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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 02 DE ABRIL DEL AÑO 2008 (02/04/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 54

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 2 de abril de 2008 369856 plazos de obligatoriedad de pago como de la presentación del formato de Actualización de Datos así como de los incentivos a los contribuyentes, con el afán de poder brindarles a los mismos, las más amplias facilidades para su cumplimiento; Estando a lo dictaminado, de conformidad con lo dispuesto con los numerales 8) y 9) del Artículo 9º de la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de las Municipalidades, con dispensa del trámite de Aprobación del Acta y POR UNANIMIDAD, el Concejo Distrital de Los Olivos aprobó la siguiente: ORDENANZA Nº 297-CDLO QUE AMPLIA LAS FECHAS DE VENCIMIENTO DE PAGO PARA EL PRIMER TRIMESTRE DEL IMPUESTO PREDIAL Y ARBITRIOS MUNICIPALES, PRESENTACION DE LA DECLARACION JURADA DE ACTUALIZACION DE DATOS E INCENTIVOS POR PAGO ANUAL DE LOS ARBITRIOS 2008 Artículo Primero.- PRORROGAR hasta el 30 de abril del presente ejercicio el descuento del diez (10%) por pago anual de los Arbitrios Municipales de Limpieza Publica, Parques y Jardines y Serenazgo 2008, así como el descuento del dos (2%) por la opción de pago del primer trimestre. Artículo Segundo.- PRORROGAR hasta el 30 de abril del presente ejercicio el vencimiento de pago anual del Impuesto Predial, así como de la primera cuota del mismo. Así mismo el vencimiento de pago del Primer Trimestre de los Arbitrios Municipales de Limpieza Publica, Parques y Jardines y Serenazgo 2008. Artículo Tercero.- PRORROGAR hasta el 30 de abril del presente ejercicio la fecha de presentación de la Declaración Jurada de Actualización de Datos (FAD) para el ejercicio 2008 por parte de los contribuyentes con carácter de obligatoriedad. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la SUB GERENCIA DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Ordenanza, a la SUB GERENCIA DE INVESTIGACIÓN Y DESARROLLO DE TICs, su debida implementación en el sistema informático, a la OFICINA DE SECRETARIA GENERAL su publicación y a la OFICINA DE PRENSA E IMAGEN INSTITUCIONAL su difusión. POR TANTO:Mando se registre, publique y cumpla.FELIPE B. CASTILLO ALFARO Alcalde 182430-2 MUNICIPALIDAD DE SAN JUAN DE MIRAFLORES Prorrogan vigencia de la Ordenanza Nº 00054-2007-MDSJM DECRETO DE ALCALDÍA Nº 000003-2008-MDSJM-A San Juan de Mirafl ores, 28 de marzo del 2008 EL CONCEJO MUNICIPAL DE SAN JUAN DE MIRAFLORES: VISTO; el expediente Nº 5971-2008 presentado en fecha 3 de marzo del 2008 por el Frente Único de Desarrollo de la Nueva Rinconada – FUDESUR, el Memorándum Nº 0501-2008-GM/MDSJM de la Gerencia Municipal, el Informe Nº 035-2008-GDS-MDSJM de la Gerencia de Desarrollo Social, el Informe Nº 292-2008-MDSJM/GDS-SGPC de la Sub Gerencia de Participación Ciudadana, y el Informe Nº 402-2008-MDSJM-GAJ de la Gerencia de Asesoría Jurídica con relación al pedido de prórroga de vigencia de la Ordenanza Nº 00054-2007-MDSJM; CONSIDERANDO: Que, mediante Ordenanza Nº 00054-2007-MDSJM publicada en el Diario Ofi cial El Peruano en fecha 9 de Enero del 2008 se regula la simplifi cación del proceso de expedición de constancias de posesión y reducción de costos para los pobladores comprendidos en la Ley de Desarrollo y Complementaria de Formalización de la Propiedad Informal, Acceso al Suelo y Dotación de Servicios Básicos por 60 días hábiles; Que, mediante expediente Nº 5971-2008 presentado en fecha 3 de marzo del 2008 por el Frente Único de Desarrollo de la Nueva Rinconada – FUDESUR solicita se amplíe la vigencia de la Ordenanza señalada en el párrafo anterior por convenir a sus intereses; Que, mediante Informe Nº 292-2008-MDSJM/GDS- SGPC de la Sub Gerencia de Participación Ciudadana indica que es pedido de muchos vecinos del distrito sobre todo los que se encuentran ubicados en las zonas periféricas y que están en proceso de formalización y gestionando la instalación de los servicios básicos en sus zonas, por lo que a tenor de lo señalado en el Artículo tercero de la Ordenanza Nº 00054-2007-MDSJM la cual se encuentra aún en vigencia es posible su prórroga por parte del Despacho de Alcaldía; De conformidad con lo dispuesto con los artículos 20º inciso 6) de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972; DECRETA: Artículo 1º.- PRORROGAR la vigencia de la Ordenanza Nº 00054-2007-MDSJM de fecha 22 de Diciembre del 2007 y publicada en el Diario Ofi cial El Peruano el 9 de enero del 2008 por 60 días hábiles más, contados a partir del 5 de abril del 2008. Artículo 2º.- ENCARGAR el cumplimiento del presente Decreto a la Gerencia Municipal y a la Gerencia de Desarrollo Social. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.EDILBERTO LUCIO QUISPE RODRIGUEZ Alcalde 181891-1 MUNICIPALIDAD DE SAN MIGUEL Disponen celebración del Matrimonio Civil Comunitario del Año 2008 ORDENANZA Nº 150/MDSM San Miguel, 18 de marzo de 2008 EL ALCALDE DISTRITAL DE SAN MIGUEL POR CUANTO:El Concejo Municipal en Sesión Ordinaria celebrada en la fecha; CONSIDERANDO:Que, es política de la Municipalidad Distrital de San Miguel, promover el matrimonio como Institución Social y Jurídica, entre aquellas parejas que se encuentran en condición de contraer matrimonio civil, a efectos de contribuir a la consolidación de la familia como célula básica de la sociedad; Que, en ese sentido, resulta pertinente que esta Administración brinde a los vecinos de San Miguel las facilidades necesarias para formalizar su estado civil, disponiendo la celebración del “Matrimonio Civil Comunitario del año 2008”, teniendo en cuenta los procedimientos, formalidades y prerrogativas concedidas a los Alcaldes, dispuestas en el Artículo 248° y siguientes del Código Civil;