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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 21 DE AGOSTO DEL AÑO 2008 (21/08/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 48

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 21 de agosto de 2008 378450 Área Legal de esta Subgerencia señala, que el terreno materia del presente trámite de Habilitación Urbana se encuentra inscrito en la Partida Nº 12076397 del Registro de Predios, de la Zona Registral Nº IX -Sede Lima (fs. 04); a nombre de la propietaria UNIVERSIDAD DE LIMA, con un área de 2,500.95 m²; Que, de acuerdo a la evaluación técnica y legal, señaladas en los Informes Nº 174-2008-MML-GDU-SPHU-DRD, de fecha 09 de junio del 2008 y Nº 275-2008-MML-GDU-SPHU-AL, de fecha 13 de junio de 2008; la presente Habilitación Urbana, cumple los Planes Urbanos, en lo referente a zonifi cación, vías y aportes reglamentarios; por lo que en observancia de la Ley General de Habilitaciones Urbanas Nº 26878 y el Decreto de Alcaldía Nº 079, corresponde a esta Subgerencia Establecer La Conformidad de la Resolución Subgerencial Nº 306-2008-SGLAU-GDU-MSS, de fecha 19 de febrero del 2008, expedida por la Municipalidad Distrital de Santiago de Surco; Con el visto bueno de la División de Revisión de Diseño, del Área Legal y de la Asesoría de la Subgerencia de Planeamiento y Habilitaciones Urbanas; y, De conformidad con lo dispuesto en la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972 y las Leyes Nº 26878, Ley Nº 27444, Ordenanzas Metropolitanas Nº 912-MML, Nº 341-MML, Nº 836-MML, Nº 812, Nº 916-MML, Decreto de Alcaldía Nº 079 y Resolución Nº 33-2006-MML-GDU; SE RESUELVE:Artículo 1º.- ESTABLECER LA CONFORMIDAD de la Resolución Subgerencial Nº 306-2008-SGLAU-GDU-MSS, de fecha 19 de febrero del 2008, expedida por la Municipalidad Distrital de Santiago de Surco, que resuelve aprobar los Proyectos referentes a Trazado, Lotización y Pavimentación de Aceras, correspondiente a la Habilitación Urbana Nueva de Lote Único, del terreno de 2,500.95 m², califi cado con zonifi cación E-3, constituido por el Lote 09, de la Manzana “A”, de la Parcelación Semi-Rústica “Los Granados”, ubicado frente al Jirón Cruz del Sur (antes Calle Cruz del Sur), en el distrito de Santiago de Surco, provincia y departamento de Lima, de acuerdo con los planos signados con el Nº 013.01-2008-SGLAU-GDU-MSS y Nº 013.02-2008-SGLAU-GDU-MSS. Artículo 2º.- NOTIFÍQUESE la presente Resolución a la UNIVERSIDAD DE LIMA; y a la Municipalidad Distrital de Santiago de Surco, para su conocimiento y fi nes. Artículo 3º.- DAR por agotada la vía administrativa. Artículo 4º.- OFICIAR con la presente Resolución a la Gerencia de Propiedad Inmueble de la IX Zona Registral Sede-Lima, SERPAR-LIMA, EMILIMA S.A., Instituto Metropolitano de Planifi cación y División Técnica de la Subgerencia de Adjudicación y Saneamiento Legal de Tierras de la Gerencia de Desarrollo Urbano de esta Corporación, para su conocimiento y fi nes pertinentes Artículo 5º.- PUBLICAR la presente Resolución en el Diario Ofi cial El Peruano, a cargo de la administrada, dentro de los 30 días siguientes de notifi cada la misma. Regístrese, comuníquese y cúmplase. SUSANA RAMÍREZ DE LA TORRE Subgerente Subgerencia de Planeamiento yHabilitaciones Urbanas Gerencia de Desarrollo Urbano 240442-1 RESOLUCIÓN Nº 195-2008-MML-GDU-SPHU Lima, 9 de julio del 2008LA SUBGERENTE DE PLANEAMIENTO Y HABILITACIONES URBANAS VISTO, el Codifi cado Nº 75122-2008, mediante el cual la Municipalidad Distrital de Santiago de Surco, remite los actuados administrativos, conteniendo la Resolución Subgerencial Nº 805-2008-SGLAU-GDU-MSS, de fecha 19 de Mayo del 2008, aprobando la Habilitación Urbana Nueva de Lote Único con Construcción Simultánea de Vivienda, solicitada por la sociedad conyugal conformada por el señor JOSE RICARDO MARTIN BRICEÑO VILLENA y la señora MURIEL DOLORES YOLANDE GABRIELLE CLEMENS DE KEMPENEER DE BRICEÑO; y, CONSIDERANDO: Que, mediante la Resolución Subgerencial Nº 