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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 15 de agosto de 2008 378145 Saneamiento, a nivel de Unidad Ejecutora, Función, Programa, Subprograma, Actividad, Proyecto, Fuente de Financiamiento, Categoría y Grupo Genérico del Gasto; Que, el literal a) del artículo 4 de la Ley Nº 27792 - Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, establece que es función del Ministerio ejercer competencias compartidas con los Gobiernos Regionales y Locales en materia de urbanismo, desarrollo urbano y saneamiento conforme a Ley; Que, el literal l) del artículo 8 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2002-VIVIENDA, modifi cado por Decreto Supremo Nº 045-2006-VIVIENDA, establece que es función general del Ministerio, el generar condiciones para el acceso a los servicios de saneamiento en niveles adecuados de calidad y sostenibilidad en su prestación, en especial de los sectores de menores recursos económicos; Que, el numeral 9.4 del artículo 9 de la Ley Nº 29142 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2008, dispone que cuando la ejecución de los proyectos de inversión se efectúan mediante transferencias fi nancieras del Gobierno Nacional a favor de los Gobiernos Regionales, Gobiernos Locales y Empresas Públicas, el documento que sustenta la transferencia es, únicamente, el contrato de la ejecución del proyecto, para lo cual previamente deberán suscribirse los convenios respectivos, los que establecen expresamente la disponibilidad de recursos y su fuente de fi nanciamiento con cargo a la cual se ejecutarán las obras; asimismo, precisa que la transferencia fi nanciera será autorizada mediante Resolución del Titular del Pliego, la misma que debe establecer un cronograma de desembolsos y ser publicada en el Diario Ofi cial El Peruano y en la página Web del Pliego; Que, con fecha 20 de julio 2007 se suscribió el Convenio Específico entre el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, la Municipalidad Provincial de Huánuco y la Empresa Municipal de Servicios de Agua Potable y Alcantarillado de Huánuco S.A. – SEDA HUANUCO S.A. (en adelante el Convenio Específico) con el objeto de financiar, entre otros, la ejecución de los Proyectos con Códigos SNIP Nos. 24236 y 41330; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 360- 2007-VIVIENDA de fecha 20 de julio de 2007, se aprobó la transferencia financiera hasta por la suma de Un Millón Novecientos Setenta y Dos Mil y 00/100 Nuevos Soles (S/. 1 972 000,00), en la Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios, a favor de la Municipalidad Provincial de Huánuco para financiar la ejecución, entre otros, de los Proyectos con Códigos SNIP Nos. 24236 y 41330; Que, con fecha 18 de marzo de 2008 se suscribió la Primera Addenda al Convenio Específi co, con el objeto de ampliar el monto del fi nanciamiento de la ejecución de los Proyectos con Códigos SNIP Nos. 24236 y 41330; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 149- 2008-VIVIENDA de fecha 25 de abril de 2008, se aprobó la transferencia fi nanciera hasta por la suma de Setecientos Treinta y Dos Mil Doscientos Ochenta y Siete y 00/100 Nuevos Soles (S/. 732 287,00), en la Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios, a favor de la Municipalidad Provincial de Huánuco para fi nanciar la ejecución de los Proyectos con Códigos SNIP Nos. 24236 y 41330; Que, mediante el Informe Técnico Nº 553-2008- VIVIENDA/ VMCS/PAPT-DE de fecha 25 de julio de 2008, la Dirección Ejecutiva del Programa Agua Para Todos, informa que de la transferencia fi nanciera aprobada por Resolución Ministerial Nº 360-2007-VIVIENDA, a favor de la Municipalidad Provincial de Huánuco para el fi nanciamiento de la ejecución del Proyecto con Código SNIP Nº 24236, no se ejecutó desembolso alguno dentro del ejercicio presupuestario 2007; siendo que para el fi nanciamiento de la ejecución del Proyecto con Código SNIP Nº 41330, solo se desembolsó dentro del ejercicio presupuestario 2007 la suma de Treinta y Cuatro Mil y 00/100 Nuevos Soles (S/ 34 000,00); por lo que producto de la evaluación técnica (física y fi nanciara) realizada, se recomienda la necesidad de aprobar una nueva transferencia fi nanciera a favor de la Municipalidad Provincial de Huánuco hasta por la suma de Un Millón Ciento Trece Mil y 00/100 Nuevos Soles (S/. 1 113 000,00), para fi nanciar la continuación de la ejecución de los citados Proyectos; Que, con fecha 25 de julio de 2008 se suscribió la Segunda Addenda al Convenio Específi co, con el objeto de ampliar el monto de fi nanciamiento para la continuación de la ejecución de los Proyectos con Códigos SNIP Nos. 24236 y 41330; Que, en consecuencia es necesario aprobar una transferencia fi nanciera a favor de la Municipalidad Provincial de Huánuco, hasta por el monto de Un Millón Ciento Trece Mil y 00/100 Nuevos Soles (S/. 1 113 000,00); Con la visación de las Directoras Generales de las Ofi cinas Generales de Planifi cación y Presupuesto, y de Asesoría Jurídica; De conformidad con la Ley Nº 28411 - Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto y la Ley Nº 29142 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2008; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar la transferencia fi nanciera del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, Unidad Ejecutora 004: Programa Agua Para Todos, a favor de la Municipalidad Provincial de Huánuco, hasta por la suma de Un Millón Ciento Trece Mil y 00/100 Nuevos Soles (S/. 1 113 000,00), en la Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios, para fi nanciar la continuación de la ejecución de los Proyectos con Códigos SNIP Nºs. 24236 y 41330, detallados en el Anexo A, cuyo desembolso se efectuará conforme al cronograma establecido en el Anexo B, los cuales forman parte integrante de la presente Resolución. Los recursos materia de la presente transferencia fi nanciera serán destinados exclusivamente para continuar la ejecución de los citados Proyectos, quedando la Municipalidad Provincial de Huánuco prohibida de efectuar anulaciones presupuestarias con cargo a dichos recursos. Artículo 2º.- La transferencia fi nanciera a que se refiere el artículo precedente se realizará con cargo al presupuesto del ejercicio fi scal 2008 de la Unidad Ejecutora 004: Programa Agua Para Todos, en la Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios y con la disponibilidad autorizada en el Calendario de Compromisos correspondiente. Artículo 3º.- De conformidad con el numeral 9.4 del artículo 9 de la Ley Nº 29142 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2008, los desembolsos de la transferencia aprobada en el artículo 1 de la presente Resolución, sólo se efectivizarán luego que la Municipalidad Provincial de Huánuco presente al Programa Agua Para Todos, el Contrato de Ejecución de Estudios, Obra o Supervisión de los Proyectos, así como las valorizaciones, informes de avance de ejecución, u otros documentos relacionados a los componentes aprobados sobre la viabilidad de los Proyectos. El cronograma de desembolsos establecidos en el Anexo B de la presente Resolución podrá ser modifi cado en función a los resultados de la ejecución de los citados Proyectos, así como por factores externos no previsibles. La modifi cación del cronograma de desembolsos deberá contar con la conformidad de la Entidad Ejecutora de los Proyectos y del Programa Agua Para Todos. Artículo 4º.- La Transferencia Financiera aprobada por la presente Resolución se sujeta a los términos y condiciones establecidos en el Convenio Específi co de fecha 20 de julio de 2007 y sus Addendas de fechas 18 de Descargado desde www.elperuano.com.pe