar la situacion y para satisfacer necesidades anteriores a la fecha de aprobacion de la exoneracion al MORDAZA de seleccion; Que, la Oficina de Abastecimiento mediante el Informe Nº 001-2008-ABAST/MDPN, senala que existe desabastecimiento de Insumos para el Programa del Vaso de Leche, que esta afectando la normal atencion a los Beneficiarios del Programa, debido a que las Empresas con las cuales se suscribio el Contrato de Suministro en el ano 2007 han manifestado que no se encuentran en posibilidades de suscribir el contrato complementario a que se refiere el articulo 236º del Reglamento del TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones de Estado con los mismos precios del 2007; y toda vez que la Contraloria General de la Republica mediante comunicacion dirigida a esta Municipalidad habria senalado sobre la obligatoriedad de atender a la totalidad de beneficiarios del Programa del Vaso de Leche los 365 dias del ano con una racion que cumpla con los Valores Nutricionales establecidos en la MORDAZA que regula el Programa del Vaso de Leche, que ademas como es conocimiento publico los productos que conforman los Programas sociales como la leche, quinua, MORDAZA, etc. han sufrido considerables incrementos de precios con respecto al ano pasado lo que obliga a que se reformule la composicion de la racion a entregar que cumpla con lo senalado en las normas que regulan el Programa del Vaso de Leche que permitan atender la totalidad de beneficiarios los 365 dias del ano; formula que habria sido aprobada recientemente al haberse estado realizando las coordinaciones necesarias con las representantes del Programa del Vaso de Leche y el Comite de Administracion del Programa del Vaso de Leche, motivo por el cual no se habria atendido los meses de enero y febrero del presente ano. Que, da cuenta el Informe de la Oficina de Abastecimiento que realizar el MORDAZA de Seleccion correspondiente demoraria un aproximado de (60) dias teniendo en cuenta la eventual MORDAZA de recursos impugnativos o elevacion de observaciones no acogidas ante el CONSUCODE y que en consecuencia al no haberse abastecido de los productos en los meses de enero y febrero es necesario realizar una compra por exoneracion por Ciento (120) Dias a fin de garantizar el abastecimiento de los Insumos que componen el Programa del Vaso de Leche; Que, asi mismo el Informe Nº 001-2008-ABAST/ MDPN indica que la adquisicion de Insumos para el Programa del Vaso de Leche por un periodo de 120 dias seria de 23,872.7657 Tarros de leche de 410 grs. c/u por un importe de S/. 52,042.63 y 16,217.5888 Kgs. de hojuela de Quinuavena enriquecida por un Monto de S/. 60,005.08 haciendo un Total de S/. 112,047.71 y debera hacerse de acuerdo a lo normado en el articulo 20º y 21º del Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM; Que, la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, senala que en el Presupuesto Inicial de Apertura aprobado mediante

el Acuerdo de Concejo Nº 027-2007/MDPN, se ha previsto un importe de S/. 336,632.00 y que dicho importe esta orientado a la atencion de Insumos para el Programa del Vaso de Leche; que de aprobarse la exoneracion se estaria afectando la Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios; Que, la Oficina de Asesoria Juridica mediante el Informe Nº 10-2008/AJ , en virtud a las opiniones vertidas, lo senalado en el Informe Nº 001-2008-ABAST/ MDPN y conforme al articulo 20º inciso c) del Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM, opina que corresponde al Concejo Municipal aprobar la exoneracion del MORDAZA de adquisicion de combustible por desabastecimiento inminente; En uso de las facultades conferidas en el articulo 9º de la Ley Organica de Municipalidades - Ley Nº 27972, el Concejo por Unanimidad y con dispensa del tramite de lectura y aprobacion del Acta; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Declarar en desabastecimiento inminente el suministro de Insumos para el Programa del Vaso de Leche de la Municipalidad de Distrital de Pueblo MORDAZA, por el plazo MORDAZA de Ciento Veinte (120) dias o hasta que se suscriba el MORDAZA contrato de suministro con la o las empresas que se adjudiquen la Buena Pro en el MORDAZA de Seleccion correspondiente, lo que ocurra primero, de conformidad con el literal c) del articulo 19º de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado - Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM. Articulo Segundo.- Exonerar del MORDAZA de seleccion correspondiente para la adquisicion de Insumos para el Programa del Vaso de Leche, hasta por un Monto Total de S/. 112,047.71 y por un periodo de 120 dias con cargo a la Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios segun el detalle siguiente: a) 23,872.7657 Tarros de Leche por 410 grs. por un Importe de S/. 52,042.63 b) 16,217.5888 Kgs. de quinuavena enriquecida por un Importe de S/. 60,005.08 Articulo Tercero.- Encargar a la Oficina de Abastecimiento llevar a cabo las acciones inmediatas a fin de contratar el suministro respectivo y a la Gerencia Municipal se determine las responsabilidades a que hubiera lugar a fin de dar inicio de las acciones que correspondan, de acuerdo al articulo 47º de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado. Articulo Cuarto.- Encargar a la Secretaria de la Municipalidad comunique el contenido del presente acuerdo y los Informes Tecnico y Legal a la Contraloria General de la Republica y al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado dentro del plazo de diez (10) dias siguientes a la fecha de su aprobacion, ademas de publicar el presente Acuerdo en el Diario Oficial El Peruano en el plazo legal, asi como las demas acciones correspondientes de acuerdo a ley. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 181828-1

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE RAPAYAN
Declaran en situacion de urgencia la ejecucion de la obra "Construccion del Alcantarillado Pluvial y Pavimentado de las Calles de Rapayan III Etapa"
ACUERDO DE CONCEJO MUNICIPAL Nº 003-2008-MDR Rapayan, 28 de marzo del 2008

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