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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 15 de agosto de 2008 378147 Que, en consecuencia es necesario aprobar una transferencia fi nanciera a favor de la Municipalidad Distrital de Cochorco hasta por el monto de Treinta y Tres Mil y 00/100 Nuevos Soles (S/. 33 000,00); así como dejar sin efecto la Resolución Ministerial Nº 441-2007-VIVIENDA de fecha 11 de setiembre de 2007; Con la visación de las Directoras Generales de las Ofi cinas Generales de Planifi cación y Presupuesto, y de Asesoría Jurídica; De conformidad con la Ley Nº 28411 - Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto y la Ley Nº 29142 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2008; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar la transferencia fi nanciera del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, Unidad Ejecutora 004: Programa Agua Para Todos, a favor de la Municipalidad Distrital de Cochorco, hasta por la suma de Treinta y Tres Mil y 00/100 Nuevos Soles (S/.33 000,00), en la Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios, para fi nanciar la elaboración del Expediente Técnico del Proyecto “Mejoramiento y Ampliación del Sistema de Agua Potable y Alcantarillado de la Localidad de Aricapampa, Provincia de Sánchez Carrión – La Libertad” con Código SNIP Nº 48958, detallado en el Anexo A, cuyo desembolso se efectuará conforme al cronograma establecido en el Anexo B, los cuales forman parte integrante de la presente Resolución. Los recursos materia de la presente transferencia fi nanciera serán destinados exclusivamente para fi nanciar la elaboración del Expediente Técnico del citado Proyecto, quedando la Municipalidad Distrital de Cochorco prohibida de efectuar anulaciones presupuestarias con cargo a dichos recursos. Artículo 2º.- La transferencia financiera a que se refiere el artículo precedente se realizará con cargo al presupuesto del ejercicio fiscal 2008 de la Unidad Ejecutora 004: Programa Agua Para Todos, en la Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios y con la disponibilidad autorizada en el Calendario de Compromisos correspondiente. Artículo 3º.- De conformidad con el numeral 9.4 del artículo 9 de la Ley Nº 29142 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2008, los desembolsos de la transferencia aprobada en el artículo 1 de la presente Resolución, sólo se efectivizarán luego que la Municipalidad Distrital de Cochorco presente al Programa Agua Para Todos, el Contrato de Ejecución de Estudios, Obra o Supervisión del Proyecto, así como las valorizaciones, informes de avance de ejecución, u otros documentos relacionados a los componentes aprobados sobre la viabilidad del Proyecto. El cronograma de desembolsos establecidos en el Anexo B de la presente Resolución podrá ser modificado en función a los resultados de la elaboración del Expediente Técnico del Proyecto, así como por factores externos no previsibles. La modificación del cronograma de desembolsos deberá contar con la conformidad de la Entidad Ejecutora del Proyecto y del Programa Agua Para Todos. Artículo 4º.- La Transferencia Financiera aprobada por la presente Resolución se sujeta a los términos y condiciones establecidos en el Convenio Específico de fecha 12 de setiembre de 2007, suscrito entre el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento y la Municipalidad Distrital de Cochorco, para el financiamiento de la elaboración del Expediente Técnico del Proyecto. Artículo 5º.- Dejar sin efecto la Resolución Ministerial Nº 441-2007-VIVIENDA de fecha 11 de setiembre de 2007, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 6º.- El Programa Agua Para Todos es responsable del cumplimiento de la presente Resolución, del Convenio Específi co señalado en el artículo 4 de la presente Resolución y el seguimiento y monitoreo del Proyecto. Regístrese, comuníquese y publíquese. ENRIQUE CORNEJO RAMÍREZ Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento ANEXO A PROYECTO DE INVERSION UNIDAD EJECUTORA : MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE COCHORCO COD SNIP PROYECTO TIPO DE EJECUCION PRESUPUESTARIAPPTO. PIM 2008TRANS. FINANC. HASTA POR S/. 48958 MEJORAMIENTO Y AMPLIACION DEL SISTEMA DE AGUA POTABLE Y ALCANTARILLADO DE LA LOCALIDAD DE ARICAPAMPA, PROVINCIA DE SANCHEZ CARRION - LA LIBERTADINDIRECTA 33 000,00 33 000,00 TOTAL 33 000,00 33 000,00 ANEXO B PROYECTO DE INVERSION UNIDAD EJECUTORA : MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE COCHORCO COD SNIP PROYECTO TIPO DE EJECUCION PRESUPUESTARIACRONOGRAMA DE DESEMBOLSOSTRANS. FINANC. HASTA POR S/. MES 01 48958 MEJORAMIENTO Y AM- PLIACION DEL SISTEMA DE AGUA POTABLE Y ALCANTARILLADO DE LA LOCALIDAD DE ARICA-PAMPA, PROVINCIA DE SANCHEZ CARRION - LA LIBERTADINDIRECTA 33 000,00 33 000,00 TOTAL 33 000,00 33 000,00 238019-2 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 471-2008-VIVIENDA Lima, 12 de agosto de 2008 CONSIDERANDO:Que, mediante Resolución Ministerial Nº 688- 2007-VIVIENDA de fecha 18 de diciembre de 2007, se aprobó el Presupuesto Institucional de Apertura de Ingresos y Gastos correspondiente al año fi scal 2008 del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, a nivel de Unidad Ejecutora, Función, Programa, Subprograma, Actividad, Proyecto, Fuente de Financiamiento, Categoría y Grupo Genérico del Gasto; Que, el literal a) del artículo 4 de la Ley Nº 27792 - Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, establece que es función del Ministerio ejercer competencias compartidas con los Gobiernos Regionales y Locales en materia de urbanismo, desarrollo urbano y saneamiento conforme a Ley; Que, el literal l) del artículo 8 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2002-VIVIENDA, modifi cado por Decreto Supremo Nº 045-2006-VIVIENDA, establece que es función general del Ministerio, el generar condiciones para el acceso a los servicios de saneamiento en niveles adecuados de calidad y sostenibilidad en su prestación, en especial de los sectores de menores recursos económicos; Que, el numeral 9.4 del artículo 9 de la Ley Nº 29142 - Ley de Presupuesto del Sector Público para Descargado desde www.elperuano.com.pe