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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 15 DE AGOSTO DEL AÑO 2008 (15/08/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 16

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 15 de agosto de 2008 378142 Que mediante Resolución Jefatural Nº 077-2008- DVMPEMPE/CP-OAF del 21 de julio de 2008, La Jefa de la Oficina de Administración y Finanzas del programa reconoció a favor de la Junta Directiva Central del Grupo Residencial 9, Sector 1, Villa El Salvador, por concepto del rubro “otros” del Convenio Nº 19-0068-12, suscrito en el marco del Concurso de Proyectos Regulares de la XII Convocatoria Nacional del programa, la deuda pendiente de pago por la suma de S/. 46 301,67 (Cuarenta y seis mil trescientos uno y 67/100 nuevos soles); Con las visaciones del Director Nacional, del Secretario Ejecutivo y del Jefe de la Oficina de Planificación y Presupuesto del Programa de Emergencia Social Productivo “Construyendo Perú”; y del Director General de la Oficina de Asesoría Jurídica del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; y, De conformidad con lo dispuesto en el artículo 8º de la Ley Nº 27711 - Ley del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; el inciso d) del artículo 12º del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, aprobado por Resolución Ministerial Nº 173-2002-TR y sus modificatorias; y la Resolución Ministerial Nº 105-2008-TR; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Dejar sin efecto la Resolución Directoral Nº 190-2007-DVMPEMPE/CP del 28 de diciembre de 2007, en el extremo que aprobó la transferencia financiera por la suma de S/. 46 301,67 (Cuarenta y seis mil trescientos uno y 67/100 nuevos soles) a favor de la Junta Directiva Central del Grupo Residencial 9, Sector 1, Villa El Salvador, destinada al pago del rubro “otros”, correspondiente al Convenio Nº 19-0068-12 suscrito en el marco del Concurso de Proyectos Regulares de la XII Convocatoria Nacional del Programa de Emergencia Social Productivo “Construyendo Perú”. Artículo 2º.- Aprobar la transferencia fi nanciera del Programa de Emergencia Social Productivo “Construyendo Perú” por un monto total de S/. 46 301,67 (Cuarenta y seis mil trescientos uno y 67/100 nuevos soles) a favor de la Junta Directiva Central del Grupo Residencial 9, Sector 1, Villa El Salvador, destinada al pago del rubro “otros”, correspondiente al Convenio Nº 19-0068-12, suscrito en el marco del Concurso de Proyectos Regulares de la XII Convocatoria Nacional del Programa de Emergencia Social Productivo “Construyendo Perú”. Artículo 3°.- Encargar al Secretario General del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo el trámite de la publicación de la presente resolución en el Diario Ofi cial El Peruano y que proceda a dar cuenta al Congreso de la República. Regístrese, comuníquese y publíquese. MARIO MARTÍN PASCO COSMÓPOLIS Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo 238690-1 TRANSPORTES Y COMUNICACIONES Autorizan viaje de Inspector de la Dirección General de Aeronáutica Civil a EE.UU., en comisión de servicios, sin irrogar gastos al Estado y sin irrogar gastos al Estado RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 102-2008-MTC Lima, 14 de agosto de 2008VISTO: El Informe Nº 457-2008-MTC/12 del 30.7.08, de la Dirección General de Aeronáutica Civil; y, CONSIDERANDO:Que, la Ley Nº 27619, en concordancia con su norma reglamentaria aprobada por Decreto Supremo Nº 047- 2002-PCM, regula la autorización de viajes al exterior de servidores, funcionarios públicos o representantes del Estado; Que, el numeral 8.2 del Artículo 8º de la Ley Nº 29142, Ley del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2008, establece que quedan prohibidos los viajes al exterior de servidores o funcionarios públicos con cargo a recursos públicos, habiéndose previsto excepciones las cuales serán autorizadas mediante Resolución Suprema refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros; Que, la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronáutica Civil del Perú, establece que la Autoridad Aeronáutica Civil es ejercida por la Dirección General de Aeronáutica Civil como dependencia especializada del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, conforme a lo dispuesto en el Artículo 4º de la Ley Nº 27261, es un objetivo permanente del Estado en materia de Aeronáutica Civil, asegurar el desarrollo de las operaciones aerocomerciales en un marco de leal competencia y con estricta observancia de las normas técnicas vigentes; Que, la Dirección General de Aeronáutica Civil, a fi n de mantener una estricta observancia sobre las normas técnicas vigentes y mantener la califi cación otorgada al Perú por la Organización de Aviación Civil Internacional, debe efectuar la atención de las solicitudes de servicios descritos en el Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, en concordancia con sus facultades de supervisión e inspección de todas las actividades aeronáuticas civiles; Que, el Informe Nº 248-2008-MTC/12.04, de fecha 24.7.08, de la Dirección de Seguridad Aeronáutica de la Dirección General de Aeronáutica Civil, señala que la empresa Lan Perú S.A., con Carta Nº GOP/INST/916/07/08 con Registro P/D Nº 079463, presentada el 23.7.08, en el marco del Procedimiento Nº 5 de la sección correspondiente a la Dirección General de Aeronáutica Civil (Evaluación del Personal Aeronáutico), establecido en el Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2002-MTC, actualizado mediante Resolución Ministerial Nº 644-2007-MTC/01, solicita a la Dirección General de Aeronáutica Civil, efectuar el chequeo técnico inicial en simulador de vuelo del equipo B-767 en el Centro de Entrenamiento de Pan Am International Flight Academy a sus tripulantes técnicos Sandro Giacchetti, Rick Prieto y Mario Ruiz de Somocurcio del 21 al 27 de agosto de 2008; Que, conforme se desprende de los Recibos de Acotación Nºs. 0012052, 0012053, 0012054, 0012055 y 0012056 la solicitante ha cumplido con el pago de los derechos de tramitación correspondientes al Procedimiento a que se refiere el considerando anterior, ante la Oficina de Finanzas de la Oficina General de Administración del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, en tal sentido, los costos del respectivo viaje de inspección, están íntegramente cubiertos por la empresa solicitante del servicio, incluyendo el pago de los viáticos y la Tarifa Única de Uso de Aeropuerto; Que, la Dirección de Seguridad Aeronáutica de la Dirección General de Aeronáutica Civil, ha emitido la Orden de Inspección Nº 1655-2008-MTC/12.04 designando al Inspector Simón Samolski Edery, para efectuar el chequeo técnico en simulador de vuelo del equipo B-767, del 21 al 27 de agosto de 2008; Que, por lo expuesto, resulta necesario autorizar el viaje del referido Inspector de la Dirección General Descargado desde www.elperuano.com.pe