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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 15 DE AGOSTO DEL AÑO 2008 (15/08/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 20

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 15 de agosto de 2008 378146 marzo y 25 de julio de 2008, suscritos entre el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, la Municipalidad Provincial de Huánuco y la Empresa Municipal de Servicios de Agua Potable y Alcantarillado de Huánuco S.A. – SEDA HUANUCO S.A., para el fi nanciamiento de los Proyectos. Artículo 5º.- El Programa Agua Para Todos es responsable del cumplimiento de la presente Resolución, del Convenio Específi co y sus Addendas señalados en el artículo 4 de la presente Resolución y el seguimiento y monitoreo de los Proyectos. Regístrese, comuníquese y publíquese. ENRIQUE CORNEJO RAMÍREZ Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento R.M. Nº 469-2008-VIVIENDA ANEXO A PROYECTO DE INVERSION UNIDAD EJECUTORA: MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE HUANUCO COD SNIP PROYECTO TIPO DE EJECUCION PRESUPUESTARIAPPTO. PIM 2008MONTO PRESUPUESTADO S/. 24236 CONSTRUCCION DEL SISTEMA DE AGUA POTABLE Y ALCANTARILLADO DEL AA HH LUZMILA TEMPLO CONDEZOINDIRECTA 540 000,00 540 000,00 41330 CONSTRUCCION SISTEMA DE AGUA POTABLE Y ALCANTARILLADO - CHUNAPAMPA - COLPA BAJA, PROVINCIA DE HUANUCO - HUANUCO INDIRECTA 573 000,00 573 000,00 TOTAL 1 113 000,00 1 113 000,00 R.M. Nº 469-2008-VIVIENDA ANEXO B PROYECTO DE INVERSION UNIDAD EJECUTORA: MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE HUANUCO COD SNIP PROYECTO TIPO DE EJECUCION PRESUPUES- TARIA CRONOGRAMA DE DESEMBOLSOS PROYECTADO S/.TRANS. FINANC. HASTA POR S/. 01 MES 02 MES 03 MES 04 MES 24236 C O N S T RUC- CION DEL SISTEMA DE AGUA POTABLE Y ALCANTARIL-LADO DEL AA HH LUZMILA TEM-PLO CONDEZOINDIRECTA 100 000,00 180 000,00 170 000,00 90 000,00 540 000,00 41330 C O N S T RUC- CION SISTEMA DE AGUA PO-TABLE Y AL-CANTARILLADO - CHUNAPAMPA - COLPA BAJA, PROVINCIA DE HUANUCO - HUANUCOINDIRECTA 150 000,00 180 000,00 160 000,00 83 000,00 573 000,00 TOTAL 1 113 000,00 238019-1 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 470-2008-VIVIENDA Lima, 12 de agosto de 2008 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial Nº 688- 2007-VIVIENDA de fecha 18 de diciembre de 2007, se aprobó el Presupuesto Institucional de Apertura de Ingresos y Gastos correspondiente al año fiscal 2008 del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, a nivel de Unidad Ejecutora, Función, Programa, Subprograma, Actividad, Proyecto, Fuente de Financiamiento, Categoría y Grupo Genérico del Gasto; Que, el literal a) del artículo 4 de la Ley Nº 27792 - Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, establece que es función del Ministerio ejercer competencias compartidas con los Gobiernos Regionales y Locales en materia de urbanismo, desarrollo urbano y saneamiento conforme a Ley; Que, el literal l) del artículo 8 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2002-VIVIENDA, modifi cado por Decreto Supremo Nº 045-2006-VIVIENDA, establece que es función general del Ministerio, el generar condiciones para el acceso a los servicios de saneamiento en niveles adecuados de calidad y sostenibilidad en su prestación, en especial de los sectores de menores recursos económicos; Que, el numeral 9.4 del artículo 9 de la Ley Nº 29142 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2008, dispone que cuando la ejecución de los proyectos de inversión se efectúan mediante transferencias fi nancieras del Gobierno Nacional a favor de los Gobiernos Regionales, Gobiernos Locales y Empresas Públicas, el documento que sustenta la transferencia es, únicamente, el contrato de la ejecución del proyecto, para lo cual previamente deberán suscribirse los convenios respectivos, los que establecen expresamente la disponibilidad de recursos y su fuente de fi nanciamiento con cargo a la cual se ejecutarán las obras; asimismo, precisa que la transferencia fi nanciera será autorizada mediante Resolución del Titular del Pliego, la misma que debe establecer un cronograma de desembolsos y ser publicada en el Diario Ofi cial El Peruano y en la página Web del Pliego; Que, con fecha 12 de setiembre de 2007 se suscribió el Convenio Específi co entre el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento y la Municipalidad Distrital de Cochorco (en adelante el Convenio Específi co) con el objeto de fi nanciar la elaboración del Expediente Técnico del Proyecto “Mejoramiento y Ampliación del Sistema de Agua Potable y Alcantarillado de la Localidad de Aricapampa, Provincia de Sánchez Carrión – La Libertad”, con Código SNIP Nº 48958; la Cláusula Sétima del Convenio Específi co establece que el mismo tiene vigencia hasta la liquidación de la obra; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 441-2007- VIVIENDA de fecha 11 de setiembre de 2007, se aprobó la transferencia fi nanciera hasta por la suma de Treinta y Tres Mil y 00/100 Nuevos Soles (S/.33 000,00), en la Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios, a favor de la Municipalidad Distrital de Cochorco, para fi nanciar la elaboración del Expediente Técnico del Proyecto con Código SNIP Nº 48958; asimismo, el artículo 2 de la citada Resolución Ministerial estableció que la transferencia fi nanciera se realizaría con cargo al Presupuesto del ejercicio fi scal 2007 de la Unidad Ejecutora 004: Programa Agua Para Todos; Que, mediante el Informe Técnico Nº 461-2008/ VIVIENDA/ VMCS/PAPT-DE de fecha 17 de julio de 2008, la Dirección Ejecutiva del Programa Agua Para Todos, emite opinión favorable para aprobar una transferencia de recursos a favor de la Municipalidad Distrital de Cochorco, hasta por la suma de Treinta y Tres Mil y 00/100 Nuevos Soles (S/. 33 000,00), para financiar la elaboración del Expediente Técnico del Proyecto con Código SNIP Nº 48958, con cargo al presupuesto de la Unidad Ejecutora 004: Programa Agua Para Todos, del año fiscal 2008; asimismo informa que los desembolsos de la transferencia financiera aprobada por la Resolución Ministerial Nº 441-2007-VIVIENDA de fecha 11 de setiembre de 2007, no se efectuaron dentro del ejercicio presupuestario 2007 por razones de orden administrativo, por lo que recomienda se deje sin efecto la citada Resolución Ministerial; Descargado desde www.elperuano.com.pe