805- 2008-SGLAU-GDU-MSS, de fecha 19 de mayo del 2008 (fs. 72 al 75), expedida por la Municipalidad Distrital de Santiago de Surco, se resuelve aprobar los Proyectos referentes a Trazado, Lotización y Pavimentación de aceras, correspondiente a la Habilitación Urbana Nueva de Lote Único con Construcción Simultánea de Vivienda, para Uso Residencial de Densidad Muy Baja “RDMB”, del terreno de 4,411.00 m2, constituido por parte de las Parcelaciones Semi-Rústicas “Panedia” y “Las Laderas de Monterrico”, ubicado con frente al Jirón Las Laderas (antes Calle Las Laderas) y Jr. Cerros San Francisco (antes El Cortijo), en el distrito de Santiago de Surco, provincia y departamento de Lima, de acuerdo con los planos signados con el Nº 036.01-2008-SGLAU-GDU-MSS y Nº 038.02-2008-SGLAU-GDU-MSS; Que, con Informe Nº 194-2008-MML-GDU-SPHU- DRD, de fecha 27 de junio del 2008 (fs. 83 al 86), la División de Revisión de Diseño de esta Subgerencia manifi esta, que la presente Habilitación Urbana Nueva de Lote Único con Construcción Simultánea de Vivienda, para Uso Residencial de Densidad Muy Baja “RDMB”, del terreno de 4,411.00 m2, aprobada por la Municipalidad Distrital de Santiago de Surco, mediante la Resolución Subgerencial Nº 805-2008-SGLAU-GDU-MSS, de fecha 19 de mayo del 2008, cumple los Planes Urbanos en lo referente a zonifi cación y vías; de conformidad a lo dispuesto en las Ordenanzas Metropolitanas Nº 912-MML y Nº 341-MML. Respeto a los aportes reglamentarios señala, que se ha cometido un error respecto a la entidad receptora ante la cual se deberá efectuar la cancelación del défi cit de aporte reglamentario para Renovación Urbana, conforme lo establece la Ordenanza Nº 237-MML; además, en el artículo tercero se consigna la obligación de cancelar en dinero los défi cit de aportes reglamentarios, previo a la expedición de la Resolución de Recepción de Obras, indicando que queda como garantía el lote único, cuando la presente habilitación consta de dos lotes y no de un solo lote; y las obras autorizadas, según la Resolución objeto de evaluación, corresponden a la pavimentación de aceras y calzadas, a pesar de que el predio no se encuentra afecto a la vía de acceso; por lo que, se deberá emitir pronunciamiento legal sobre el particular; Que, mediante Informe Nº 309-2008-MML-GDU- SPHU-AL, de fecha 30 de junio de 2008 (fs. 87 al 89), el Área Legal de esta Subgerencia señala, que el terreno materia del presente trámite de Habilitación Urbana se encuentra inscrito en la Partida Nº 12114852, del Registro de Predios, de la Zona Registral Nº IX - Sede Lima (fs. 03 y 04), a nombre de la sociedad conyugal conformada por el señor JOSÉ RICARDO MARTÍN BRICEÑO VILLENA y la señora MURIEL DOLORES YOLANDE GABRIELLE CLEMENS DE KEMPENEER DE BRICEÑO; con un área de 4,411.00 m2; en relación a la consulta formulada se indica, que el error material advertido en el Tercer Artículo de la resolución objeto de evaluación, no genera incumplimiento, en los Planes Urbanos referidos a los aportes reglamentarios, ni enerva lo aprobado, toda vez que se trata de la denominación del ente receptor del aporte correspondiente a Renovación Urbana, que en este caso es la Empresa Municipal Inmobiliaria de Lima - EMILIMA S.A.; de igual manera, se advierte una incongruencia en el mismo Artículo, al disponer la imposición de una carga en el lote único hasta que los propietarios cancelen los défi cit de aportes reglamentarios, cuando se verifi ca que el predio acumulado, se encuentra distribuido en el Cuadro de Áreas tanto de la Resolución como del Plano, en dos sub-lotes; respecto, de las obras autorizadas señala, que aún cuando se ejecuten en vía a la cual no esta afecto el terreno materia de trámite, si el distrito generó esta obligatoriedad, esta misma Comuna Edil será responsable de su cumplimiento; por lo que, ante estos hechos corresponde recomendar a la Municipalidad Distrital, emitir el acto administrativo, subsanando los errores materiales; Descargado desde www.elperuano.com.pe