Norma Legal Oficial del día 02 de abril del año 2008 (02/04/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 52

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, miercoles 2 de MORDAZA de 2008

GOBIERNO REGIONAL DE MORDAZA DE MORDAZA
Declaran en situacion de emergencia el Local de la Institucion Educativa "Guillermo Billinghurst" de Puerto MORDAZA
ACUERDO DEL CONSEJO REGIONAL Nº 010-2008-RMDD/CR POR CUANTO El Consejo Regional del Gobierno Regional de MORDAZA de MORDAZA, en Sesion Extraordinaria llevada a cabo el 12 de marzo del 2008, aprobo el siguiente Acuerdo Regional. CONSIDERANDO: Que, el articulo 1º de la Constitucion Politica del Peru establece que la defensa de la persona humana y el respeto de su dignidad son el fin supremo de la Sociedad y del Estado. Que, el articulo 7 de la Constitucion Politica del Peru establece que todos tienen derecho a la proteccion de su salud, la del medio familiar y la de la comunidad, asi como el deber de contribuir a su promocion y defensa, entre otros. Asimismo, el articulo 44 del mismo cuerpo normativo senala entre varios deberes del Estado, el de garantizar la plena vigencia de los Derechos Humanos, proteger a la poblacion de las amenazas contra su seguridad y promover el bienestar general que se fundamenta en la justicia y en el desarrollo integral y equilibrado de la Nacion y de sus miembros. Que, el articulo 2 de la Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias, senala que los Gobiernos Regionales emanan de la voluntad popular, son personas de derecho publico, con autonomia politica, economica y administrativa en asuntos de su competencia, en concordancia con el articulo 15, inciso a) y articulo 39 de la precitada ley. Que, el articulo 61 de la Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias, prescribe las funciones que les corresponde a los Gobiernos Regionales en materia de Defensa Civil en el ambito de su jurisdiccion, referidas a organizar y ejecutar acciones de prevencion de desastres de las poblaciones que se puedan ver amenazadas. Que, la Institucion Educativa "Guillermo Billinghurst", ubicado en la Avenida MORDAZA MORDAZA s/n de Puerto MORDAZA, Distrito y Provincia de Tambopata, Region MORDAZA de MORDAZA, ha contribuido y viene contribuyendo con el desarrollo regional, con la formacion de estudiantes de nivel escolar, albergando en la actualidad aproximadamente 3,000 (tres mil) estudiantes, en sus tres turnos, en los niveles de primaria y secundaria. Que, mediante Oficio Nº 067-2008-GOREMAD/GGR, el Ing, MORDAZA MORDAZA MORDAZA De MORDAZA MORDAZA, Gerente General del Gobierno Regional, solicita la Declaracion en Situacion de Emergencia del local de la Institucion Educativa MORDAZA Billinghurst, como consecuencia de la antiguedad de su construccion, asi como por la falta de mantenimiento de sus instalaciones, mas aun teniendo en cuenta las condiciones precarias en las que se encuentra actualmente, afectado por las extremas condiciones climaticas de la region. Que, teniendo en cuenta el Informe Tecnico Legal Nº 013-2008-GOREMAD/DRAJ, de la Direccion Regional de Asesoria Juridica del Gobierno Regional de MORDAZA de MORDAZA, emitido en base al Informe Tecnico Nº 001-2008-ODNYDCMDD, de la Oficina de Defensa Nacional y Defensa Civil del Gobierno Regional de MORDAZA de MORDAZA, corroborado por el Informe Tecnico Nº 178-2008-GOREMAD/GRI, de la Gerencia Regional de Infraestructura que han calificado al local de la Institucion Educativa MORDAZA Billinghurst de Puerto MORDAZA, como uno de Alto Riesgo, el mismo que se encuentra en inminente riesgo de colapsar, clasificandose como una Situacion de Emergencia, por revestir un estado que supone grave peligro y riesgo para la MORDAZA y seguridad personal, especialmente de los estudiantes y profesores, generandose un estado de necesidad imperiosa de contar

