TEXTO PAGINA: 50
NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 3 de agosto de 2008 377512 CONSIDERANDO: Que, el proceso de descentralización, trajo consigo un marco normativo que incorpora la participación ciudadana en la toma de decisiones para la gestión local. Esta presencia se da a través de los procesos de planifi cación concertada del desarrollo (Planes estratégicos y operativos) y la programación del presupuesto público (Presupuesto Participativo). Para lograrlo se han modifi cado y promulgado nuevas leyes nacionales. Después de una reforma constitucional y la aprobación de la Ley de Bases de Descentralización, se ha dado forma al marco general necesario para avanzar en este proceso tanto en el terreno político como fi scal e institucional. Incorporar la participación ciudadana en la toma de decisiones en la gestión local y regional y convertirla en política de estado signifi ca vencer aún muchas resistencias de diversos actores y en varios ámbitos donde ello es visto como un riesgo para la efi ciencia y efi cacia de la democracia. En el debate está la aparente contradicción entre la representatividad y la participación; Que, la Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentralización, señala en su Artículo 18º, numeral 18.2 que “los planes y presupuestos participativos son de carácter territorial y expresan los aportes e intervenciones tanto del sector público como privado, de las sociedades regionales y locales y de la cooperación internacional”, precisando su Artículo 20º, numerales 20.1 y 20.2, que “los gobiernos regionales y locales se sustentan y rigen por presupuestos participativos anuales como instrumentos de administración y gestión, los mismos que se formulan y ejecutan conforme a Ley, y en concordancia con los planes de desarrollo concertados”; así también, que “los presupuestos de inversión se elaboran y ejecutan en función a los planes de desarrollo y programas de inversiones debidamente concertados conforme a lo previsto en esta Ley, sujetándose a las normas técnicas del Sistema Nacional de Inversión Pública”; Que, la Ley Nº 28056, Ley Marco del Presupuesto Participativo, en su Artículo 1º defi ne el Proceso del Presupuesto Participativo como “un mecanismo de asignación equitativa, racional, efi ciente, efi caz y transparente de los recursos públicos, que fortalece las relaciones Estado – Sociedad Civil”. En este sentido, su Artículo 4º establece las instancias del presupuesto participativo; Que, mediante Decreto Supremo Nº 171-2003-EF se aprobó el Reglamento de la Ley Marco del Presupuesto Participativo, que establece los objetivos y el desarrollo del Proceso Participativo, precisando en su Artículo 5º “que el Gobierno Regional o Local, mediante Ordenanza dispondrá las medidas necesarias para reglamentar el proceso de identifi cación y acreditación de Agentes Participantes, particularmente de aquellos de la sociedad civil. Para estos efectos, el Gobierno Regional o Gobierno Local establecerá mecanismos de registro complementarios a los ya existentes”; agregando que, “con el propósito de lograr una amplia participación y representatividad de la sociedad civil, organizada y no organizada, el Gobierno Regional o Local, difundirá por los medios adecuados el inicio del proceso de identifi cación de Agentes Participantes en el marco del proceso del presupuesto participativo”; Que, el Artículo 38º de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales establece que las Ordenanzas Regionales norman asuntos de carácter general, la organización y la administración del Gobierno Regional y reglamentan materias de su competencia; Que, mediante Ofi cio Nº 037-2008-GRL/GGR, la Gerente General Regional remite el proyecto del Reglamento para el desarrollo del Proceso del Presupuesto Participativo para el año fi scal 2009, del Gobierno Regional de Lima, para lo cual adjunta el Informe Nº 125-2008-GRL/GRPPAT; Que, con Dictamen Nº 02-2008-GRL-CR-CO- PPTOTAATP del Consejo Regional presentó al pleno del Consejo Regional el proyecto de Ordenanza la cual fue revisada, debatida y evaluada en el marco de la Resolución Directoral Nº 021-2008-EF/76.01, que aprueba el Instructivo Nº 002-2008-EF/76.01 “Instructivo para el Proceso del Presupuesto Participativo 2009, el INFORME Nº 022-2008-GRL-GRPPAT/HHQL, y el INFORME Nº 125-2008-GRL/ GRPPAT para la formulación del REGLAMENTO PARA EL DESARROLLO DEL PROCESO DEL PRESUPUESTO PARTICIPATIVO PARA EL AÑO FISCAL 2009 EN EL ÁMBITO JURISDICCIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL DE LIMA, dictamen que contó con el voto unánime de parte de todos los miembros de la Comisión; Que, en sesión extraordinaria del Consejo Regional del Gobierno Regional de Lima de fecha 16 de junio del 2008, se revisó, debatió y evaluó artículo por artículo el REGLAMENTO PARA EL DESARROLLO DEL PROCESO DEL PRESUPUESTO PARTICIPATIVO PARA EL AÑO FISCAL 2009 EN EL ÁMBITO JURISDICCIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL DE LIMA, y con el voto unánime de los consejeros y consejeras asistentes.; De conformidad con las atribuciones conferidas por los artículos 9º, 10º, 11º, 15º y 38º de la Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales Nº 27867 modifi cada por la Ley Nº 27902 y el Reglamento Interno del Consejo Regional del Gobierno Regional de Lima; El Consejo Regional ha dado la siguiente Ordenanza Regional: Artículo Primero.- APROBAR el Reglamento para el desarrollo del Proceso del Presupuesto Participativo para el Año Fiscal 2009 en el ámbito del Gobierno Regional de Lima, cuyo texto comprende de cuarenta y cuatro artículos, cuatro disposiciones complementarias y fi nales y los anexos uno, dos y tres que forman parte integrante de la presente Ordenanza Regional,. Artículo Segundo.- APROBAR el Cronograma de Actividades del Proceso del Presupuesto Participativo para el Año Fiscal 2009 en el ámbito del Gobierno Regional de Lima según el Anexo Nº 3. Artículo Tercero.- La presente Ordenanza Regional entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano, disponiéndose su publicación en un Diario de Circulación Regional y en el Portal del Gobierno Regional de Lima (www.regiónlima.gob.pe). En Huacho, a los diecisiete días del mes de junio del dos mil ocho. POR TANTO: Comuníquese al señor Presidente del Gobierno Regional de Lima para su promulgación. BEATRIZ EUGENIA CASTILLO OCHOA Consejera DelegadaConsejo Regional del Gobierno Regional de Lima Mando se comunique, publique y cumpla.Dado en la ciudad de Huacho, Sede Central del Gobierno Regional de Lima, a los veinte días el mes de junio del dos mil ocho. NELSON O. CHUI MEJÍA Presidente Regional ANEXO 03 CRONOGRAMA DEL PROCESO DEL PRESUPUESTO PARTICIPATIVO PARA EL AÑO FISCAL 2009 EN EL ÁMBITO DEL GOBIERNO REGIONAL DE LIMA ACTIVIDAD ACCIONES FECHA PREPARACIONProgramación y Sensibilización15-Mayo-08 CONVOCATORIA Difusión 26-Junio-08 REGISTRO DE AGENTES PARTICIPANTESInscripción, Publicación y AcreditaciónDel 26-06-08 al 17-07-08Descargado desde www.elperuano.com.pe