con aulas que garanticen su seguridad. Consecuentemente se proceda a la Exoneracion del MORDAZA de Seleccion por la Causal de Situacion de Emergencia, para la Adquisicion de Bienes y Servicios y proceder a la ejecucion por administracion directa de la obra: "Mantenimiento de las Instalaciones de la Institucion Educativa MORDAZA Billinghurst" de Puerto Maldonado. Que, estando a lo informado, el Consejo Regional en pleno en sesion extraordinaria, luego del analisis y debate correspondiente, con el MORDAZA aprobatorio por unanimidad de los Consejeros Regionales ha considerado necesario dar viabilidad a la solicitud materia del presente y consecuentemente Declarar en Situacion de Emergencia el local de la Institucion Educativa MORDAZA Billinghurst, asi como Exonerar del MORDAZA de Seleccion para la Adquisicion de Bienes y Servicios y ejecucion por administracion directa de la obra: "Mantenimiento de las Instalaciones de la Institucion Educativa MORDAZA Billinghurst" de Puerto Maldonado. Por lo que es pertinente emitir el correspondiente Acuerdo Regional, adecuado al MORDAZA juridico vigente. El Consejo Regional de MORDAZA de MORDAZA, en uso de las facultades conferidas por la Constitucion Politica del Estado; Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias. ACUERDA: Articulo Primero: DECLARAR en Situacion de Emergencia el local de la Institucion Educativa "Guillermo Billinghurst", ubicado en la Avenida MORDAZA MORDAZA s/n, de Puerto MORDAZA, Distrito y Provincia de Tambopata, Region MORDAZA de MORDAZA, durante 45 (CUARENTA Y CINCO) dias, tiempo correspondiente al plazo de ejecucion de la obra: "Mantenimiento de las Instalaciones de la Institucion Educativa MORDAZA Billinghurst", de Puerto MORDAZA, a fin de prevenir hechos que pudieran producirse como consecuencia del deterioro en el que se encuentra el referido local. Articulo Segundo: EXONERAR al Gobierno Regional de MORDAZA de MORDAZA del MORDAZA de Seleccion de Adjudicacion Directa Selectiva, por el monto equivalente a S/. 257,836.32 (DOSCIENTOS CINCUENTA Y SIETE MIL OCHOCIENTOS TREINTA Y SEIS CON 32/100 NUEVOS SOLES), para la Adquisicion de Bienes y Servicios y ejecucion por administracion directa de la obra: "Mantenimiento de las Instalaciones de la Institucion Educativa MORDAZA Billinghurst", de Puerto Maldonado. Articulo Tercero: ENCARGAR a la Comision Ordinaria de Salud, Poblacion, Desarrollo Social, Seguridad Ciudadana y Defensa Civil del Consejo Regional, las labores de fiscalizacion en las diversas acciones que se llevaran a cabo, como consecuencia de la presente declaratoria de emergencia y exoneracion de proceso. Articulo Cuarto: REMITIR el presente Acuerdo Regional, junto con el Informe Tecnico Legal sustentatorio, a la Contraloria General de la Republica y al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado (CONSUCODE), dentro de los 10 dias habiles siguientes a la fecha de su aprobacion. Articulo Quinto: DISPONER que finalizada la Situacion de Emergencia declarada, el Gobierno Regional de MORDAZA de MORDAZA debera presentar la liquidacion correspondiente a la mencionada obra, debidamente sustentada. Articulo Sexto: ENCARGAR a la Oficina de Secretaria del Consejo Regional de MORDAZA de MORDAZA, la publicacion del presente Acuerdo Regional en el Diario Oficial "El Peruano"; en el MORDAZA Electronico del Gobierno Regional de MORDAZA de MORDAZA, asi como en el Sistema Electronico de Adquisiciones y Contrataciones del Estado (SEACE). Comuniquese al senor Presidente del Gobierno Regional para su promulgacion. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. Dado en la Sede del Gobierno Regional de MORDAZA de MORDAZA, a los trece dias del mes de marzo del ano dos mil ocho. MORDAZA KAWAY KOMORI Presidente Regional 182712-1

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